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De una parte, la Ilma. Sra. D.a María José Esteban Raposo, Directora General de Función Pública de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
De otra parte, el Ilmo. Sr. D. Pedro Antonio Ruiz Escobar, Director General de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112.
EXPONEN
La Dirección General de Función Pública, de conformidad con el artículo 15.l) del Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, tiene atribuida la competencia de gestión del régimen de colaboración con el Instituto Nacional de Seguridad Social.
El artículo 11 del Decreto Legislativo 1/2006, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley por la que se regulan los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos de la Comunidad de Madrid, establece que el personal de la Comunidad de Madrid del servicio de prevención y extinción de incendios y salvamentos de la Comunidad de Madrid, estará integrado por los bomberos profesionales con la condición de funcionarios y el personal laboral contratado para la prestación de servicios, el personal funcionario del Servicio de Incendios Forestales y personal laboral adscrito al mismo y el personal del Servicio Médico del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid.
De conformidad con el artículo 22.3 del Decreto Legislativo 1/2006, de 28 de septiembre, la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 a través de la Dirección General de Emergencias, tiene adscrita la Unidad de Asistencia Médica del Cuerpo de Bomberos, dirigida a la realización de las actividades que resulten necesarias en orden a garantizar la salud de los trabajadores del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid.
De conformidad con lo que antecede, ambos órganos suscribieron, con fecha 20 de noviembre de 2023, el Acuerdo de Encomienda de Gestión en materia de gestión de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 288, de 4 de diciembre de 2023. En el apartado cuarto de dicho Acuerdo, se disponía que, en cualquier momento, las partes firmantes del mismo podrían revocar la Encomienda efectuada.
Mediante Orden 2670/2024, de 22 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 265 de fecha 6 de noviembre de 2024), se acordó la selección de la mutua colaboradora con la Seguridad Social FREMAP, para la cobertura de las contingencias profesionales del personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid, mediante la suscripción de un convenio de asociación, con efectos de 1 de enero de 2025, por lo que devino innecesaria la Encomienda de Gestión de 20 de noviembre de 2023.
En virtud de lo expuesto, y en uso de las competencias atribuidas por la normativa vigente, ambas partes
ACUERDAN
Primero
Revocar, con efectos de 1 de enero de 2025, la Encomienda de gestión de 20 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Función Pública de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, a la Dirección General de Emergencias, de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, en materia de gestión de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
Segundo
El presente Acuerdo deberá publicarse en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.3.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Madrid, a 15 de enero de 2025.—La Directora General de Función Pública, María José Esteban Raposo.—El Director General de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, Pedro Antonio Ruiz Escobar.
(03/1.016/25)