Mediante resolución de Alcaldía 2025-0661, de 3 de abril, se aprobó el nombramiento de los concejales que formarán parte de la Junta de Gobierno Local, lo que se publica a los efectos de los artículos 46.1 y 52.4 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
"RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA 2025-0661
Visto el decreto de Alcaldía 2024-1984, de 16 de diciembre, por el que se designa a los portavoces de los grupos políticos municipales como concejales oyentes con el fin de que pudieran asistir a las sesiones de la Junta de Gobierno Local sin voz ni voto.
Considerando que esta designación se realizó en aras de la transparencia en la gestión municipal, dada la delegación de competencias del Pleno a favor de la Junta de Gobierno Local, aprobada mediante Acuerdo de Pleno de 25 de septiembre de 2024.
Visto el Acuerdo de Pleno de 26 de marzo de 2025, por el que se revoca dicha delegación de competencias, que vuelven a ser ejercidas directamente por el Pleno, se hace innecesaria la presencia de los concejales oyentes en las sesiones de la Junta de Gobierno Local.
En virtud de lo anterior, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 126.2 de la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local y en el artículo 52 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, esta Alcaldía
RESUELVE
Primero.—Revocar la designación de los portavoces de los grupos políticos municipales como concejales oyentes, quienes dejarán de asistir a las sesiones de la Junta de Gobierno Local.
Segundo.—Establecer la composición de la Junta de Gobierno Local, que quedará constituida de la siguiente manera:
— Doña Gemma Pacheco Huecas, presidenta.
— Don Ignacio Espinosa Arjona, primer teniente de alcalde y alcalde en funciones en caso de imposibilidad de asistencia de la presidenta.
— Don Jesús Rubio Avendaño, segundo teniente de alcalde.
— Doña María de las Mercedes Picón López, tercera teniente de alcalde.
— Don José Manuel Espinosa Fernández, cuarto teniente de alcalde.
Tercero.—Comunicar esta resolución a todos los concejales afectados para su conocimiento y efectos.
Cuarto.—Publicar esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en la sede electrónica del Ayuntamiento para general conocimiento.
Quinto.—Dar cuenta de esta resolución al Pleno en la próxima sesión que este celebre".
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Nuevo Baztán, a 4 de abril de 2025.—El alcalde accidental, Ignacio Espinosa Arjona.
(03/5.613/25)