CONVENIO de colaboración de 21 de febrero de 2025, entre la Consejería de Digitalización de la Comunidad de Madrid y la Asociación Consorcio Red ALASTRIA, para la ejecución conjunta del proyecto "Infraestructura de Servicios Blockchain de España", enmarcado en el programa de redes territoriales de especialización tecnológica en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia —financiado por la Unión Europea— NextGenerationEU.

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Madrid, a 21 de febrero de 2025.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. D. Miguel López-Valverde Argüeso, Consejero de Digitalización de la Comunidad de Madrid, nombrado mediante Decreto 42/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41 a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid, y de conformidad con el Decreto 261/2023, de 29 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Digitalización.

Y, de otra parte, D. Miguel Ángel Domínguez Castellano, que interviene en nombre y en representación de la asociación Consorcio Red ALASTRIA (en adelante "ALASTRIA"), con CIF G-87936159, domiciliada en la calle Alberto Aguilera, número 23, en el término municipal de Madrid, en virtud de escritura otorgada el catorce de septiembre de 2021 ante el notario de Madrid, Miguel Ruiz-Gallardón García de la Rasilla, con el número 7172 de su protocolo.

Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen capacidad legal suficiente para suscribir el presente convenio y en su virtud,

EXPONEN

Primero

El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en adelante PRTR, es el instrumento fundamental para el desarrollo de los fondos europeos de recuperación NextGenerationEU. En el desarrollo de dicho Plan, la Agenda España Digital 2026 se constituye como marco para impulsar la transformación digital de España, mediante la conectividad digital, el impulso de la tecnología del 5G, el refuerzo de la ciberseguridad, la digitalización de la Administración y de las empresas, el impulso de la producción audiovisual, la garantía de los derechos digitales de la ciudadanía, así como el desarrollo de la economía del dato y la Inteligencia Artificial.

Con el objetivo de que la transformación digital fuese una realidad en todo el territorio, se puso en marcha una iniciativa integral de impulso a proyectos territoriales de digitalización orientados a la transformación y especialización digital, asegurando la coordinación, la colaboración y la complementariedad entre las distintas Administraciones territoriales.

El 3 de agosto de 2022 la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial publicó en su sede electrónica la "Invitación pública en el impulso de redes territoriales de especialización tecnológica" dirigida a que todas las Comunidades y Ciudades Autónomas pudieran presentar propuestas de proyectos en coordinación, con un mínimo de dos de ellas en cada proyecto, para financiar iniciativas emblemáticas de especialización territorial tecnológica dentro de sus competencias.

La Comunidad de Madrid contestó a la invitación presentando, en colaboración con el Principado de Asturias y la Comunidad Autónoma de las Islas Canarias, el proyecto "Infraestructura de Servicios Blockchain de España", centrado la construcción de una red tecnológica de ámbito nacional basada en la tecnología Blockchain, alineada con la Infraestructura Europea de Servicios Blockchain, para ello se aportó a la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial una oferta vinculante, en la que se comprometían a cumplir con las condiciones establecidas en la invitación mencionada.

Tal y como se determinó en la invitación, el presupuesto de los proyectos procederá de distintas fuentes. Por un lado, el importe proveniente de los fondos del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia, que supondrá una aportación máxima del 75 por 100 del presupuesto total del proyecto, se entregará desde la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial a través de una transferencia, en aplicación del artículo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. Por otro, las Comunidades Autónomas deberán aportar un mínimo del 25 por 100 del presupuesto total de cada proyecto.

Mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial se le concedió a la Comunidad de Madrid la participación en el proyecto "Infraestructura de Servicios Blockchain de España" (en adelante ISBE), que se encuentra enmarcado dentro de la Inversión 1 del Componentes 13 del PRTR. En dicha resolución se autorizó una transferencia de crédito a favor de la Comunidad de Madrid por importe de 5.053.500 euros para las actuaciones relacionadas con el citado componente.

Segundo

El principal objetivo del proyecto "Infraestructura de Servicios Blockchain de España (ISBE)" es la construcción de una red tecnológica de ámbito nacional basada en la tecnología Blockchain alineada con la Infraestructura Europea de Servicios Blockchain (ESBI). Esta red proporcionará a todo el territorio nacional la infraestructura tecnológica apropiada para el lanzamiento de proyectos y aplicaciones innovadoras, tanto en el ámbito público como en el privado, acercando la tecnología tanto a los ciudadanos, a las administraciones públicas como a las empresas.

Este proyecto tiene como misión contribuir a liderar el cambio disruptivo que está teniendo lugar en la sociedad, de forma inclusiva y sostenible, es decir, focalizando los esfuerzos de la digitalización en sectores económicos clave para nuestro país. Se trata de una actuación enmarcada dentro de las necesidades que surgen en el mercado, y orientada a la generación de redes de emprendimiento digital, que potencien y exploten las mejoras tecnológicas existentes y que puedan surgir de la aplicación de las redes descentralizadas y sus diversos usos.

Las actuaciones del presente proyecto están enmarcadas dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiadas por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea, regulado según Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021.

Las actuaciones se encuadran dentro de las obligaciones asumidas de acuerdo a la Inversión 1 "Emprendimiento" del Componente 13, Proyecto C13.I01.P10 "Programa GovTech", Subproyecto "RETECH-Comunidad de Madrid-Infraestructura de Servicios Blockchain de España", para el que ha sido definido un hito auxiliar de definición C13.I01.P10.HTA01-"Realización de proyectos del programa GOVTECH". Por otra parte, las actuaciones previstas en el convenio forman parte del ámbito de actuaciones "Capacidades", dentro de las definidas dentro del documento del Componente 13, Inversión 1, del PRTR.

Tercero

La Consejería de Digitalización, en virtud del Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 150, de 26 de junio) y del Decreto 261/2023, de 29 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Digitalización (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 184, de 4 de agosto) tiene competencias en materia de impulso de la economía digital de las empresas en la región.

De acuerdo con el artículo 4 del Decreto 38/2023, de 23 de junio, corresponde a la Consejería de Digitalización las competencias que ostentaba la extinta Consejería de Administración Local y Digitalización, con la excepción de las competencias en materias de administración local y desarrollo local.

Conforme al Decreto 261/2023, de 29 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Digitalización, tiene atribuidas, entre otras, las siguientes competencias:

— El fomento y coordinación de la transformación digital de la Comunidad de Madrid, así como de la sociedad de la información y del conocimiento.

— Impulsar la economía digital de las empresas en la Comunidad de Madrid.

— El impulso y apoyo a las empresas, así como el desarrollo de programas para facilitar su transformación digital, en el uso de las tecnologías y en la promoción de la capacitación digital en el tejido empresarial, sin perjuicio de las competencias de otras consejerías.

— La promoción del desarrollo del sector digital en la Comunidad de Madrid, sin perjuicio de las competencias de otras consejerías.

— La planificación, ejecución y evaluación de las políticas de la Comunidad de Madrid para el fomento del emprendimiento y la innovación en el ámbito digital, sin perjuicio de las competencias de otras consejerías.

