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I. COMUNIDAD DE MADRID B) Autoridades y Personal CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES 18ORDEN 1764/2025, de 16 de junio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se resuelve la convocatoria pública aprobada por Orden 27/2025, de 14 de enero (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 28 de enero de 2025), para la provisión de tres puestos de carrera de naturaleza laboral en la citada Consejería, por el sistema de Libre Designación. Mediante Orden 27/2025, de 14 de enero (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 28 de enero de 2025), se aprobó convocatoria pública para la provisión de tres puestos de carrera de naturaleza laboral en la citada Consejería, por el sistema de Libre Designación denominados "Director de Zona de Infancia y Migraciones" (NPT 22571), "Jefe de Servicio del Departamento de Ejercicio y Seguimiento de las Medidas de Protección" (NPT 31371) y "Jefe de Área de Coordinación de Centros" (NPT 50580). De acuerdo con la base sexta de la convocatoria de la citada Orden y verificado que la persona candidata cumple con los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria: RESUELVO Primero Adjudicar los puestos de trabajo de carrera a los trabajadores que figuran en el Anexo a la presente Orden. Segundo 1. Los adjudicatarios deberán formalizar el cese, en el puesto de trabajo que desempeñan actualmente, con efectos del último día del mes en que se publique la presente Orden, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y la incorporación al puesto adjudicado, deberá producirse con efectos del día primero del mes siguiente, formalizándose la oportuna diligencia en el contrato de trabajo. 2. Si el día de la publicación la persona adjudicataria se encuentra disfrutando de permisos o licencias que, en su caso, le hayan sido concedidos o en situación de incapacidad temporal, el cómputo para la incorporación se iniciará el día siguiente al de la finalización de los permisos o licencias o al día siguiente a aquel en el que se produzca el alta médica. Tercero Contra la presente Orden podrán las personas interesadas interponer demanda, en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Social de Madrid, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4 a) en relación con el artículo 6.2.b) de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, y en el artículo 69 de la mencionada Ley, en la redacción dada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Madrid, a 16 de junio de 2025..La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, P. D. (Orden 3147/2023, de 5 de diciembre; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de diciembre de 2023), la Secretaria General Técnica, Lubima Jivkova Kosseva. (03/9.863/25)