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Aprobada la modificación parcial de la relación de puestos de trabajo en sesión extraordinaria del Pleno municipal de 5 de febrero de 2025, y a efectos de dar cumplimiento a lo previsto en el art. 15.3 de la Ley 30/1984, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, se procede a la publicación de un extracto del acuerdo:
Primero.—Aprobar la modificación de la RPT "Octubre 2024" (Expte. 2024/7) en los siguientes términos:
Los complementos específicos recogidos en los apartados 1 y 2 se refieren a importes anuales distribuidos en 14 pagas, 12 ordinarias y 2 extraordinarias, correspondientes al ejercicio 2024, con incremento del 2 % previsto en el Real Decreto-Ley 4/2024, de 26 de junio.
1. Modificación de puestos ya existentes.
1.1. Modificación de la escala de clasificación y complemento específico del puesto 1.1.174.1, Director/a del Área de Recursos Humanos.
Área: Área de Recursos Humanos.
Subárea: Área de Recursos Humanos.
Departamento: Área de Recursos Humanos.
2. Amortización de puestos.
2.1. Amortización del puesto 1.1.32.2, Técnico de Instalaciones e Industria.
(Personal Laboral).
3. Creación de puestos.
3.1. Creación del puesto 1.1.470.1, Técnico/a Medio/a de Instalaciones e Industria.
(Personal Funcionario).
Área: Área Urbanismo.
Subárea: Obras y Planeamiento.
Departamento: Obras y Planeamiento.
4. Corrección de errores.
4.1. Error en código del puesto 1.1.462.1, Coordinador/a de Actividades Socioculturales.
En sesión Plenaria de 30 de abril de 2024, donde dice:
"3.2. Creación del puesto de Coordinador/a de Actividades Socioculturales 1.1.462.1, C1, Personal Funcionario.
Debe decir:
"3.2. Creación del puesto de Coordinador/a de Actividades Socioculturales 1.1.468.1, C1, Personal Funcionario.
Remitir copia de la modificación de la RPT a la Administración del Estado y a la Comunidad de Madrid y publicarla en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el Portal de Transparencia.
En el Portal de Transparencia se publicará el contenido completo del acuerdo Plenario.
Contra el citado acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer alternativamente:
— Recurso de reposición ante el órgano municipal que dictó la resolución, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de esta publicación.
— Recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta publicación.
— Cualquier otro que se estime procedente, advirtiéndose que la interposición del recurso no paraliza la ejecutividad de la resolución.
Coslada, a 10 de febrero de 2025.—El alcalde-presidente, Ángel Viveros Gutiérrez.
(03/2.183/25)