— El fomento del conocimiento y la utilización, en las empresas de la Comunidad de Madrid, de tecnologías informáticas disruptivas para la mejora de la competitividad, sin perjuicio de las competencias de otras consejerías.

Cuarto

ALASTRIA, como asociación sin ánimo de lucro, en virtud del artículo tercero de sus estatutos tiene como objetivo fundamental crear una comunidad integrada por todo tipo de organizaciones públicas y privadas, así como expertos individuales, con el objetivo de favorecer la implantación, estandarización, protección y utilización de las tecnologías Blockchain tanto a nivel nacional como internacional.

Quinto

Para la ejecución del proyecto "Infraestructura de Servicios Blockchain de España (ISBE)" la Comunidad de Madrid no dispone de los medios propios ni de la capacidad técnica para abordar en su totalidad un desafío de la envergadura del proyecto, necesitando la colaboración de otros actores para la ejecución de los compromisos adquiridos.

Por otra parte, ALASTRIA es reconocida a nivel nacional por ser una de las mayores plataformas blockchain público-permisionadas y multisectoriales del mundo, que reúne a empresas, el mundo académico y las administraciones públicas con un propósito común: el impulso de las tecnologías descentralizadas. Por su experiencia en el diseño y la implementación de soluciones blockchain, en sintonía con los objetivos del proyecto, ALASTRIA proporciona un ecosistema multisectorial que genera y comparte conocimiento, con un espíritu de colaboración y un interés común: el desarrollo de la tecnología blockchain.

Es esencial destacar los valores diferenciales y las característica exclusivas y únicas que la asociación aportará al proyecto:

a) Enfoque en Blockchain y Deep Tech. Alastria es una asociación sin ánimo de lucro dedicada a la promoción y desarrollo de tecnologías Deep Tech, con un enfoque especial en la tecnología Blockchain. Su objetivo es crear un entorno técnico y comercial adecuado para el desarrollo de una infraestructura Blockchain adaptada a la normativa española y europea, proporcionando una base robusta y legalmente segura para las aplicaciones Blockchain en sectores como finanzas, energía, telecomunicaciones y más.

b) Amplia comunidad multisectorial e inclusiva. Con más de 470 miembros provenientes de 19 sectores de actividad y 15 nacionalidades diferentes, Alastria se destaca por su diversidad y su capacidad de unir a actores globales en torno a objetivos comunes. Esta comunidad incluye empresas de todos los tamaños (pequeñas medianas y grandes empresas), instituciones académicas, organismos públicos y entidades del tercer sector, lo que permite una representación equilibrada de intereses en el desarrollo y operación de la red Blockchain.

c) Redes Blockchain operativas. Alastria coordina y supervisa dos redes Blockchain actualmente en producción: Red T (Quorum) y Red B (Hyperledger Besu). Estas redes demuestran su capacidad para implementar y mantener infraestructuras tecnológicas avanzadas, permitiendo el despliegue de aplicaciones de manera segura y eficiente, y apoyando la innovación y el desarrollo de nuevos casos de uso.

d) Casos de uso reales. Más de 60 casos de uso reales están siendo ejecutados por los socios de Alastria en sus redes, mostrando la aplicabilidad y efectividad de su infraestructura Blockchain en situaciones del mundo real. Estos casos de uso abarcan diversas industrias y aplicaciones, desde la gestión de identidades digitales hasta la trazabilidad de productos, subrayando la versatilidad y el impacto de la tecnología desarrollada por Alastria.

e) Democratización del acceso a la tecnología Blockchain. Alastria tiene un enfoque especial en democratizar el acceso a la tecnología Blockchain, asegurando que tanto pequeñas como grandes organizaciones puedan beneficiarse de sus ventajas. Esto fomenta una mayor inclusión y equidad en el acceso a las tecnologías emergentes.

f) Ecosistema Público-Privado de Blockchain. Alastria fortalece el ecosistema público-privado de Blockchain mediante la colaboración con diversas entidades públicas y privadas, facilitando así la integración y el desarrollo de soluciones Blockchain en diferentes ámbitos y promoviendo la cooperación entre distintos sectores.

g) Fomento de nuevos modelos de negocio de Economía Digital. La asociación fomenta el desarrollo de nuevos modelos de negocio en la economía digital, apoyando iniciativas que utilizan Blockchain para innovar y transformar diversas industrias. Esto incluye desde startups tecnológicas hasta grandes corporaciones, creando un entorno dinámico y propicio para la innovación.

h) Espacios de participación en múltiples sectores. Alastria ofrece espacios de participación en una amplia variedad de sectores, donde confluyen todos los actores de la cadena valor para explorar y resolver retos de las diferentes industrias vinculados a la implementación de tecnologías emergentes, con especial énfasis en Blockchain.

i) Posición internacional relevante. Alastria ha logrado una posición relevante en la comunidad Blockchain a nivel internacional, gracias a su enfoque innovador y su capacidad para reunir a una comunidad diversa y global. Como parte de esta posición relevante, Alastria ha sido miembro fundador de la International Association for Trusted Blockchain Applications (INATBA), impulsada por la Comisión Europea, así como de LACChain, una alianza global integrada por diferentes actores del entorno blockchain, liderada por el Laboratorio de Innovación del Grupo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID Lab) para el desarrollo del ecosistema blockchain en América Latina y el Caribe.

j) Identidad digital en España y Europa. La asociación está a la vanguardia del desarrollo de la identidad digital en España y Europa, proporcionando soluciones alineadas con el Reglamento General de Protección de Datos, con la regulación eIDAS2 y que son reconocidas por seguridad, efectividad y privacidad por diseño. El modelo de identidad digital desarrollado por Alastria (Alastria ID), se ha convertido en un referente en España y Europa. Ha servido de base para la publicación de la "Norma UNE 71307-1. Tecnologías Habilitadoras Digitales. Modelo de Gestión de Identidades Descentralizadas sobre Blockchain y otras Tecnologías de Registros Distribuidos. Parte 1: Marco de referencia". Se trata del primer estándar mundial sobre gestión de identidades digitales descentralizadas, basado en Blockchain y Tecnologías de Registro Distribuido (DLT). Después de la publicación en UNE, se ha elevado el estándar al organismo europeo CEN/CENELEC para la definición de una especificación técnica europea sobre identidad digital descentralizada, basado en la norma UNE 71307-1:2020, que recoge el modelo Alastria ID. Además, este modelo ha sido incluido como referencia en diferentes documentos elaborados por otros organismos de normalización a nivel internacional, entre ellos ISO e ITU.

En la Comunidad de Madrid, se reconoce la importancia estratégica de impulsar la adopción de tecnologías descentralizadoras como Blockchain, mediante la colaboración entre las administraciones públicas y el sector privado. Esto facilita una planificación estratégica, el establecimiento de vías para la colaboración entre una diversidad de actores y la optimización de los recursos públicos.

