REUNIDOS
De una parte, D.a Fátima Matute Teresa, Consejera de Sanidad de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 44/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, en el ejercicio de sus competencias, en representación de la Consejería de Sanidad, en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, el 4.3.a) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, D.a Laura Gutiérrez Barreno, Viceconsejera de Sanidad, nombrada mediante Decreto 257/2023, de 22 de noviembre, del Consejo de Gobierno, y Directora General del Servicio Madrileño de Salud, en nombre y representación del Servicio Madrileño de Salud, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 4.3.b) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, el artículo 3.g) del Decreto 245/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad y el artículo 23.2.a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud.
De conformidad, asimismo, con lo establecido en el Acuerdo de 9 de mayo de 2008, del Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud, por el que se delega en el titular de la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria la competencia en materia de convenios, ratificado en su reunión de 17 de junio de 2020.
Y, de otra parte, D. Luis Álvarez Fernández, en nombre y representación de la Fundación Talento-MCR. Acción Solidaria (en adelante Fundación Talento-MCR), con domicilio social en Madrid (28003), calle Raimundo Fernández Villaverde, número 45, piso 7.o, puerta B, escalera exterior y N.I.F. G- 82788555, en calidad de presidente de su patronato, según consta en la escritura de fecha 2 de agosto de 2017 otorgada ante el notario de Madrid D. Santiago Alfonso González López, con el número 2571 de su protocolo y en virtud del artículo 18 de sus estatutos.
Las partes intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente adenda y, de conformidad,
MANIFIESTAN
Primero
En fecha 13 de abril de 2018 se suscribió un convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación Talento-MCR para la implantación del programa "Talento en Hospitales" destinado a mejorar la estancia de los pacientes ingresados y sus familias en centros hospitalarios del Servicio Madrileño de Salud.
En fecha 30 de diciembre de 2021 se suscribió la adenda de modificación y prórroga del citado convenio.
El 12 de diciembre de 2023 se suscribió la adenda mediante la cual se incorporó al ámbito de aplicación del convenio al Hospital Enfermera Isabel Zendal.
Segundo
El convenio prevé expresamente en su cláusula primera la implantación inicial en los siguientes centros hospitalarios: Hospital Infantil Universitario Niño Jesús, Hospital Universitario 12 de Octubre y la posibilidad de extenderse a otros centros a lo largo de la vigencia de este convenio, en los que el mismo se aplica y cuya propuesta se estudiará acordándose, si procede, en la comisión mixta de seguimiento.
Tercero
Se considera conveniente para la finalidad de la humanización de la asistencia sanitaria y conforme con el objeto del convenio, y así lo ha acordado la comisión mixta de seguimiento en sesión de fecha 3 de diciembre de 2024, extender su implantación al Hospital Universitario Santa Cristina y al Hospital Central de la Cruz Roja San José y Santa Adela.
Por lo anterior, las partes manifiestan su voluntad de suscribir esta adenda de acuerdo con la siguiente
CLÁUSULA
Única
Centros sanitarios a los que se extiende el desarrollo del convenio
La aplicación del convenio suscrito el 13 de octubre de 2018 entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación Talento-MCR para la implantación del programa "Talento en Hospitales" destinado a mejorar la estancia de los pacientes ingresados y sus familias en centros hospitalarios del Servicio Madrileño de Salud se extiende al Hospital Universitario Santa Cristina y al Hospital Central de la Cruz Roja San José y Santa Adela.
En prueba de conformidad, se firma el presente documento.
Madrid, a 14 de febrero de 2025.—Por la Comunidad de Madrid, Fátima Matute Teresa.—Por el Servicio Madrileño de Salud, la Consejera de Sanidad La Viceconsejera de Sanidad y Directora General del Servicio Madrileño de Salud, Laura Gutiérrez Barreno.—Por la Fundación Talento MCR Acción Solidaria, el Presidente, Luis Álvarez Fernández.
(03/2.658/25)