Audios generados (reproducción automática)
Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.
En ejecución del acuerdo plenario correspondiente, a tenor de lo establecido en los artículos 122.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y 43.2.d) del Reglamento Orgánico del Pleno y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, se anuncia que el Pleno, en sesión de 19 de diciembre de 2024, ha aprobado definitivamente el estudio de detalle de la parcela B de la manzana C2 del API 3.4-02 "Ampliación Casa de Campo" del Plan General de Ordenación Urbana. La parte dispositiva del mencionado acuerdo, en lo que afecta a dicha aprobación, es la siguiente:
1.o Aprobar definitivamente el estudio de detalle de la parcela B de la manzana C2 del API 3.4-02 "Ampliación Casa de Campo" del Plan General de Ordenación Urbana de Pozuelo de Alarcón, promovido por Merlin Properties, Socimi, S. A., concretado en los documentos presentados con motivo de la aprobación inicial (salvo en lo que se refiere a la memoria de la modificación y la memoria de impacto normativo), de fechas 4 y 10 de junio de 2024 (RGE 24549 y 25956), y los documentos presentados el 26 de agosto de 2024 y el 25 de septiembre de 2024 (RGE 39053 y 45443, respectivamente) con los CSV correspondientes, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 a 61 la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid con las siguientes condiciones que se derivan de los informes sectoriales y técnicos obrantes en el expediente:
— En relación con las obras de urbanización a materializar, y en cumplimiento del informe emitido por la D. G. de Patrimonio Cultural y Oficina del Español, de fecha 26 de agosto de 2024, si durante el transcurso de las obras que se realicen en desarrollo del ámbito, se produjera la aparición casual de restos arqueológicos y/o paleontológicos, será de aplicación lo previsto en el artículo 62 de la Ley 8/2023, de 30 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 65 de la citada Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, el día 20 de enero de 2025 se ha depositado un ejemplar debidamente diligenciado del estudio de detalle en el Registro de Planes de Ordenación Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad de Madrid.
Contra el precedente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, o cualquier otro que se estime procedente, indicándose que la interposición de recurso no paraliza la ejecutividad del acuerdo.
En Pozuelo de Alarcón, a 20 de enero de 2025.—El secretario general del Pleno, Gonzalo Cerrillo Cruz.
(02/912/25)