Sexto

ALASTRIA y el proyecto "Infraestructura de Servicios Blockchain de España (ISBE)" comparten el objetivo común de construir una red Blockchain de ámbito nacional que sea complementaria, interoperable y alineada con la red europea EBSI, para proporcionar la infraestructura tecnológica apropiada para casos de uso locales que beneficien a los ciudadanos y empresas y que además mejoren los servicios públicos.

Las obligaciones que asume ALASTRIA a través del presente convenio, especificadas en la cláusula cuarta, son coincidentes con los fines y objetivos recogidos en sus estatutos, tal y como se ha aludido con anterioridad.

Por tanto, el proyecto "Infraestructura de Servicios Blockchain de España (ISBE)", aprobado mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, se concreta como una actuación de interés público y de alto impacto en el tejido empresarial de la Comunidad de Madrid, que permitirá liderar el cambio disruptivo de manera inclusiva y sostenible, así como focalizar los esfuerzos de digitalización en sectores económicos clave.

Séptimo

Los gastos financiables mediante el presente convenio se abonarán tanto con fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) como con fondos propios de la Comunidad de Madrid, según la distribución indicada en la estipulación sexta.

CLÁUSULAS

Primera

Objeto del convenio

El presente convenio tiene por objeto definir los términos de la colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Digitalización, y la Asociación Consorcio Red Alastria, en adelante ALASTRIA, para la ejecución conjunta del proyecto "Infraestructura de Servicios Blockchain de España", en adelante ISBE, que se describe detalladamente en la cláusula segunda.

Segunda

Descripción del proyecto.

El proyecto ISBE se enfoca en nueve objetivos estratégicos:

1. Alineamiento con la infraestructura que se está desarrollando en la Unión Europea: Como país miembro de la Unión Europea y uno de los países más avanzados en materia de infraestructura basada en tecnologías descentralizadas, es importante desarrollar una infraestructura que no sólo siga las directrices marcadas por la Unión Europea, sino que permita la interoperabilidad entre las redes, a través del alineamiento con EBSI (Infraestructura Europea de Servicios Blockchain, por sus siglas en inglés). Esto permitirá desarrollar una infraestructura puntera, escalable y extensible al resto de países miembros.

2. Convertir a España en un país de referencia mundial: Hasta la fecha, no existe ningún país a nivel internacional que disponga de una red de conexión nacional interterritorial basada en tecnología Blockchain en producción. El lanzamiento de esta red supondría poner a España en el epicentro mundial a nivel tecnológico e innovador, como uno de los países pioneros en la aplicación de la tecnología Blockchain y su puesta a disposición tanto para ciudadanos como para empresas y administraciones públicas.

3. Posicionar a España como país atractivo para el emprendimiento: Actualmente España se sitúa en el puesto 30 de 190 de clima de negocios publicado por el Doing Business del Banco Mundial. La red ISBE pondrá en contacto a múltiples agentes tanto público como privados, lo que mejorará el clima de negocios mediante la digitalización, la innovación y la internacionalización.

4. Mejorar la seguridad y la confiabilidad en el intercambio de información, a través de la implantación de la identidad digital en entornos de colaboración público-privada (entre pymes y administración pública) alineados con los estándares europeos, de forma que se potencie la compartición de los datos de forma segura, rápida y eficiente. Se busca incrementar la confiabilidad sin detrimento de otras características también requeridas, como disponibilidad, rendimiento, tiempos, o costes, entre otras. Se pretende crear un proyecto de economía del dato en el que distintas empresas puedan intercambiar información con el sector público, de manera veraz, privada, confiable y segura.

5. Cumplimiento de objetivos y medidas en materia de sostenibilidad, no sólo desplegando una red "cero emisiones", sino fomentando el despliegue de aplicaciones sostenibles, a través de la puesta a disposición de administraciones públicas y empresas privadas de herramientas como el pasaporte neutro en carbón o la tokenización de sistemas de compensación de bonos.

6. Promover un tejido empresarial más competitivo y resiliente: los diferentes casos de uso y funcionalidades de la red ISBE permitirán generar riqueza, empleo y mejorar la cohesión social así como favorecer la aparición y éxito de nuevas iniciativas emprendedoras, especialmente para mujeres emprendedoras.

7. Impulsar la creación, crecimiento e internacionalización de pymes y startups: gracias al apoyo del sector público, las pymes podrán utilizar la red ISBE como infraestructura de tecnología Blockchain y desplegar sus propios casos de uso de una manera económica y eficiente. Además, las empresas extranjeras podrán beneficiarse o interesarse por la red al cumplir esta con los estándares europeos.

8. Fomentar el desarrollo el aprovechamiento de sinergias y colaboraciones entre pymes: como red colaborativa, se busca el acercamiento entre pymes, startups y otros agentes de interés como grandes empresas, universidades, centros de I+D, etc. La red desarrollará un círculo virtuoso donde cuantas más empresas y más conexiones se establezcan, más positivo será para todos los integrantes.

9. Alineamiento con los objetivos de la transición ecológica: el desarrollo de una red empresarial nacional promotora de múltiples casos de usos en consonancia con las estrategias de descarbonización, eficiencia energética, economía circular, y la mejora de la resiliencia de todos los sectores económicos.

Resulta necesario, al llevarse a cabo el proyecto ISBE de forma conjunta, desagregar el mismo en diferentes paquetes de trabajo para poder determinar las obligaciones que asumirán cada una de las partes de forma más concreta, y determinar, asimismo, la forma en que colaborarán la Comunidad de Madrid y ALASTRIA, para la consecución de los objetivos fijados.

Los diferentes paquetes de trabajo no deben entenderse de forma aislada, sino como elementos interrelacionados que ayudarán a las empresas de la Comunidad de Madrid en la implantación de soluciones basadas en la tecnología blockchain. Por una parte, las empresas necesitan una infraestructura tecnológica sobre la que operar, dicha infraestructura se constituirá mediante el desarrollo de un cliente de la red (paquete de trabajo 1) y el despliegue de dicha red (paquete de trabajo 2). Una vez desplegada la red, sobre ella se podrán implantar los casos de uso para los cuales las empresas soliciten la subvención (paquete de trabajo 3).

Para conseguir los objetivos estratégicos la definición del proyecto se divide en las siguientes s iniciativas, o paquetes de trabajo, que han de ser ejecutados:

Paquete de trabajo 1, desarrollo del cliente de la red ISBE:

En esta primera fase se desarrollará la tecnología necesaria que permita el despliegue de una red Blockchain independiente del conjunto de ecosistemas Distributed Ledger Technology. Para ello se desarrollarán los componentes software y se definirán las interfaces, las herramientas y todos los requerimientos tecnológicos. En esta fase, se realizará una serie de pruebas de concepto, así como su documentación asociada. Asimismo, durante todo el proyecto se desarrollarán los procesos de seguridad, se dará soporte a la red, una formación a los usuarios y se aplicarán los procesos de mejora continua y reporte de incidencias.

