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Por resolución de la Alcaldía de 21 de junio de 2025 se acordó:
Con el fin de conferir una mayor eficacia y celeridad en la tramitación de los expedientes de celebración de matrimonios civiles y dotar de mayor agilidad a las tareas administrativas es conveniente efectuar una delegación permanente en los concejales, de manera que puedan actuar indistintamente en los matrimonios civiles que corresponda autorizar a esta Alcaldía.
Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto y, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 51.1 del Código Civil y 124.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se emite la siguiente resolución:
Primero.—Delegar en los concejales:
— Ignacio Espinosa Arjona.
— Jesús Rubio Avendaño.
— María de las Mercedes Picón López.
— José Manuel Espinosa Fernández.
— Rosario García Adán.
Segundo.—La delegación conferida en la presente resolución requerirá para su eficacia la aceptación del órgano delegado, entendiéndose esta otorgada tácitamente si no se formula ante la Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de tres días hábiles, contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta resolución.
Tercero.—La presente resolución tendrá vigencia hasta la finalización del cargo electo.
Cuarto.—Sin perjuicio de que las presentes delegaciones entren en vigor en esta fecha, dese cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre, notifíquese a los designados y publíquese en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en base a lo establecido en el artículo 44 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Nuevo Baztán, a 24 de febrero de 2025.—La alcaldesa-presidenta, Gemma Pacheco Huecas.
(03/2.982/25)