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I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES 28EXTRACTO de la Orden 1815/2025, de 14 de mayo, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convocan los Premios Extraordinarios de Educación Primaria para la mejora de la calidad educativa de la Comunidad de Madrid correspondientes al año académico 2024-2025. BDNS (Identif.): 833790 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ) y en la página web institucional de la Comunidad de Madrid www.comunidad.madrid Primero Beneficiarios Alumnos que, en el año académico 2024-2025, estén escolarizados en sexto curso de Educación Primaria en centros sostenidos con fondos públicos que, debidamente autorizados, impartan la Educación Primaria en la Comunidad de Madrid en régimen ordinario, y que cumplan los requisitos siguientes: 1. Haber cursado todas las enseñanzas de Educación Primaria en centros educativos sostenidos con fondos públicos debidamente autorizados en la Comunidad de Madrid. 2. Haber obtenido en todas las áreas de quinto curso de Educación Primaria una calificación de sobresaliente (SB). Se exceptúan del cómputo mencionado las áreas de Segunda Lengua Extranjera y Tecnología y Robótica. El alumno deberá acreditar dicha calificación con la presentación del correspondiente certificado expedido por el centro y visado por el director en el que se reflejen las calificaciones de todas las áreas computables que figuran en el expediente académico del alumno. Segundo Objeto Convocar los Premios Extraordinarios de Educación Primaria de la Comunidad de Madrid correspondientes al año académico 2024-2025. Tercero Bases reguladoras Orden 1270/2025, de 14 de abril, de la Consejería De Educación, Ciencia y Universidades por la que se establecen para la Comunidad de Madrid las bases reguladoras de los Premios Extraordinarios de Educación Primaria para la mejora de la calidad educativa. Cuarto Cuantía Veinticinco Premios Extraordinarios de Educación Primaria con una dotación económica de 250 euros cada uno de ellos. Quinto Estructura y calificación de la prueba 1. Quienes opten al Premio Extraordinario de Educación Primaria deberán realizar una prueba que constará de los siguientes ejercicios: a) Primer ejercicio: versará sobre los contenidos del área Lengua Castellana y Literatura impartidos en el tercer ciclo de la etapa de Educación Primaria. b) Segundo ejercicio: versará sobre los contenidos del área Matemáticas impartidos en el tercer ciclo de la etapa de Educación Primaria. c) Tercer ejercicio: consistirá en la elaboración de un texto escrito a mano de un número máximo de 150 palabras. 2. Todos los ejercicios serán corregidos siguiendo las directrices dispuestas en esta convocatoria. La rúbrica de corrección aplicable al tercer ejercicio tendrá en cuenta los errores gramaticales y las faltas de ortografía. 3. Cada uno de los ejercicios tendrá una calificación única que se expresará de 1 a 10, con un máximo de dos decimales. La calificación final de la prueba será la media aritmética de las calificaciones obtenidas en los tres ejercicios de los que consta la misma, que se expresará con dos decimales y se redondeará a la centésima más próxima y, en caso de equidistancia, a la superior. 4. Para poder optar al premio extraordinario de Educación Primaria, los alumnos deberán haber obtenido en cada ejercicio, al menos, 5 puntos. 5. Los ejercicios se desarrollarán mediante un procedimiento que mantenga el anonimato de los aspirantes durante su corrección. Los presidentes de los tribunales a los que se refiere el artículo 11 de la orden 1270/2025, de 14 de abril, que establece las bases reguladoras, serán responsables de velar por que se respete el procedimiento. Sexto Propuesta de adjudicación de premios 1. Una vez recibidas las actas de calificación definitiva, la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza elaborará la propuesta provisional de adjudicación de premios extraordinarios de Educación Primaria correspondiente al curso 2024-2025, sin tener en cuenta otras consideraciones que las calificaciones obtenidas por los candidatos y recogidas en las actas de calificación definitiva remitidas por los tribunales. 2. La propuesta de adjudicación de premios provisional se realizará ordenando los candidatos por la calificación final obtenida, de mayor a menor. El número de premios que se proponga no podrá superar el número de premios convocados. 3. Los empates que se produzcan se dirimirán aplicando, en el orden establecido y hasta el momento en que se produzca el desempate, los criterios que se exponen a continuación: a) Mejor puntuación obtenida en cada ejercicio en el orden establecido en el artículo 9.1 de las bases reguladoras. b) Mayor número de calificaciones de sobresaliente (SB) obtenidas en cuarto curso. c) Mayor número de calificaciones de sobresaliente (SB) obtenidas en tercer curso. d) Mayor número de calificaciones de sobresaliente (SB) obtenidas en segundo curso. e) En caso de seguir produciéndose un empate tras la aplicación de los apartados de desempate mencionados anteriormente, el orden de desempate se establecerá atendiendo al menor número de errores gramaticales y faltas de ortografía cometidos en la prueba. 4. En caso de que el número de premios extraordinarios de Educación Primaria convocados fuera superior al número total de candidatos que reúnen los requisitos para su adjudicación, en la propuesta se hará constar el número de premios que se declaran desiertos. Séptimo Plazo de presentación de las solicitudes El período para realizar la inscripción comprenderá diez días hábiles a partir del día siguiente a la fecha de publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Madrid, a 14 de mayo de 2025. El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, EMILIO VICIANA DURO (03/7.950/25)