Este paquete de trabajo se instrumentará mediante el presente convenio con un presupuesto máximo de 2.120.224 euros, de acuerdo a la siguiente distribución:

Imagen del artículo CONVENIO de colaboración de 21 de febrero de 2025, entre la Consejería de Digitalización de la Comunidad de Madrid y la Asociación Consorcio Red ALASTRIA, para la ejecución conjunta del proyecto Infraestructura de Servicios Blockchain de España, enmarcado en el programa de redes territoriales de especialización tecnológica en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia —financiado por la Unión Europea— NextGenerationEU.

Estas imágenes pertenecen a Página Oficial del Gobierno de la Comunidad de Madrid

Paquete de trabajo 2, despliegue de la red ISBE:

En la segunda fase se realizará el despliegue de operaciones de la red a través de nodos ubicados en la Comunidad de Madrid y en las regiones que así lo manifiesten.

Este paquete de trabajo se instrumentará mediante el presente convenio con un presupuesto máximo de 2.585.556 euros, de acuerdo a la siguiente distribución:

Imagen del artículo CONVENIO de colaboración de 21 de febrero de 2025, entre la Consejería de Digitalización de la Comunidad de Madrid y la Asociación Consorcio Red ALASTRIA, para la ejecución conjunta del proyecto Infraestructura de Servicios Blockchain de España, enmarcado en el programa de redes territoriales de especialización tecnológica en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia —financiado por la Unión Europea— NextGenerationEU.

Estas imágenes pertenecen a Página Oficial del Gobierno de la Comunidad de Madrid

Paquete de trabajo 3, desarrollo de casos de uso:

Una vez desplegada la red, las pymes de la Comunidad de Madrid podrán implementar sus casos de uso a partir de los requisitos técnicos, legales y funcionales que hayan sido establecidos en los paquetes de trabajo previos. Este paquete de trabajo se instrumentará mediante un programa de subvenciones con un presupuesto máximo de 2.032.220 euros, de acuerdo a la siguiente distribución:

Imagen del artículo CONVENIO de colaboración de 21 de febrero de 2025, entre la Consejería de Digitalización de la Comunidad de Madrid y la Asociación Consorcio Red ALASTRIA, para la ejecución conjunta del proyecto Infraestructura de Servicios Blockchain de España, enmarcado en el programa de redes territoriales de especialización tecnológica en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia —financiado por la Unión Europea— NextGenerationEU.

Estas imágenes pertenecen a Página Oficial del Gobierno de la Comunidad de Madrid

Tercera

Obligaciones de ambas partes

Tanto ALASTRIA como la Comunidad de Madrid se comprometen a:

1. Garantizar el cumplimiento de los principios transversales establecidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, debiendo aportar a tal fin la correspondiente declaración responsable según el modelo establecido en el Anexo I del presente convenio, junto con la cumplimentación de la Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses (DACI) cuyo modelo se incluye en el Anexo II del mismo.

2. Garantizar el cumplimiento de las obligaciones de etiquetado verde y etiquetado digital, de acuerdo con lo previsto en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y en el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021.

3. Respetar, en su actuación, el principio de "no causar un perjuicio significativo al medio ambiente " (principio do no significant harm - DNSH) en cumplimiento con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y su normativa de desarrollo, en particular el Reglamento (UE) 2020/852, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y la Guía Técnica de la Comisión Europea (2021/C 58/01) sobre la aplicación del citado principio, así como con lo requerido en la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España y su documento Anexo.

4. De conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, las actuaciones de información y comunicación relacionadas con la ejecución del Plan deben incorporar el logo oficial del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Del mismo modo, en todos los proyectos que se desarrollen en ejecución del citado Plan, deberá exhibirse, de forma correcta y destacada el emblema de la UE, con una declaración de financiación adecuada que indique "financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU", junto al logo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Del mismo modo, en relación con lo dispuesto en el artículo 34, apartado 2, del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, se establece igualmente la necesidad de hacer mención al origen de la financiación, por los perceptores de fondos de la Unión, en particular cuando promuevan las acciones y sus resultados.

El incumplimiento de las obligaciones establecidas en esta cláusula podrán dar lugar a un procedimiento de reintegro de los fondos percibidos.

Cuarta

Obligaciones de ALASTRIA

ALASTRIA se compromete, en el ámbito de sus competencias y de acuerdo con los objetivos establecidos en sus estatutos, a llevar a cabo las siguientes actuaciones:

1. Realizar el paquete de trabajo uno, desarrollo del cliente de la red ISBE, de acuerdo a las especificaciones que se establecen en el anexo VII del presente convenio.

2. Realizar el paquete de trabajo dos, despliegue de la red ISBE, de acuerdo a las especificaciones que se establecen en el anexo VII del presente convenio.

3. Realizar las actividades necesarias para la correcta gestión del proyecto (puesta en marcha, seguimiento y finalización).

4. Garantizar, en todas y cada una de las fases de diseño y ejecución del proyecto, el cumplimiento del principio "no causar un perjuicio significativo al medio ambiente" (DNSH). Para ello ALASTRIA presentará una declaración responsable según el modelo del Anexo V del presente convenio. En caso de subcontratar parte de la actividad objeto de este convenio, ALASTRIA deberá prever mecanismos para asegurar que los subcontratistas cumplan con el citado principio, conforme a lo establecido en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020.

5. Del mismo modo, con el fin de garantizar el cumplimiento del principio "no causar un perjuicio significativo al medio ambiente" (DNSH), la asociación deberá cumplir las condiciones específicas vinculadas a dicho principio para la inversión C13.I1, de acuerdo con lo previsto en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021:

a) Los equipos tecnológicos adquiridos en el marco de esta actuación cumplirán con los requisitos relacionados con la energía establecidos de acuerdo con la Directiva 2009/125/EC para servidores y almacenamiento de datos, o computadoras y servidores de computadoras o pantallas electrónicas.

b) Se activarán medidas para asegurar la compra de aquellos equipos energéticamente eficientes, que sean absolutamente respetuosos con el "Code of Conduct for ICT" de la Comisión Europea, y se tomarán medidas para que aumente la durabilidad, la posibilidad de reparación, de actualización y de reutilización de los productos, de los aparatos eléctricos y electrónicos implantados.

c) Los equipos cumplirán con los requisitos de eficiencia de materiales establecidos de acuerdo con la Directiva 2009/125/EC para servidores y almacenamiento de datos, o computadoras y servidores de computadoras o pantallas electrónicas. Los equipos utilizados no contendrán las sustancias restringidas enumeradas en el anexo II de la Directiva 2011/65/UE, excepto cuando los valores de concentración en peso en materiales homogéneos no superen los enumerados en dicho anexo.

d) Al final de su vida útil, los equipos se someterán a una preparación para operaciones de reutilización, recuperación o reciclaje, o un tratamiento adecuado, incluida la eliminación de todos los fluidos y un tratamiento selectivo, de acuerdo con el Anexo VII de la Directiva 2012/19/UE.

6. ALASTRIA garantizará el cumplimiento de las obligaciones de etiquetado climático y digital, con un porcentaje del 0 por 100 y del 100 por 100 respectivamente, de acuerdo con lo previsto en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021 y la normativa nacional que se haya dictado al respecto.

