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Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de aprobación del presupuesto municipal del ejercicio 2025 al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
1. Resumen del mismo por capítulos:
2. La plantilla de personal, según lo siguiente
A) Personal funcionario:
— Habilitado de carácter nacional: Secretario-Interventor 1 plaza.
— Servicios Especiales: Operario de servicios múltiples, 1 plaza.
— Auxiliar administrativo, 1 plaza.
B) Personal laboral:
— Auxiliar administrativo, 1 plazas.
— Educadores casa de niños, 2 plazas.
— Peón de limpieza, 2 plazas.
— ADL, 1 plazas.
— Coordinador Centro Cultural, 1 plazas.
— Peón de Servicios múltiples, 1 plazas.
— Archivero-auxiliar administrativo, 1 plazas.
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid con sede en Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
El Berrueco, a 23 de diciembre de 2024.—El alcalde, Jaime Sanz Lozano.
(03/21.448/24)