Audios generados (reproducción automática)
Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.
La Comisión de Urbanismo de Madrid, en su sesión de 27 de febrero de 2025, a propuesta de la Dirección General de Urbanismo, de 21 de febrero de 2025, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, ha adoptado el siguiente
ACUERDO
Primero
Estimar la alegación presentada durante el trámite de información pública en los términos señalados en el informe jurídico.
Segundo
Aprobar definitivamente el Plan Especial relativo al «Plan Especial de Infraestructuras de Evacuación del Proyecto de Plantas Fotovoltaicas e Infraestructuras de Evacuación "Proyecto Oliva-Daganzo"», promovido por Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, S. L. U., de conformidad con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, en relación con los artículos 57, 59.3 y 62.2 de la citada ley.
Tercero
Dar traslado al Registro de Planes de Ordenación Urbanística de la Comunidad de Madrid de un ejemplar completo del Plan Especial aprobado para que proceda de oficio a su inscripción, en base a lo establecido por el artículo 65.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio.
Cuarto
Una vez inscrito en el Registro de Planes de Ordenación Urbanística, publicar el presente acuerdo, así como el contenido íntegro del plan en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en los términos previstos en el artículo 66.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, y en el artículo 26 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid, debe de quedar garantizada la información a que hacen referencia los artículos 16 y 26 de la misma.
Quinto
Remitir a la Dirección General de Aviación Civil del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible el documento de Plan Especial aprobado definitivamente, acompañado de certificación del acto aprobatorio, todo ello a los efectos previstos en los artículos 27.9 y 30 del Real Decreto 369/2023, de 16 de mayo, por el que se regulan las servidumbres aeronáuticas de protección de la navegación aérea.
Sexto
Notificar el presente acuerdo al promotor y a los municipios afectados.
Madrid, a 27 de febrero de 2025.—El Secretario General Técnico, Secretario de la Comisión de Urbanismo, José Ignacio Tejerina Alfaro.
(02/3.636/25)