7. En caso de incumplimiento del principio DNSH, del etiquetado climático o de las condiciones recogidas en el anexo a la CID y del PRTR, se deberán reintegrar las cuantías percibidas. Del mismo modo, los beneficiarios garantizarán el cumplimiento de las condiciones específicas vinculadas al principio DNSH para la Inversión 1 del Componente 13, tal y como se detallan en el punto 5 de la presente cláusula.

8. Aplicar medidas para evitar el fraude, la corrupción y los conflictos de intereses o la doble financiación, en cumplimiento con lo establecido en la normativa europea y nacional de aplicación, en aras de la protección de los intereses financieros de la Unión. Asimismo deberá informar de toda sospecha de fraude, pudiendo utilizar cualquiera de los canales de comunicación que establece el Plan de medidas antifraude para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como alguno de los canales de comunicación que establece la Comunidad de Madrid: el canal público de la IGAE, el portal de transparencia de la Comunidad de Madrid ( www.comunidad.madrid/transparencia/ ), o su buzón de consultas abierto a toda la ciudadanía ( www.gestiona3.madrid.org/suque_inter/run/j/QuejaAlta.icm ). Por otra parte, ALASTRIA firmará una declaración de ausencia de conflictos de doble financiación, según el modelo del Anexo II del presente convenio. El incumplimiento de las obligaciones establecidas en este apartado podrá dar lugar, en su caso, a un procedimiento de reintegro de las aportaciones percibidas por dicha entidad.

9. El sometimiento a las actuaciones de comprobación a efectuar por la Consejería de Digitalización de la Comunidad de Madrid, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones referidas a este convenio. Específicamente, y como perceptora de fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, deberá conceder derechos de acceso suficientes a la comisión, la OLAF, el Tribunal de Cuentas Europeo, la Fiscalía Europea y las autoridades nacionales competentes para que ejerzan sus competencias. El modelo de autorización para el acceso se encuentra en el Anexo IV a este convenio. El incumplimiento de las obligaciones establecidas en este apartado podrá dar lugar a un procedimiento de reintegro de las aportaciones percibidas por ALASTRIA.

10. Consentir la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que resulta de aplicación y de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. El modelo de autorización para la cesión de datos se encuentra en el Anexo III a este convenio.

11. Las aportaciones de fondos otorgadas en el ámbito de este convenio serán compatibles con cualquier otra ayuda de otros programas o instrumentos de cualesquiera administraciones públicas u organismos o entes públicos, nacionales o internacionales, particularmente de la Unión Europea, en tanto que dicha subvención no cubra los mismos costes, de acuerdo con el principio de no duplicidad en la financiación previsto en el artículo 9 Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Financiero. Es obligación de ALASTRIA informar sobre cualesquiera otros fondos, no solo europeos, que haya contribuido o contribuya a la financiación de los mismos costes. El incumplimiento de la obligación de declaración de otras ayudas podría desencadenar un procedimiento de reintegro.

12. Destinar las aportaciones de fondos que reciba para la financiación de aquellos gastos en que incurra en cumplimiento de las obligaciones que asume en el presente convenio, con las limitaciones establecidas en la cláusula sexta.

13. En relación a los informes de ejecución y reporte de otra información, deberá:

a) Informar a la Dirección General de Estrategia Digital acerca del estado de ejecución de las actuaciones financiadas.

b) A efectos de auditoría y control del uso de los fondos deberán reportar información dirigida a una base de datos única, sobre las categorías de datos armonizadas (especificadas en el artículo 22.2 d) del Reglamento (UE) 2012/241. A tal efecto, el perceptor de los fondos deberá cumplir con las obligaciones de identificación de terceros, contratistas y subcontratistas, y de cesión de datos.

c) La obligación de suministrar información que le pueda requerir el órgano concedente u otras autoridades nacionales o europeas, para o en el ejercicio de sus funciones.

d) Remitir información que acredite el cumplimiento de los principios de publicidad y comunicación.

e) Informar proactivamente, a la Dirección General de Estrategia Digital, acerca de cualquier evento de especial trascendencia o imprevisto que pudiese repercutir en la consecución de los objetivos establecidos.

f) Informar con inmediatez de la existencia de cualquier procedimiento judicial tendente a la determinación de conductas que pudieran ser constitutivas de infracción penal y que afecten a las actuaciones financiadas total o parcialmente con cargo al convenio, así como de cualquier otra incidencia que pudiese perjudicar a la reputación del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

14. Mantener un sistema de contabilidad separada, o al menos una codificación contable diferenciada que permita identificar adecuadamente todas las transacciones relacionadas con la actuación objeto del presente convenio.

15. Asegurar la regularidad del gasto subyacente, garantizando el pleno respeto a la normativa reguladora de las ayudas de Estado y el cumplimiento de la normativa europea y nacional aplicable.

16. Que para garantizar el cumplimiento del artículo 8, punto f) de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del PRTR, los perceptores que desarrollen actividades económicas tienen la obligación de acreditar su inscripción en el Censo correspondiente de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral.

17. Asimismo, ALASTRIA deberán hallarse al corriente de pago de sus obligaciones frente a la Seguridad Social, la Agencia Estatal de Administración Tributaria y con la Hacienda autonómica, hechos que deberán ser acreditados mediante certificación administrativa emitida por los organismos competentes.

18. Conservar los documentos justificativos y documentos contables de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, durante un plazo de cinco años a partir del pago del saldo, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control, a tenor de lo establecido en el artículo 132 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión.

Quinta

Obligaciones de la Comunidad de Madrid

Todas las obligaciones que asume la Comunidad de Madrid, como consecuencia del presente Convenio derivan de forma directa de la Resolución de la Secretaría de Estado e Inteligencia Artificial por la que se concedió a la Comunidad de Madrid la participación en el proyecto "Infraestructura de Servicios Blockchain de España (ISBE)". Las obligaciones de la Comunidad de Madrid que se asumen con respecto a ALASTRIA son la consecuencia de la colaboración de dicha entidad en la ejecución del proyecto, concretamente en la realización de los dos paquetes de trabajo mencionados en la cláusula anterior.

La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Digitalización, se compromete a realizar las siguientes actuaciones:

1. Habilitar instrumentos para desarrollo de casos de uso sobre redes basadas en tecnología Blockchain y ponerlos a disposición de las pymes de la Comunidad de Madrid, promoviendo, de esta forma, la transferencia de las innovaciones al tejido empresarial de la región. El desarrollo de casos de uso se impulsará mediante un programa de subvenciones en concurrencia competitiva simplificada dirigidas a las pymes de la región.

Las citadas subvenciones tendrán un importe estimado de 2.032.220 euros, tal y como figura en la cláusula sexta de este convenio. Este importe no se percibirá directamente por Alastria, que no podrá ser beneficiario de esas subvenciones, sino que sirve para el desarrollo de los citados casos de uso que la Comunidad de Madrid se compromete a aportar como prestación de hacer a este convenio. Por tanto, la valoración económica de esta prestación se cifra en 2.032.220 euros.

