Madrid, a 11 de diciembre de 2024.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de Familia, Juventud, y Asuntos Sociales, de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 46/2023, de 23 de junio de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra, el Ilmo. Sr. D. Carlos Blázquez Rodríguez, Alcalde del Ayuntamiento de Colmenar Viejo, elegido por Acuerdo del Pleno de 17 de junio de 2023, en nombre y representación del citado Ayuntamiento, en virtud de su cargo y de las facultades que le confiere el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose mutuamente capacidad y legitimación para suscribir la presente Adenda de prórroga del convenio de colaboración vigente, y
MANIFIESTAN
El día 12 de septiembre de 2023 se firmó un convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y el Ayuntamiento de Colmenar Viejo para el desarrollo de la atención social primaria y otros programas por los servicios sociales de las entidades locales.
La cláusula decimoséptima del citado convenio de colaboración establecía su duración, fijando su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023.
La misma cláusula señala que antes de la finalización de la vigencia de este convenio o en su caso de cualquiera de sus prórrogas, las partes por mutuo acuerdo podrán acordar, de forma expresa y por escrito, su prórroga por el mismo período de tiempo o inferior al plazo inicial, de acuerdo con lo establecido en el artículo 49.h) de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Mediante una adenda de prórroga, formalizada el 18 de diciembre de 2023 se extendió la vigencia del referido convenio hasta el 31 de diciembre de 2024.
Asimismo, dicha cláusula prevé que las partes podrán modificar el convenio de mutuo acuerdo, mediante la suscripción de la correspondiente adenda.
De este modo, el día 18 de julio de 2024 se formalizó una adenda de modificación del referido convenio, al objeto de actualizar los acuerdos técnicos y económicos entre las partes, derivados de la modificación del objeto del convenio, de la inclusión de una mayor aportación de la Comunidad de Madrid destinada a los programas sociales que se desarrollan en el ámbito de la atención social primaria, y la concreción de los compromisos para el desarrollo del nuevo Sistema de Información Historia Social Única en la Comunidad de Madrid.
Ambas partes, consideran necesario procurar la estabilidad y desarrollo del sistema público de servicios sociales, y en virtud de lo expuesto suscriben la presente adenda de prórroga conforme a la siguientes:
CLÁUSULAS
Primera
Prórroga del convenio
Se prorroga para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, el convenio de colaboración suscrito entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y el Ayuntamiento de Colmenar Viejo para el desarrollo de la atención social primaria y otros programas por los servicios sociales de las entidades locales, de acuerdo con lo dispuesto en su cláusula decimoséptima.
Así mismo se mantiene el contenido de la Cláusula Quinta del Convenio sobre la financiación, incluyendo lo establecido por la Adenda de modificación de 2024, en los siguientes términos:
El gasto se imputará al programa 232E partida 46309, del Presupuesto para el 2025 de la Consejería competente en materia de Servicios Sociales.
Segunda
Forma de pago
La aportación económica de la Comunidad de Madrid prevista en la cláusula anterior, correspondiente a la financiación de los gastos de gestión, programas y proyectos, será abonada a la Entidad Local mediante un pago único dentro de los tres meses siguientes a la formalización de la adenda de prórroga, sin perjuicio de la justificación y liquidación del ejercicio anterior.
Tercera
Protección de datos
Se informa a las personas físicas firmantes, y aquellas cuyos datos resulten necesarios gestionar para llevar a buen fin el presente convenio, que sus datos serán tratados conforme la normativa vigente por la Dirección General de Servicios Sociales e Integración, en la actividad de tratamiento "Convenios Administrativos". Para ejercer sus derechos, podrán dirigirse a la Dirección General de Servicios Sociales e Integración de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales mediante una solicitud firmada, presentada ante el Registro correspondiente, o bien contactar al delegado de protección de datos en protecciondatos-psociales@madrid.org . Los firmantes pueden consultar la información referida al deber de información de protección de datos personales en el anexo correspondiente.
Y para que así conste y en prueba de conformidad de las partes, se firma la presente adenda de prórroga, siendo la fecha de formalización de la misma la correspondiente a la de la firma de la Comunidad de Madrid, o en ausencia de fecha en la firma, a la que figure en el encabezamiento.
Madrid, a 11 de diciembre de 2024.—La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, Ana Dávila-Ponce de León Municio.—El Alcalde del Ayuntamiento de Colmenar Viejo, Carlos Blázquez Rodríguez.
(03/21.069/24)