REUNIDOS
De una parte, D.a Fátima Matute Teresa, Consejera de Sanidad de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante el Decreto 44/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, en virtud de las atribuciones que le confieren los artículos 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y 4.3.a) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante Ley 8/1999, de 9 de abril).
De otra parte, D.a Laura Gutiérrez Barreno, Viceconsejera de Sanidad, nombrada mediante Decreto 257/2023, de 22 de noviembre, del Consejo de Gobierno, y Directora General del Servicio Madrileño de Salud, en nombre y representación del Servicio Madrileño de Salud, actuando en virtud de las competencias que le otorgan el artículo 4.3.b) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, el artículo 3.g) del Decreto 245/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad y el artículo 23.2.a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud y el Acuerdo de 30 de diciembre de 2024 del Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud, por el que se delegan determinadas competencias en materia de convenios.
Y, de otra parte, D. Luis José Parra Oña, presidente de Fundación Diversión Solidaria, con domicilio social en Madrid (28035), Avenida Ventisquero de la Condesa, número 46 y NIF G78052701, en nombre y representación de la misma y en virtud de poder suficiente para el presente acto según consta en escritura notarial de 10 de junio de 2015, otorgada ante D. Luis Quiroga Gutiérrez, notario del Ilustre Colegio de Madrid, con el número 1109 de su protocolo y según el artículo 13 de sus estatutos.
Las partes intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente adenda al convenio y, de conformidad,
MANIFIESTAN
Primero
En fecha 9 de febrero de 2022 se suscribió un convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación Diversión Solidaria, para la implantación de un proyecto de actividades musicales mediante el acompañamiento de los pacientes en los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud.
Posteriormente, mediante adenda suscrita el 30 de mayo de 2022, se modificó el título y objeto del convenio incluyendo actividades de talleres creativos, literatura, expresión corporal y ocio asistido con animales y se amplió la relación de centros sanitarios, extendiéndose la aplicación al Hospital Universitario del Henares.
Segundo
El convenio prevé expresamente en su cláusula primera la posibilidad de ampliación por la voluntad de las partes, mediante adenda, de los centros en los que el mismo se aplica, contenidos en su anexo I, lo que no supone modificación del objeto del convenio.
Tercero
La actividad desarrollada en ejecución del convenio ha resultado satisfactoria para las partes, por lo que se considera conveniente para la finalidad de humanización de la asistencia sanitaria y conforme con el objeto del convenio extender su implantación al Hospital Universitario "12 de Octubre".
Por lo anterior, las partes manifiestan su voluntad de suscribir esta adenda de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Única
Relación de centros del Anexo I al convenio
Se amplía la relación de centros del Servicio Madrileño de Salud incluidos en el ámbito del convenio suscrito entre las partes en fecha 9 de febrero de 2022, en redacción dada mediante adenda de 30 de mayo del mismo año, para la implantación de un proyecto de actividades lúdicas y de ocio mediante el acompañamiento de los pacientes en los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud, y se extiende la implantación al Hospital Universitario "12 de Octubre", de manera que el anexo I del convenio queda redactado como sigue:
ANEXO I
RELACIÓN DE CENTROS DEL SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD INCLUIDOS EN EL ÁMBITO DEL CONVENIO
— Hospital Universitario Clínico "San Carlos".
— Hospital Universitario "Ramón y Cajal".
— Hospital Universitario del Henares.
— Hospital Universitario "12 de Octubre".
Y para que así conste y en prueba de conformidad, se firma la presente adenda.
Madrid, a 11 de marzo de 2025.—Por la Comunidad de Madrid, la Consejera de Sanidad, Fátima Matute Teresa.—Por el Servicio Madrileño de Salud, la Viceconsejera de Sanidad y Directora General del Servicio Madrileño de Salud, Laura Gutiérrez Barreno.—Por la Fundación Diversión Solidaria, el Presidente, Luis José Parra Oña.
(03/3.935/25)