2. Realizar las aportaciones de fondos a ALASTRIA especificados en la cláusula sexta del presente convenio. 3. Garantizar que las actuaciones que se lleven a cabo respetarán el principio de "no causar un perjuicio significativo al medio ambiente" (principio do no significant harm - DNSH), para ello la Comunidad de Madrid realizará una autoevaluación del cumplimiento del principio DNSH, según lo establecido en el anexo II de la guía para el diseño y desarrollo de actuaciones acordes con el principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente, elaborada por Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO).

3. Garantizar la ausencia de conflicto de interés del personal de la Comunidad de Madrid que intervenga en el proyecto, mediante la firma de una declaración de ausencia de conflicto de interés (DACI) según el modelo establecido en el Anexo II del presente convenio.

Sexta

Presupuesto y aportaciones económicas de las partes

1. El presente convenio se financia mediante aportaciones del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) NextGenerationEU, con fondos propios de la Comunidad de Madrid y con aportaciones de ALASTRIA.

2. El presupuesto total asignado para desarrollar las actividades del presente convenio se estipula en un máximo de 8.923.758 euros.

3. La financiación se llevará a cabo en los siguientes términos:

a) La cuantificación económica de la aportación de ALASTRIA, mediante su cartera de activos, se eleva a la cantidad de 2.185.758 euros, según valoración que se muestra en el Anexo VI del presente convenio.

b) La aportación de la Comunidad de Madrid asciende a la cantidad de 6.738.000 euros, según la siguiente distribución:

i. Fondos procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) importan para este proyecto de acuerdo al Componente al que se inscriben:

Imagen del artículo CONVENIO de colaboración de 21 de febrero de 2025, entre la Consejería de Digitalización de la Comunidad de Madrid y la Asociación Consorcio Red ALASTRIA, para la ejecución conjunta del proyecto Infraestructura de Servicios Blockchain de España, enmarcado en el programa de redes territoriales de especialización tecnológica en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia —financiado por la Unión Europea— NextGenerationEU.

Estas imágenes pertenecen a Página Oficial del Gobierno de la Comunidad de Madrid

ii. Fondos que deberá aportar la Comunidad de Madrid de acuerdo al Componente al que se inscriben:

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iii. Dichos fondos se asignarán al programa 928M de los presupuestos de la Comunidad de Madrid para la anualidad 2025, dentro de los subconceptos:

— 77301 "A pequeñas y medianas empresas".

— 22809 "Otros convenios, conciertos o acuerdos".

iv. La distribución de los fondos se realizará según el siguiente cuadro:

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4. El presente convenio no genera compromiso de gasto por la totalidad del presupuesto asignado, sino únicamente respecto a las obligaciones que la Comunidad de Madrid asume frente a ALASTRIA, que se corresponden con los paquetes de trabajo 1 (Desarrollo del cliente de la red) y 2 (Despliegue de la red), cuyo importe total asciende a 4.705.780 euros. Respecto al paquete 3 (Desarrollo de casos de uso), con un presupuesto máximo de 2.032.220 euros, se instrumentará mediante convocatoria de subvenciones en concurrencia competitiva.

5. Las aportaciones económicas que realice la Comunidad de Madrid a ALASTRIA, tanto de fondos propios como de fondos MRR, tendrá como importe máximo la cantidad de 4.705.780 euros.

6. Se considerarán Entidades Afiliadas a aquellas entidades que sean socios de pleno derecho de ALASTRIA durante toda la duración del presente convenio. Dichas entidades podrán realizar parte de las actividades responsabilidad de ALASTRIA y los gastos asociados no tendrán consideración de subcontratación.

7. Por otra parte, la utilización de fondos que reciba ALASTRIA de la Comunidad de Madrid, tanto de fondos propios como de fondos MRR, tendrán las siguientes limitaciones:

a) La imputación de gastos de personal está limitada a la contratación nueva de personal temporal y a los costes de personal indefinido para actividades directamente relacionadas con los componentes descritos en la ejecución del proyecto.

b) La imputación de gastos de equipamiento está limitada a los costes de amortización de equipamiento nuevo que es necesario para la ejecución del proyecto.

c) La imputación de gastos de obras civiles está limitada a obras de acondicionamiento necesarias para la puesta en marcha de equipamiento adquirido con cargo al proyecto.

d) La imputación de otros gastos está limitada a gastos no recurrentes y estrictamente relacionados con la ejecución del proyecto, que no se corresponden a costes de personal y equipamiento incluyendo, entre otros, costes de fungible y subcontrataciones, con un límite estas del 50 por 100 de las aportaciones que realice la Comunidad de Madrid a ALASTRIA.

e) Se podrán imputar costes indirectos hasta un quince por ciento (15 %) de la suma de los costes directos debidamente justificados.

f) No se podrán imputar costes financieros.

g) No se financiarán gastos presupuestarios ordinarios y recurrentes. Todos los gastos deberán responder de manera indubitada a la naturaleza de la actividad en relación al componente seleccionado para su financiación por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia que, en todo caso y circunstancias, deberán contribuir a los hitos y objetivos de la medida.

h) Solo se financiarán los gastos que hayan tenido lugar en el período comprendido entre la firma del convenio y el 31 de diciembre de 2025.

8. Las aportaciones que realice la Comunidad de Madrid a ALASTRIA para la financiación del Impuesto del Valor Añadido (IVA), consecuencia de los gastos en los que incurra para el cumplimiento de las obligaciones contraídas, se realizarán de forma exclusiva con fondos propios de la Comunidad de Madrid. Sólo será subvencionable el IVA soportado no deducible, es decir, no recuperable por ALASTRIA.

9. La Comunidad de Madrid realizará las aportaciones de fondos, tanto de fondos propios como procedentes del MRR, en la modalidad de pagos trimestrales a partir de las justificaciones de gasto presentadas por ALASTRIA.

10. La financiación a aportar por la Comunidad de Madrid queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en la correspondiente partida de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para los ejercicios correspondientes.

Séptima

Justificación de los gastos

1.o ALASTRIA justificará los gastos derivados de la ejecución del presente convenio, sin que en ningún caso quepan gastos previos a la firma del convenio o posteriores al 31 de diciembre de 2025.

2.o En la justificación se verificará que los fondos concedidos han sido utilizados para los fines previstos y se han gestionado conforme a la normativa de aplicación y, en particular, a las normas relativas a la prevención de conflicto de interés, de fraude, de corrupción y de la doble financiación procedente del Mecanismo de Reconstrucción y Resiliencia. En particular, se atenderá a lo previsto en el anexo a la Decisión de la Comisión que aprueba los Acuerdos Operacionales (OA) entre la Comisión Europea y España conforme al Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021.

