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De conformidad con el artículo 16 de la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, se hace público para general conocimiento que se ha solicitado licencia de instalación de actividades por los titulares y para las actividades que se indican a continuación, al efecto de que quienes se consideren afectados de algún modo por la actividad de referencia puedan hacer las alegaciones que estimen pertinentes, dentro del plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, mediante escrito a presentar en los Registros municipales o en cualquier forma prevista en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, encontrándose a tal fin el expediente en el Departamento de Licencias 2, de la Subdirección General de Licencias.
— Expediente número: 350/2023/10303.
— Titular: Club Atlético de Madrid, S. A. D.
— Actividad: Ejecución de seis campos de fútbol para distintos equipos del Club Atlético de Madrid, con edificios de servicios anejo. Incluyendo gradas y demás servicios para "miniestadio", en la parcela DS-03, en el área de ordenación especial AOE.00.08 "Parque Olímpico Sector-Oeste".
— Emplazamiento: Avenida Luis Aragonés, número 32.
Madrid, a 7 de febrero de 2025.—La jefa del Servicio Jurídico, Yolanda Sancho Peinado.
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