En virtud de la Orden 2181/2024, de 21 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones (PES) de la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas para 2025, que fue publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el 29 de noviembre de 2024.
En el desarrollo del citado Plan, se han producido diversas circunstancias sobrevenidas que hacen necesaria su modificación, a fin de introducir algunas actuaciones no incluidas inicialmente en el mismo y su correspondiente financiación.
La presente modificación tiene como finalidad incluir en el citado PES 2025 la convocatoria de ayudas de carácter bienal para la producción de largometrajes, así como adaptar la previsión de la convocatoria de ayudas a entidades sin ánimo de lucro para la realización de actividades culturales a la disponibilidad presupuestaria existente.
Por todo ello, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por las disposiciones vigentes,
DISPONGO
Artículo único
Modificar la Orden 2181/2024, de 21 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas para 2025, en los términos que se concretan a continuación:
Uno. El apartado I. Previsión presupuestaria, queda redactado con el siguiente tenor:
La Dirección General de Cultura e Industrias Creativas financiará las ayudas comprendidas en el presente Plan Estratégico con cargo a los créditos de las partidas que integran los capítulos IV y VII del programa 334A (Promoción y Difusión Cultural). El importe máximo de las adjudicaciones que se podrá conceder en las distintas líneas de subvención de concurrencia competitiva y en las de consignación nominativa es de 17.892.007 euros, siendo 9.607.007 euros de concurrencia competitiva y 8.285.000 euros nominativas.
En el importe correspondiente a la gestión de convocatorias de concurrencia competitiva, se incluyen las cantidades correspondientes a las segundas anualidades de las convocatorias bienales 2024-2025, por importe de 2.275.000 euros.
En cuanto a las convocatorias bienales 2025-2026, el importe que se ejecutará en la segunda anualidad será de 1.900.000 euros, en los términos que se especifican más adelante.
Dos. El apartado 1) Ayudas a municipios madrileños con población inferior a 10.000 habitantes, queda redactado con el siguiente tenor:
1) Ayudas a municipios madrileños con población inferior a 10.000 habitantes.
Objetivo: El apoyo a la actividad cultural que realizan los municipios de menos de 10.000 habitantes se justifica por la necesidad de consolidar y promocionar actividades culturales en todo el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, con especial incidencia en las poblaciones más pequeñas.
Se realizará mediante una convocatoria en régimen de concurrencia competitiva, para llevar a cabo actividades de teatro, danza, música y la cinematografía, con un importe máximo de 379.826 euros, que se imputará a la partida 46309.
Publicación de la convocatoria: diciembre de 2024.
Plazo de adjudicación: primer semestre de 2025.
Plazo de ejecución: segundo semestre de 2025.
Tres. El apartado 2) Ayudas a entidades culturales privadas sin ánimo de lucro, queda redactado con el siguiente tenor:
2) Ayudas a entidades culturales privadas sin ánimo de lucro.
Objetivo: el apoyo a la actividad cultural que realizan las asociaciones y fundaciones madrileñas, se justifica por ser ambas entidades un medio de participación de los ciudadanos en actividades de teatro, danza, música y cinematografía.
Se realizará mediante una convocatoria en régimen de concurrencia competitiva, para llevar a cabo actividades de teatro, danza, música y cinematografía, con un importe máximo de 530.000 euros, que se imputará a la partida 48099.
Plazo de adjudicación: primer semestre de 2025.
Plazo de ejecución: segundo semestre de 2025
Cuatro. El apartado 3.4. Ayudas para la producción cinematográfica, queda redactado con el siguiente tenor:
3.4. Ayudas para la producción cinematográfica.
Los objetivos concretos que se pretenden conseguir son:
1. Apoyar la producción y difusión de los nuevos creadores audiovisuales de la Comunidad de Madrid.
2. Apoyar la innovación y el desarrollo tecnológico.
3. Apoyar la producción de largometrajes y cortometrajes en la Comunidad de Madrid.
4. Apoyar el conocimiento del patrimonio cultural y de los rasgos específicos de la Comunidad de Madrid.
Las convocatorias que se pondrán en marcha para la consecución de dichos objetivos serán las siguientes:
1. Producción de largometrajes por un importe máximo de 2.000.000 de euros, correspondiendo 1.000.000 de euros a 2025 y la misma cantidad a 2026.
Plazo de adjudicación: segundo semestre de 2025.
Plazo de ejecución: primera anualidad, segundo semestre de 2025; segunda anualidad, 2026.
Asimismo, se tramitarán los pagos correspondientes a la segunda anualidad, por importe de 1.000.000 de euros, de la convocatoria aprobada por Orden 396/2024, de 22 de abril, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan ayudas a empresas audiovisuales para la producción de largometrajes en la Comunidad de Madrid en 2024.
2. Ayudas bienales para la Producción de cortometrajes por un importe máximo de 300.000 euros, correspondiendo 150.000 euros a 2025 e igual importe a 2026.
Plazo de adjudicación: segundo semestre de 2025.
Plazo de ejecución: primera anualidad, segundo semestre de 2025; segunda anualidad, 2026.
Asimismo, se tramitarán los pagos correspondientes a la segunda anualidad, por importe de 150.000 euros, de la convocatoria aprobada por Orden 274/2024, de 20 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan ayudas a personas físicas y empresas audiovisuales para la producción de cortometrajes en la Comunidad de Madrid en 2024.
Madrid, a 27 de febrero de 2025.
El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, MARIANO DE PACO SERRANO
(03/3.318/25)