3.o La justificación se realizará en los siguientes términos:

1. La justificación de los gastos a la Comunidad de Madrid se realizará tras la presentación de memorias trimestrales explicativas de las actuaciones llevadas a cabo en la ejecución del convenio. Las memorias estarán suscritas por aquella persona con capacidad de representación de ALASTRIA, debiendo quedar acreditado que la financiación recibida por ALASTRIA por importe máximo de 4.705.780 euros (IVA incluido) se ha destinado:

1.1. Hasta 2.120.224 euros (IVA incluido) para financiar el desarrollo del cliente de la red ISBE.

1.2. Hasta 2.585.556 euros (IVA incluido) para financiar el despliegue de la red ISBE.

Para cada tipo de gasto se establece la siguiente documentación:

a) Gastos de personal: estos gastos se justificarán mediante certificación detallada de los gastos de personal imputados al convenio (con indicación de las personas, dedicación de cada trabajador al proyecto y coste correspondiente adjuntando nóminas de los trabajadores, recibo de liquidación de cotizaciones y relación nominal de trabajadores).

b) Resto de gastos: estos gastos se justificarán mediante certificación detallada de los gastos derivados de las actividades, adjuntando los contratos, facturas o documentos justificativos del gasto y los documentos acreditativos del pago de los gastos derivados de las actividades.

4.o La documentación correspondiente a la justificación del gasto deberá presentarse, como máximo, el último día del tercer mes posterior a la realización efectiva de dicho gasto, a excepción de aquellas que deban justificarse en el mes de diciembre, cuya fecha tope es el 20 de dicho mes. La Comunidad de Madrid no realizará aportaciones económicas a ALASTRIA para los gastos no justificados en los plazos indicados en este párrafo.

Octava

Propiedad intelectual y propiedad de la red ISBE

1. A la fecha de finalización de la vigencia del presente convenio, ALASTRIA retendrá la titularidad de los activos previamente aportados por ella, ya sean estos de carácter material o sujetos a derechos de propiedad intelectual, industrial y/o secreto empresarial, que sean utilizados para el desarrollo del objeto del presente convenio. El régimen de explotación de los resultados del convenio no afectará en modo alguno a los derechos de propiedad intelectual, industrial y/o secretos empresariales titularidad de ALASTRIA con anterioridad a la firma del convenio.

2. ALASTRIA y la Comunidad de Madrid serán cotitulares a partes iguales de todos los derechos de propiedad intelectual, industrial y/o secreto empresarial sobre los resultados, incluyendo marcas, algoritmos, reglas de uso y lógica, soluciones propias, y cualesquiera otros productos de las actividades objeto de este convenio, compartiendo el objetivo común de que el máximo de documentación y software del convenio puedan ponerse, a libre disposición, en un repositorio de acceso público, bajo licencia de fuentes abiertas y realizando las oportunas acciones de divulgación de resultados.

3. ALASTRIA y la Comunidad de Madrid serán cotitulares de la red ISBE, si bien dicha red estará constituida por una infraestructura descentralizada, en la cual los nodos serán operados por múltiples entidades, incluyendo socios y terceros autorizados. Los operadores de los nodos serán responsables de mantener la integridad, seguridad y operatividad de los nodos bajo su control, asimismo, deberán cumplir con las condiciones de uso y las políticas operativas establecidas para garantizar el correcto funcionamiento de la red. Durante la realización del proyecto se desarrollará en detalle el modelo de gobernanza de la red ISBE.

4. De conformidad con lo anterior y sujeto y condicionado a los términos que se establezcan con los operadores de los nodos y otros socios en la infraestructura de la red, los desarrollos e innovaciones realizados por estos en la citada infraestructura deberán ser compartidos con ALASTRIA y la Comunidad de Madrid para su evaluación e incorporación a la red, en caso de un resultado positivo de la evaluación, siempre que dichos desarrollos no contravengan los derechos de propiedad intelectual de terceros y se ajusten a las políticas establecidas en el modelo de gobernanza de la red ISBE.

5. Toda la información confidencial compartida entre ALASTRIA, la Comunidad de Madrid y los operadores de nodos en el marco de la gestión y operación de la red ISBE será tratada de manera confidencial y no será divulgada a terceros sin el consentimiento previo y por escrito de la parte divulgadora.

Novena

Vigencia y modificación del convenio

El presente convenio entrará en vigor a partir del día de su firma por las partes. Se considerará como fecha de la firma la del representante de la Comunidad de Madrid y su vigencia se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2025. No se prevén prórrogas a este convenio.

El convenio podrá ser modificado de forma expresa mediante el acuerdo unánime de las partes y mediante la suscripción de la correspondiente adenda.

Décima

Comisión de Seguimiento

Para el efectivo cumplimiento del presente convenio se creará una Comisión de Seguimiento que actuará como órgano de seguimiento y de evaluación de las actividades relacionadas en el presente convenio. Entre otras funciones, le corresponderá:

a) Realizar el seguimiento técnico y económico del convenio. En este sentido, ante la imposibilidad o no necesidad de acometer una actuación determinada, la misma se podrá ver alterada en el seno de esta Comisión, siempre que las actividades que se modifican se sitúen en el marco estricto del convenio.

b) Garantizar la coordinación, colaboración e intercambio de información entre las partes firmantes del convenio.

c) Interpretar y resolver controversias previas a la vía jurisdiccional.

d) Cuantas otras se establezcan para el buen fin del convenio.

La Comisión de Seguimiento estará integrada de forma paritaria por un máximo de tres representantes permanentes de cada institución.

Por parte de la Comunidad de Madrid estará integrada por:

— El titular de la Consejería de Digitalización, o persona en quien delegue.

— El titular de la Dirección General de Estrategia Digital o persona en quien delegue.

— Una persona en representación de la Consejería de Digitalización con rango de Subdirector General.

Por parte de ALASTRIA estará integrada por:

— El Presidente de la asociación ALASTRIA, o persona en quien delegue.

— La Directora de Operaciones de ALASTRIA, o persona en quien delegue.

— Una persona en representación de ALASTRIA con rango de Director Técnico, o persona en quien delegue.

La Comisión establecerá sus normas internas de funcionamiento y se reunirá, como mínimo, una vez al trimestre, así como cuantas veces se estime necesario, a convocatoria de cualquiera de las Partes con una antelación mínima de cinco (5) días naturales.

Los miembros de la Comisión podrán requerir la asistencia de cualquier persona, con voz, pero sin voto, que pueda aportar conocimientos o asesoramiento adecuados para un mejor desarrollo del objeto del presente convenio.

Para la válida constitución de la Comisión de Seguimiento, a efectos de la celebración de reuniones y adopción de acuerdos, se requerirá la presencia de la mitad más uno de sus miembros entre los que deberán estar el Presidente y el Secretario o personas en quién deleguen.

Los acuerdos de la Comisión se adoptarán por mayoría simple de sus miembros y de sus reuniones se levantará la correspondiente acta. El Presidente de la Comisión de Seguimiento ostentará la facultad de voto dirimente en caso de empate, a efectos de la adopción de acuerdos.

Actuará de Presidente de la Comisión de Seguimiento el titular de la Conserjería de Digitalización. En caso de ausencia, vacante, enfermedad u otra causa legal, será sustituido por la persona titular de la Dirección General de Estrategia Digital, o persona en quien delegue.

Actuará de Secretario de la Comisión el Presidente de ALASTRIA. En caso de ausencia, vacante, enfermedad u otra causa legal, será sustituido por el Vicepresidente de ALASTRIA, o persona en quien delegue.

