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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL MANCOMUNIDAD INTERMUNICIPAL DE SERVICIOS SOCIALES DEL ESTE DE MADRID (MISSEM) RÉGIMEN ECONÓMICO 81Mancomunidad Intermunicipal de Servicios Sociales del Este de Madrid (MISSEM). Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones Convocatoria de ayudas para la lucha contra la exclusión social y la pobreza infantil 2025. BDNS (Identif.): 833791 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/833791 ). Extracto de la resolución de Presidencia número 2025-0119, de fecha 19 de mayo de 2025, por la que se aprueban las bases específicas y convocatoria de subvención en materia de ayudas para la lucha contra la exclusión social y la pobreza infantil para el año 2025, por el procedimiento de concurrencia competitiva. De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( www.infosubvenciones.es ) y en la página web de la Mancomunidad Intermunicipal de Servicios Sociales-MISSEM ( https://www.missem.org ). El código de identificación que haya asignado la BDNS a la convocatoria es 833791. Primero. Beneficiarios..Podrán solicitar esta ayuda económica las personas físicas, por sí mismas o en nombre de su unidad de convivencia con menores de 18 años a su cargo que, reuniendo los requisitos establecidos en el punto 9 de las bases y convocatoria, atraviesan una situación de urgencia debida a la privación material de sus necesidades básicas. Segundo. Objeto..Las ayudas reguladas en esta convocatoria tienen el objetivo de apoyar a las familias o unidades de convivencia que se encuentren en situación de privación material severa por insuficiencia de recursos económicos, con el fin de atender sus necesidades y luchar contra la exclusión social y la pobreza infantil. Del mismo modo, mediante la educación familiar se les facilitarán herramientas y recursos para una economía y organización doméstica equilibrada y alimentación saludable del menor. El objeto de la presente convocatoria de ayudas es establecer los requisitos necesarios para acceder a las mismas y su procedimiento de concesión. Las familias o unidades de convivencia beneficiarias de estas ayudas deberán haber sido perceptoras de alguna prestación de carácter económico de la Mancomunidad durante el año 2025 o estar percibiendo el Ingreso Mínimo Vital o la Renta Mínima de Inserción de la Comunidad de Madrid en el momento de la solicitud. Al igual que otras prestaciones de la Mancomunidad, estas ayudas son un instrumento de la intervención social que tienen por finalidad prevenir la exclusión social y las situaciones de pobreza en familias con menores de edad que carezcan de medios y en las que concurran factores de riesgo, siendo siempre un apoyo a la intervención social. Todas las ayudas económicas que otorgue la Mancomunidad tienen que estar necesariamente incardinadas en un proceso de intervención social, que incluya un análisis completo de la situación individual y familiar. Tercero. Cuantía de la ayuda..El importe total máximo destinado a la financiación de estas ayudas asciende a 10.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 2.48008 del presupuesto general de la Mancomunidad del año en curso. La cuantía a percibir por cada familia o unidad de convivencia se calculará en función del número de solicitudes entregadas en plazo que reúnan los requisitos recogidos en las bases específicas, tal como se detalla en el Anexo 1 de esta convocatoria. La ayuda a percibir no podrá superar el importe de la/s factura/s o justificante/s presentado/s por la persona solicitante. Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes..Las solicitudes, junto con la documentación, se formularán en el modelo que figura como Anexo 2. Se dirigirán a la presidenta de la Mancomunidad y se presentarán en el Registro de entrada del Mancomunidad o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas antes del 30 de septiembre de 2025. Quinto. Otros datos..Los requisitos generales para solicitar la ayuda serán: . Ser mayor de edad o menor emancipado judicialmente. . Residir, estando empadronado/a, en los municipios de la Mancomunidad. . Acreditar la situación de necesidad en la fecha de la solicitud. . Haber sido perceptor/a de una prestación de carácter económico de la Mancomunidad durante 2025 y/o ser perceptor/a del Ingreso Mínimo Vital o la Renta Mínima de Inserción en la fecha de solicitud. . Tener suscrito un contrato de intervención socio familiar con la Mancomunidad donde se especifiquen los objetivos, actuaciones y compromisos. Será requisito indispensable que se cumplan los compromisos detallados en dicho documento para que se conceda la ayuda. . Aportar la documentación exigida en cada caso. Deberán acompañarse a la solicitud según modelo recogido en el Anexo 2 de las bases y convocatoria los documentos siguientes: Documentación general: Solicitud según el modelo recogido en el Anexo 2 de esta convocatoria debidamente cumplimentada, donde la persona solicitante declare y haga constar las ayudas recibidas de otros organismos o administraciones que le han sido concedidas con la misma finalidad que la ayuda que solicita. En el caso de haber sido perceptor/a de una prestación económica de la Mancomunidad en 2025 deberá declarar que las condiciones que dieron objeto a la concesión de la misma no han variado y que la misma se haya justificado de manera correcta. En caso de oponerse a la consulta, documento que acredite la concesión de la prestación económica de carácter económico de la Mancomunidad Intermunicipal de Servicios Sociales del Este de Madrid (MISSEM). En caso de oponerse a la consulta, documento que acredite la concesión de la Renta Mínima de Inserción. En caso de oponerse a la consulta, documento que acredite la concesión del Ingreso Mínimo Vital. Factura/s o justificante/s del gasto para el tipo de ayuda que solicita, conforme al punto 16 de esta convocatoria. Documentación específica: Para la ayuda de alquiler de la vivienda será necesario presentar algunos de estos documentos: la demanda de desahucio por impago, la resolución judicial del embargo o desahucio de la vivienda o cualquier otro documento que justifique el riesgo de desahucio. Contrato de arrendamiento de la vivienda a nombre de la persona que hace la solicitud de la ayuda. Los servicios sociales podrán requerir a las personas solicitantes cuantos datos y documentos consideren precisos para resolver el expediente. En Campo Real, a 19 de mayo de 2025..La presidenta de la Mancomunidad Intermunicipal de Servicios Sociales del Este de Madrid, Nélida Bernabé Vicente. (03/7.915/25)