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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 43Alcobendas. Organización y funcionamiento. Delegación funciones Con relación a la organización administrativa y funcionamiento del Ayuntamiento de Alcobendas, por la señora alcaldesa-presidenta, en uso de las atribuciones legalmente conferidas, se han dictado las resoluciones que seguidamente se detallan: Decreto de Alcaldía-Presidencia número 6038/2025, de 23 de abril: «La Ley de Bases de Régimen local en la redacción dada por La Ley de Grandes Ciudades o Ley de Medidas para la Modernización del Gobierno Local, Ley 51/2003 de 16 de diciembre, así como el Reglamento Orgánico de Pleno del Ayuntamiento de Alcobendas configuran la Presidencia del Pleno como una figura capital para la dirección del Pleno y sus comisiones, así como para la gestión ordinaria de los trabajos preparatorios y subsiguientes a sus respectivas sesiones. Dicho reglamento orgánico establece en su artículo 59 que el presidente del Pleno, en su condición de órgano de dirección del Pleno, asegura la buena marcha de sus trabajos, convoca y preside las sesiones, dirige los debates y mantiene el orden de los mismos. Asimismo, corresponde al presidente cumplir y hacer cumplir el reglamento orgánico del Pleno, interpretándolo en caso de duda y supliéndolo en caso de omisión, así como todas las demás funciones que le confieren las leyes y el citado reglamento orgánico. Por su parte, el artículo 60 del citado reglamento orgánico señala que la presidencia del Pleno corresponde al Alcalde, quien podrá delegarla, cuando lo estime oportuno, en unos de los concejales. Encontrándose esta alcaldesa ausente de sus funciones desde el día de hoy y hasta la finalización de período de disfrute del permiso de maternidad y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 60 del Reglamento Orgánico del Pleno del Ayuntamiento de Alcobendas en relación con lo dispuesto en el artículo 122 de la Ley de Bases de Régimen Local, VENGO A DECRETAR Primero..Delegar el ejercicio de las competencias de la Presidencia del Pleno en la concejal D.a María José Ortiz Iglesias de Ussel, correspondiéndole las señaladas en el Título X de la Ley de Bases de Régimen Local y en el Reglamento Orgánico del Pleno del Ayuntamiento de Alcobendas y, en particular, las siguientes: 1.o Asegurar la buena marcha de los trabajos del Pleno. 2.o Convocar, fijar el orden del día y presidir las sesiones. 3.o Presidir la Junta de Portavoces del Pleno. 4.o Inadmitir y modificar la calificación de las iniciativas en los supuestos previstos en el reglamento orgánico del Pleno. 5.o Cumplir y hacer cumplir el reglamento orgánico del Pleno, interpretándolo en caso de duda y supliéndolo en caso de omisión. Con esta finalidad podrá dictar las resoluciones que sean necesarias para la interpretación, aplicación e integración de dicho reglamento orgánico. 6.o Las demás funciones que las leyes y el reglamento orgánico del Pleno asignan a la Presidencia del Pleno. Segundo..Los recursos de reposición y los recursos extraordinarios de revisión contra actos dictados en ejercicio de esta delegación serán resueltos por el concejal titular de dicha competencia. Asimismo, se le atribuyen las facultades de revisión de oficio reguladas en el capítulo I del título V de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cuando el acto objeto de revisión se hubiera dictado en virtud de competencias delegadas por la alcaldesa en el presente decreto. Tercero..Conforme a lo establecido en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la alcaldesa se reserva la facultad de avocar en cualquier momento la competencia sobre cualquier asunto o materia objeto de la presente delegación, cualquiera que fuese el momento de tramitación en que se encuentre. Cuarto..El presente decreto surtirá efectos desde el día de su firma, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Quinto..Del presente decreto se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado». Decreto de Alcaldía-Presidencia número 6039/2025, de 23 de abril: «Vistos los artículos 125 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 47.1 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las entidades locales; "Corresponde a los tenientes de alcalde, en cuanto tales, sustituir en la totalidad de sus funciones y por orden de su nombramiento, al alcalde, en los casos de ausencia o enfermedad (...)". Visto el decreto de esta Alcaldía con número 1841, de 9 de febrero de 2024, en el que se nombran a los tenientes de alcalde. Considerando que esta alcaldesa estará ausente de sus funciones por maternidad, desde el día de hoy y hasta el 31 de agosto del 2025, incluido. Y en virtud de las facultades que me otorgan los artículos 47 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las entidades locales, y 124.ñ) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, RESUELVO Primero..Otorgar a la primer teniente de alcalde, D.a Marta Martín García, la delegación para realizar, por sustitución, la totalidad de las funciones que corresponden a esta Alcaldía, durante el período comprendido entre el día de hoy y hasta el 22 de julio de 2025, incluido. Segundo..Desde el día 23 de julio y hasta el 27 de julio, ambos inclusive, y encontrándose ausentes tanto la primera como el segundo tenientes de alcalde, se otorga a la tercer teniente de alcalde, D.a María José Ortiz Iglesias de Ussel, la delegación para realizar, por sustitución, la totalidad de las funciones que corresponden a esta Alcaldía. Tercero..Desde el 28 de julio y hasta el 14 de agosto, ambos inclusive, y encontrándose ausente la primer teniente de alcalde se otorga al segundo teniente de alcalde, D. Jesús Montero Saiz, la delegación para realizar, por sustitución, la totalidad de las funciones que corresponden a esta Alcaldía. Cuarto..Desde el día 15 de agosto y hasta el 17 de agosto, ambos inclusive, y encontrándose ausentes tanto la primera como el segundo tenientes de alcalde, se otorga a la tercer teniente de alcalde, D.a María José Ortiz Iglesias de Ussel, la delegación para realizar, por sustitución, la totalidad de las funciones que corresponden a esta Alcaldía. Quinto..Otorgar a la primer teniente de alcalde, D.a Marta Martín García, la delegación para realizar, por sustitución, la totalidad de las funciones que corresponden a esta Alcaldía, durante el período comprendido entre el 18 a 31 de agosto, ambos inclusive. Sexto..De la presente delegación, deberá darse cuenta al Pleno, notificarse a los interesados y deberá publicarse en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de que los efectos del decreto serán desde el día siguiente al de su emisión». Alcobendas, a 25 de abril de 2025..La alcaldesa por sustitución (Decreto 6039, de 23 de abril de 2025), Marta Martín García. (03/6.785/25)