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I. COMUNIDAD DE MADRID D) Anuncios CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE 56ORDEN 1294/2025, de 30 de mayo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se dispone la aprobación de la modificación de los Estatutos de la Federación Madrileña de Deportes de Invierno, su inscripción en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. La Federación Madrileña de Deportes de Invierno presenta ante la Dirección General de Deportes de la Comunidad de Madrid la modificación de sus Estatutos, a efectos de su aprobación e inscripción en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid. ANTECEDENTES DE HECHO Primero La Federación Madrileña de Deportes de Invierno fue inscrita definitivamente en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid, con el número 15 de la Sección de Federaciones Deportivas, mediante Resolución del Director General de Deportes, de fecha 6/10/1992, procediéndose igualmente a la aprobación, visado e inscripción de sus Estatutos. Segundo Mediante resoluciones de fechas 6/9/1993, 6/4/1995, 10/12/1996, 29/6/2000, 7/9/2006, 16/11/2017 y 30/3/2022, se procedió a la aprobación e inscripción en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid de sucesivas modificaciones de los Estatutos de la Federación Madrileña de Deportes de Invierno Tercero La Federación Madrileña de Deportes de Invierno, con fecha 29/5/2025, presenta la modificación del artículo 3 de sus Estatutos, previamente aprobada por su Asamblea General con fecha 13/3/2023, a efectos de su aprobación e inscripción en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid. Cuarto La Dirección General de Deportes, con fecha 29/5/2025, solicita subsanación de la solicitud presentada a la Federación Madrileña de Deportes de Invierno, en virtud de lo dispuesto en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendría por desistida de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015. Quinto La Federación Madrileña de Deportes de Invierno, con fecha 29/5/2025, presenta la subsanación requerida. FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero Según lo dispuesto en el artículo 21.3.b) de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid, la Administración Deportiva de la Comunidad de Madrid ejercerá la competencia relativa a la aprobación de los Estatutos de las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid. Segundo Según lo dispuesto en el artículo 2.1 del Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, por el que se regulan las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid, estas se rigen por lo dispuesto en la Ley del Deporte de la Comunidad de Madrid, por el mencionado Decreto y demás disposiciones que les sean aplicables, y por sus Estatutos, que serán debidamente aprobados por la Administración Deportiva de la Comunidad de Madrid. Tercero Según lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto 99/1997, de 31 de julio, que regula la estructura y funcionamiento del Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid, serán objeto de inscripción las modificaciones estatutarias. Cuarto Según lo dispuesto en el artículo 34.5 de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, y en el artículo 10 del Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, los Estatutos de las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid, así como sus modificaciones, se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Quinto La modificación de los Estatutos presentada es acorde con la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid, el Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, por el que se regulan las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid, y el resto de la legislación deportiva aplicable. Sexto La adopción de la presente Orden le corresponde a la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, en base a lo dispuesto en el Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y, por delegación, le corresponde a la Dirección General de Deportes, en base a lo dispuesto en la Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones. En consecuencia, DISPONGO Primero Aprobar la modificación del artículo 3 de los Estatutos de la Federación Madrileña de Deportes de Invierno conforme quedan redactados en el anexo de la presente Orden y disponer su inscripción en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid. Segundo Ordenar la publicación de la modificación de los Estatutos de la Federación Madrileña de Deportes de Invierno en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Madrid, a 30 de mayo de 2025..El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, P. D. (Orden 1389/2021, de 16 de noviembre), el Director General de Deportes, Alberto Tomé González. ANEXO MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS DE LA FEDERACIÓN MADRILEÑA DE DEPORTES DE INVIERNO Artículo 3 Las especialidades deportivas cuya práctica y desarrollo compete a la Federación Madrileña de Deportes de Invierno son las siguientes: A) Especialidades de deportes de hielo (RFEDH): 1. Bobsleigh. 2. Curling. 3. Hockey hielo. 4. Luge. 5. Patinaje artístico. 6. Patinaje freestyle. 7. Patinaje de velocidad. 8. Short track. 9. Skeleton. B) Especialidades de deportes de nieve (RFEDI): 1. Biathlon. 2. Esquí alpino. 3. Esquí de fondo. 4. Esquí de velocidad. 5. Combinada nórdica. 6. Freestyle. 7. Mushing. 8. Saltos de esquí. 9. Snowboard. 10. Telemark. La FMDI irá incorporando en sucesivas revisiones de estos estatutos todas las especialidades que la RFEDH y RFEDI vayan incluyendo en los suyos. (03/8.907/25)