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I. COMUNIDAD DE MADRID D) Anuncios CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL O. A. BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID 35RESOLUCIÓN 47/2025, de 20 de junio, por la que se dispone la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el "perfil del contratante" del contrato de arrendamiento, para uso distinto del de vivienda, relativo al local de oficinas ubicado en la calle Valportillo Primera, número 11, planta primera, en polígono industrial de Alcobendas. 1. Entidad adjudicadora: a) Organismo: Organismo Autónomo Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. b) Dependencia que tramita el expediente: Subdirección General de Coordinación y Artes Gráficas del Organismo Autónomo Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. c) Número de expediente: No procede. d) Dirección de Internet del "perfil del contratante". Portal de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid ( http://www.madrid.org/contratospublicos ). 2. Objeto del contrato: a) Tipo de contrato: Patrimonial. b) Descripción del objeto: Contrato de arrendamiento para uso distinto del de vivienda relativo al local de oficinas ubicado en la calle Valportillo I, número 11, polígono industrial de Alcobendas. 3. Tramitación y procedimiento: a) Adjudicación directa al amparo del artículo 42, apartado e), en relación con el artículo 46.3 de la Ley 3/2001, de 21 de junio, de Patrimonio de la Comunidad de Madrid. 4. Formalización del contrato: a) Fecha de adjudicación: Resolución de 3 de junio de 2025. b) Fecha de formalización del contrato: 17 de julio de 2025. c) Adjudicatario: Grupo Alcovimar, S. R. L., con NIF B- 82959818. d) Importe de adjudicación: 226.382,16 euros (IVA incluido). 5. Condiciones del contrato de arrendamiento: a) Objeto: Local de la planta primera que se identifica en el plano que forma parte del Anexo I del Contrato, que tiene forma de "C", dispone de luces a tres fachadas y una superficie de 927,99 m2, que incluye aseos privativos, la parte proporcional del resto de las zonas comunes y dos espacios (de 49,07 m2 y 56,77 m2) destinados a almacén. Como elementos accesorios se incluyen 6 plazas de garaje ubicadas en el mismo edificio. b) Entrada en vigor: El contrato entrará en vigor el día 1 de agosto de 2025. c) Entrega de la posesión: La parte arrendataria ostenta ya la posesión material del objeto del arrendamiento. d) Duración del arrendamiento: Tendrá una duración hasta el 31 de julio de 2027. El primer año será de obligado cumplimiento para la Arrendataria. Una vez cumplido el primer año de vigencia del arrendamiento, la Arrendataria tendrá la facultad de desistir unilateralmente del contrato, con un plazo de preaviso de tres meses, sin que este desistimiento otorgue derecho alguno a la parte Arrendadora a percibir ninguna clase de indemnización. e) Prórroga: No se prevé prórroga. f) Renta mensual: La renta mensual, exigible desde la entrada en vigor, queda fijada en cinco mil cuatrocientos ochenta y seis euros con setenta y seis céntimos (5.486,76 euros, IVA no incluido), correspondiente al objeto principal del arrendamiento; y trescientos sesenta euros (360,00 euros, IVA no incluido), correspondientes a los elementos accesorios, es decir, las 6 plazas de garaje, a razón cada una de ellas de 60 euros al mes. g) Gastos generales: La parte arrendataria asume los gastos ordinarios de la comunidad de propietarios de la que forma parte el objeto de arrendamiento, y que comprenden los servicios que se relacionan en el Anexo II. En lo que respecta a los suministros privativos del objeto arrendado, tales como los consumos de agua, electricidad, combustible de calefacción, Internet y otros conceptos similares no incluidos en los gastos ordinarios, serán satisfechos directamente por la parte arrendataria a sus respectivos proveedores o compañías suministradoras, que en lo posible contratará directamente; si los gastos de algunos de estos servicios o suministros fueran soportados por la Arrendadora, esta podrá repercutírselos a la Arrendataria en el recibo correspondiente del mes siguiente. Serán a cargo de la parte arrendadora los impuestos, tasas, contribuciones, arbitrios y otros tributos que graven la propiedad del objeto de arrendamiento durante la vigencia del presente contrato. Expresamente se especifica que será abonado por la arrendadora el Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Serán a cargo de la parte arrendataria, todas las tasas, contribuciones, arbitrios y tributos que graven el uso del objeto de arrendamiento y, en particular, la tasa por la prestación del servicio de gestión de residuos urbanos. h) Resto de condiciones: Las previstas en el Proyecto de contrato que se adjunta a la presente propuesta. En Madrid, a 20 de junio de 2025..La Gerente del Organismo Autónomo Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, Ana Isabel Martín Fernández. (03/10.335/25)