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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público; en los artículos 51 y siguientes, del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo ("Boletín Oficial del Estado", de 10 de abril) por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso de Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado, y en la Resolución de 23 de octubre de 2024, por la que se dispuso la publicación de la convocatoria para la provisión de puestos de trabajo vacantes por el procedimiento de libre designación.
Este Rectorado en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 3.j) de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, así como en los artículos 65 y 167.3 de los Estatutos de esta Universidad, acuerda:
Primero
Resolver la convocatoria para la provisión de puestos de trabajo vacantes en la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de esta Universidad, por el procedimiento de libre designación, anunciada por Resolución de 23 de octubre de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 6 de noviembre de 2024) y adjudicar los puestos de trabajo a los funcionarios de carrera que figuran en el Anexo I de la presente Resolución.
Segundo
La toma de posesión de la interesada se efectuará de conformidad con lo previsto en los artículos 48 y 57 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" de 10 de abril).
Tercero
La presente Resolución tendrá efectos administrativos y económicos desde el día de toma de posesión del destino adjudicado.
Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante este Rectorado, o bien directamente recurso contencioso administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, contados ambos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, no pudiendo interponerse este último hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta de conformidad con lo establecido en la legislación vigente.
Madrid, a 27 de enero de 2025.—El Rector, Óscar García Suárez.
(03/1.568/25)