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Por Resolución de 25 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, se convocan procedimientos para la renovación y la selección del puesto de dirección de los centros educativos públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de noviembre de 2024, número 285).
En dicha resolución la Dirección General de Recursos Humanos anuncia en la base 5.7.2 relativa al procedimiento de renovación y en la base 19.6 relativa al procedimiento de selección, que todos los nombramientos de los puestos convocados a director tendrán efecto desde el 1 de julio.
Ante dichas circunstancias y dado el elevado volumen de procesos que se están tramitando en esta Dirección General, unidos a la exigencia de finalizar este procedimiento antes del 30 de junio con el fin de que el director nombrado pueda organizar con su equipo directivo el inicio de curso que comienza el 1 de septiembre, y favorecer de esta forma el buen funcionamiento de los centros educativos como elemento inherente al derecho a la educación, resulta conveniente acelerar en lo posible todas las fases de los procedimientos referidos.
Acreditada la necesidad de interés público, esta Dirección General de Recursos Humanos en virtud de las atribuciones conferidas en el Decreto 38/2022, de 15 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se crea la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, en relación con el Decreto 236/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía,
RESUELVE
Primero
Acordar la aplicación de la tramitación de urgencia a los procedimientos de renovación y selección del puesto de dirección de los centros educativos públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid, en aplicación del artículo 33.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Es por ello que se reducen a la mitad todos los plazos que afecten a la tramitación de los procedimientos de renovación y selección del puesto de dirección que estén por realizarse a partir de la fecha de publicación de esta resolución, excepto los plazos relativos a la presentación de solicitudes y recursos.
Segundo
Contra la presente resolución no cabe recurso alguno, sin perjuicio del procedente contra la resolución que ponga fin al procedimiento, de conformidad con el artículo 33.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, a 19 de marzo de 2025.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel José Zurita Becerril.
(03/4.403/25)