Undécima

Extinción

Este convenio se podrá extinguir por el cumplimiento del objeto del mismo, o por incurrir en causa de resolución, entre las que se encuentran las siguientes:

a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio.

b) El acuerdo unánime de las Partes.

c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes. En este caso, cualquiera de las Partes podrá notificar a la Parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un plazo de treinta (30) días naturales con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado a la Comisión de Seguimiento. Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la Parte que lo dirigió notificará a la otra Parte la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. La resolución del convenio por esta causa conllevará la liquidación y reintegro de todos los gastos sin perjuicio de la responsabilidad patrimonial que se derive.

d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otras leyes.

f) La imposibilidad sobrevenida de su realización.

g) Por denuncia expresa de cualquiera de las Partes con un preaviso mínimo de dos meses a la fecha en que se desee darlo por resuelto.

El cumplimiento y resolución del convenio tendrá los efectos establecidos en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Duodécima

Incumplimiento de plazos

Debido a las obligaciones derivadas del cumplimiento de las obligaciones del MRR, se considerará improrrogable que a 31 de diciembre de 2025 se hayan finalizado totalmente los paquetes de trabajo uno y dos (Desarrollo del cliente de la red ISBE y despliegue de la red). En la fecha indicada ambas iniciativas deben estar totalmente finalizadas.

Dado que el incumplimiento de las obligaciones fijadas por el MRR conllevan para la Comunidad de Madrid el reintegro de los fondos percibidos al Tesoro Público, en el caso de que ALASTRIA no cumpla con los plazos indicados en la presente cláusula, por causas imputables a ALASTRIA, perderá el derecho a recibir las cantidades pendientes de abono y deberá devolver a la Comunidad de Madrid el 100 por 100 de las cantidades recibidas previamente, así como los intereses legales que correspondan, en la forma y plazo que determine la Consejería de Digitalización.

Décima tercera

Régimen JURÍDICO y cuestiones litigiosas

1. El presente Convenio, de naturaleza jurídico-administrativa, se celebra al amparo de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; y está excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en virtud de lo establecido en los artículos 4 y 6.

2. Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, ejecución, efectos, modificación o resolución del presente convenio, se resolverán entre las partes de común acuerdo en el seno de la Comisión de Seguimiento. En caso de no alcanzarse un acuerdo en sede de comisión, las Partes acuerdan someter las controversias surgidas a la jurisdicción contencioso-administrativa de los Juzgados y Tribunales de Madrid, de acuerdo con la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

3. Por su financiación, el convenio se encuentra sometido al Reglamento (UE) número 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, así como la normativa interna aplicable a la gestión, seguimiento y control que se establezca para el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en España, en particular, el Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, cuya aplicación será de obligado cumplimiento.

4. Igualmente es de aplicación lo establecido Decreto-Ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión de Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y el Plan de medidas antifraude para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la CM, y la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Décima cuarta

Protección de datos

Las partes se comprometen a cumplir con la legislación vigente en materia de protección de datos y cada una de las partes asumirá la responsabilidad en que, por este concepto, pueda incurrir.

En particular, si la colaboración objeto del presente convenio implicase el tratamiento de datos personales, las partes declaran expresamente que conocen y quedan obligadas a cumplir en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia del presente convenio.

Especialmente, las partes se comprometen al cumplimiento de las obligaciones relacionadas con el deber de información a los titulares de los datos personales, con el deber de confidencialidad, con las medidas de seguridad, y con la notificación de brechas de seguridad que pudieran producirse, así como al cumplimiento de las que se contengan en el correspondiente acuerdo de encargo de tratamiento a firmar entre el responsable del tratamiento y el encargado del mismo, si lo hubiera.

Estas obligaciones deberán ser conocidas por todos aquellos que pudieran participar en las actuaciones derivadas del presente convenio, comprometiéndose las partes a informar a los mismos.

Madrid, a 21 de febrero de 2025.—La Asociación Consorcio Red ALASTRIA, Miguel Ángel Domínguez Castellano.—El Consejero de Digitalización, Miguel López-Valverde Argüeso.


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934961 {"title":"CONVENIO de colaboración de 21 de febrero de 2025, entre la Consejería de Digitalización de la Comunidad de Madrid y la Asociación Consorcio Red ALASTRIA, para la ejecución conjunta del proyecto \"Infraestructura de Servicios Blockchain de España\", enmarcado en el programa de redes territoriales de especialización tecnológica en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia —financiado por la Unión Europea— NextGenerationEU.","published_date":"2025-03-07","region":"madrid","region_text":"Comunidad de Madrid","category":"boa","category_text":"Boletín Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets_v2\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-madrid.png","id":"934961"} madrid Anuncios;BOCM;BOCM 2025 nº 56;Consejería de digitalización https://govclipping.com/modules/controller/ReferencesController.php Resaltar Quitar resaltado false https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php https://govclipping.com/modules/controller/SubsidyController.php https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php https://govclipping.com/search Error "" region subsidy initiative Error Ha habido un error: {error}. Inténtalo de nuevo más tarde. Elemento guardado en la lista El elemento ha sido modificado Elemento eliminado de la lista Guardar para leer más tarde Aceptar Cancelar No se han encontrado artículos adicionales. https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde. Error No se ha podido enviar la alerta de prueba a tu correo electrónico {email}. Inténtalo de nuevo más tarde. Alerta de prueba enviada Se ha enviado una alerta de prueba únicamente a tu email {email}. Revisa tu carpeta de Spam y añade @govclipping.com a tu lista de contactos. Enviar email de prueba Se enviará un email de prueba únicamente al correo electrónico de esta cuenta. Si no lo recibes, revisa tu carpeta de Spam. Enviar a todos los destinatarios Se enviará el correo electrónico a todos los destinatarios. Si no lo reciben, revisen su carpeta de Spam. Error No se ha podido enviar el correo electrónico a todos o algunos de los destinatarios. Inténtalo de nuevo más tarde. Correo electrónico enviado Se ha enviado el correo electrónico a todos los destinatarios. Revisen su carpeta de Spam y añadan @govclipping.com a su lista de contactos. Este contenido está disponible para usuarios premium Mejora tu cuenta a Professional para desbloquear y acceder todo el contenido premium sin restricciones. Consulta todas las ventajas de ser Professional en Planes de suscripción. Mejora tu cuenta https://govclipping.com/pricing Enlace copiado en portapapeles. Tu cuenta no está asociada a un Organización. Únete a uno o actualiza tu suscripción para crear tu propia Organización. https://govclipping.com/es/madrid/boa/2025-03-07/934961-convenio-colaboracion-21-febrero-2025-consejeria-digitalizacion-comunidad-madrid-asociacion-consorcio-red-alastria-ejecucion-conjunta-proyecto-infraestructura-servicios-blockchain-espana-enmarcado-programa-redes-territoriales-especializacion-tecnologica-marco-plan-recuperacion-transformacion-resiliencia-financiado-union-europea-nextgenerationeu https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.