REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 46/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra, Dña. M.a América Gómez Pérez, en nombre y representación de la Asociación Estela de la Cometa, inscrita en el registro de asociaciones de la Comunidad de Madrid con el número de registro autonómico 30.236, con domicilio en la C/ Marcelino Álvarez número 22, 1.a entreplanta, C. P. 28017 de Madrid y NIF G85577179, en virtud de la escritura pública de otorgamiento de poderes, con número de protocolo 20, ante el notario de Madrid, D. Jorge Prades López, el día 18 de enero de 2017.
Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la cuarta adenda de prórroga y,
EXPONEN
Primero
Que el día 23 de diciembre de 2021, se firmó el convenio entre la Comunidad de Madrid (a través de la entonces Consejería de Familia, Juventud y Política Social, actualmente Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales) y la Asociación Estela de la Cometa para mantener una línea de colaboración que redunde en beneficio de los objetivos que se pretenden alcanzar con el plan de autonomía personal 16-21: programa de alojamiento y acompañamiento educativo para jóvenes de 18 a 21 años en grave riesgo de exclusión social procedentes del sistema de protección de la Comunidad de Madrid, con vigencia desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2022.
Segundo
Que la cláusula decimoprimera del convenio contempla que las partes firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga, de conformidad con lo establecido en el artículo 49.h) 2.o de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. La prórroga deberá tramitarse y formalizarse antes de la finalización del período de vigencia del convenio. En virtud de la misma el convenio ha sido objeto de una primera prórroga formalizada con fecha 24 de junio de 2022 para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023, de una segunda prórroga formalizada con fecha 16 de junio de 2023 para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024 y de una tercera prórroga formalizada con fecha 4 de septiembre de 2024 para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025.
Tercero
Que todas las partes desean continuar colaborando en el desarrollo de un programa de alojamiento y acompañamiento educativo para jóvenes de 18 a 21 años en grave riesgo de exclusión social procedentes del sistema de protección de la Comunidad de Madrid.
Cuarto
Que, en virtud del informe emitido por la Intervención General de la Comunidad de Madrid de fecha de 30 de octubre de 2019, por el que se establecen los criterios de actuación en los expedientes plurianuales cuya tramitación se inicie a partir del 1 enero de 2020, el importe correspondiente al mes de diciembre de la cuantía aportada por la Comunidad de Madrid, se deberá imputar con cargo a los créditos del ejercicio siguiente.
Por ello, y en virtud de todo lo expuesto, las partes acuerdan la formalización de la cuarta adenda de prórroga del convenio mencionado, conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Prórroga
De conformidad con lo dispuesto en la cláusula decimoprimera del convenio suscrito el 23 de diciembre de 2021, y dado que no se ha producido por ninguna de las partes denuncia expresa, se prorroga el mencionado convenio durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2026.
Segunda
Financiación
1. El coste total de la colaboración convenida para el programa de alojamiento y acompañamiento educativo para 4 plazas destinadas a jóvenes de 18 a 21 años en grave riesgo de exclusión social procedentes del sistema de protección de la Comunidad de Madrid para el período de vigencia proyectado del 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2026 asciende a 43.800,00 euros, sobre la base de un coste usuario/día de 30,00 euros.
2. La financiación a cargo de la Comunidad de Madrid, sobre la base de 15,00 euros usuario/día, supondrá un coste total de 21.900,00 euros, IVA exento, con cargo a la partida 25401 del programa 232F de los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid para 2026, salvo la imputación presupuestaria de la ejecución del mes de diciembre que se hará con cargo al presupuesto del ejercicio 2027.
Se procede a tramitar el gasto con el siguiente desglose:
Las cuantías aportadas por la Comunidad de Madrid, se destinarán al cumplimiento de lo estipulado en el apartado 5 de la cláusula segunda del convenio que se prorroga, participando en un 50 % del coste total, en la atención individual de los jóvenes incluidos en el proyecto socio-educativo objeto del convenio que se prorroga. Esta cantidad se destinará, preferentemente, a sufragar gastos derivados de alojamiento, manutención y necesidades básicas (vestuario, abono trasporte). todo ello, adicionalmente del apoyo técnico y favorecimiento del desarrollo de las actividades objeto del convenio que se prorroga y demás compromisos recogidos en la citada cláusula segunda.
3. La Asociación Estela de la Cometa aportará al proyecto medios humanos y materiales por valor de 21.900,00 euros.
La aportación de la Asociación Estela de la Cometa en cumplimiento de los compromisos adquiridos en virtud de la cláusula tercera del convenio, de conformidad con lo descrito en la cláusula primera, se destinará a sufragar gastos de personal, instalaciones, medios materiales, bienes y suministros necesarios para la prestación del servicio, participando así en un 50 % del coste total del programa de alojamiento y acompañamiento educativo objeto del convenio que se prorroga.
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente documento, en el lugar indicado, y fecha de la última firma digital.
Madrid, a 17 de marzo de 2025.—La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, Ana Dávila-Ponce de León Municio.—El representante de la Asociación Estela de la Cometa, M.a América Gómez Pérez.
(03/4.718/25)