En Madrid y Sevilla, a 7 de febrero de 2025
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. D. Bartolomé González Jiménez, Director General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español, en virtud de su nombramiento por el Decreto 268/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra Director General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español a don Bartolomé González Jiménez, en ejercicio de las competencias delegadas por el Excmo. Sr. Consejero de Cultura, Turismo y Deporte mediante la Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, de la Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones, modificada por la Orden 913/2022, de 3 de junio, de la Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, y la Orden 596/2023, de 9 de mayo, de la Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 4 de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en lo sucesivo: la Comunidad de Madrid).
De otra parte, D.a Noemí Belmonte Rodríguez-Pascual, Presidenta de la Asociación de Archiveros de Andalucía, con CIF G-41553728, actuando en calidad de representante legal de la misma en virtud de su elección y nombramiento en la Asamblea General Extraordinaria celebrada en Sevilla el 19 de diciembre de 2024 y de conformidad con las funciones que tiene atribuidas por el artículo 23.a) de sus vigentes Estatutos (en lo sucesivo: la AAA).
Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente acuerdo de prórroga del Convenio de Colaboración mencionado ut supra, y a tal efecto,
EXPONEN
I
Que la Comunidad de Madrid y la AAA suscribieron, con fecha de 7 de marzo de 2023, un Convenio de Colaboración para la cesión de la base de datos de dictámenes de valoración de documentos de la Subdirección General de Archivos y Gestión Documental para el desarrollo de una aplicación web de consulta denominada "Repositorio de Dictámenes" alojada en el sitio web de dicha Asociación.
II
Que el artículo 4.4 del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid establece que, en el caso de que se formalice una prórroga, adenda, refinanciación o cualquier otra modificación de los términos de otro convenio anteriormente celebrado, deberá constar expresamente esta circunstancia en su clausulado.
Que el apartado 2 de la cláusula octava-Entrada en vigor, vigencia, prórroga y modificación del Convenio del Convenio de Colaboración establece que la "vigencia del Convenio de Colaboración se mantendrá por un plazo de 2 años, prorrogables de forma expresa y por escrito por períodos de 2 años hasta un máximo de 6 años, de conformidad con los plazos máximos de duración de los convenios de colaboración previstos por el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y en el artículo 4.3.h) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid, salvo que a la finalización del mismo o de cualquier de sus prórrogas sea denunciado por alguna de las partes, por lo menos, con 2 meses de antelación a la fecha de terminación del mismo".
Que tampoco se ha producido la asunción de la responsabilidad y mantenimiento del "Repositorio de Dictámenes" por parte del Ministerio de Cultura, prevista como causa de finalización de la vigencia del Convenio de Colaboración de referencia en el apartado 3 de la cláusula octava-Entrada en vigor, vigencia, prórroga y modificación del Convenio.
Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 6.1.j) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, no se requiere el informe preceptivo del servicio jurídico al tratarse de una prórroga que no innova el convenio objeto de la misma.
III
Que, dado el interés de la Comunidad de Madrid y de la AAA en mantener la cesión de la base de datos de dictámenes de valoración de documentos de la Subdirección General de Archivos y Gestión Documental para los mismos fines previsto en el Convenio de Colaboración de referencia, las partes
ACUERDAN
Único
Prórroga del convenio de colaboración
1. Se prorroga el convenio de colaboración de referencia, por un período de dos años, que finalizará el 1 de abril de 2027. Todo ello se realiza de conformidad con lo previsto en la cláusula octava-Entrada en vigor, vigencia, prórroga y modificación del Convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid y la Asociación de Archiveros de Andalucía para la cesión de la base de datos de dictámenes de valoración de documentos de la Subdirección General de Archivos y Gestión Documental para el desarrollo de una aplicación web de consulta denominada "Repositorio de Dictámenes" alojada en el sitio web de dicha Asociación, firmado el 7 de marzo de 2023.
2. La presente Adenda de prórroga entrará en vigor el 1 de abril de 2025.
Y, en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido, ambas partes firman la presente adenda de prórroga del Convenio de Colaboración mencionado ut supra, en ejemplar electrónico único, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.
Madrid y Sevilla, a 7 de febrero de 2025.—Por la Comunidad de Madrid, la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, P. D. (Orden 1389/2021, de 16 de noviembre), el Director General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español, Bartolomé González Jiménez.—Por la Asociación de Archiveros de Andalucía, la Presidenta, Noemí Belmonte Rodríguez-Pascual.
(03/2.157/25)