Belmonte de Tajo. Régimen económico. Calendario fiscal

Resumen autogenerado por OpenAI

Audios generados (reproducción automática)

Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.

Dada cuenta de la necesidad de aprobar los períodos de cobranza para el ejercicio 2025 de las tasas e impuestos municipales, de conformidad con lo establecido en el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y en concordancia con los artículos 62.3 y 102.3 de la Ley 58/2003, General Tributaria, y 24 del Real Decreto 939/2005, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, y en uso de las facultades que me han sido conferidas al efecto, he resuelto:

Primero.—Aprobar el calendario fiscal de cobro de los tributos municipales de vencimiento periódico y notificación colectiva para el ejercicio 2025, siendo este el siguiente:

— Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica: Del 1/7/2025 al 1/9/2025.

Fecha cargo domiciliados: El 1/9/2025.

— I.B.I. naturaleza urbana: Del 1/4/2025 al 2/6/2025.

Fecha cargo domiciliados: El 2/6/2025.

— I.B.I. naturaleza rústica: Del 1/4/2025 al 2/6/2025.

Fecha cargo domiciliados: El 2/6/2025.

— Tasa de vados: Del 15/09/2025 al 15/11/2025.

Fecha cargo domiciliados: El 15/11/2025.

— Tasa sobre basuras: Del 15/9/2025 al 15/11/2025.

Fecha cargo domiciliados: El 15/11/2025.

— Impuesto sobre actividades económicas: Del 15/9/2025 al 15/11/2025.

Fecha cargo domiciliados: El 15/11/2025.

— Sistema especial de pago del I.B.I. 1.o plazo.

Fecha cargo domiciliados: El 31/3/2025.

— Sistema especial de pago del I.B.I. 2.o plazo.

Fecha cargo domiciliados: El 2/6/2025.

Segundo.—Que los datos tributarios y demás elementos tributarios de los tributos periódicos, salvo las altas en los respectivos registros, serán notificados colectivamente al amparo de lo establecido por el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Tercero.—Se abre un plazo de quince días para información pública, antes de la fecha de inicio del periodo voluntario de cobro de los tributos municipales de carácter periódico. Durante el plazo de plazo de exposición pública de un mes, los padrones estarán a disposición de los interesados en las oficinas del Ayuntamiento.

Cuarto. Anuncio de cobranza.—Se establece como modalidad de pago la seguidamente detallada:

El cobro de los tributos de cobro periódico por recibo se ajustará a los siguientes criterios:

A) Plazos de ingreso: los plazos de ingreso en período voluntario serán los establecidos en el calendario fiscal aprobado.

B) Modalidades de cobro: la recaudación de los tributos municipales y demás ingresos derecho público que se gestionen mediante padrones fiscales o matrículas se realizará exclusivamente a través de las entidades bancarias colaboradoras.

C) Domiciliación bancaria: Se puede domiciliar el pago de los tributos personalmente en la Oficina de Recaudación, o bien mediante su remisión al Registro General del Ayuntamiento con una antelación mínima de dos meses desde el inicio de período de cobro voluntario del correspondiente padrón o matrícula en el que esté incluido el recibo que se quiere pagar mediante esta modalidad. Las solicitudes recibidas con posterioridad a esa fecha surtirán efectos en el siguiente período de cobranza.

D) Sistemas especiales de pago: los contribuyentes que lo consideren pueden acogerse a los sistemas especiales de pagos, según la ordenanza fiscal en vigor, aplicándoles la bonificación correspondiente.

E) Los lugares, días y horas de ingreso:

1. En la oficina de Caixabank, de esta localidad, o mediante ingreso en las cuentas del Ayuntamiento, de las entidades bancarias: Caixabank y Caja Rural de Castilla-La Mancha de otras localidades, los días que sean laborables para estas durante el horario comercial habitual.

2. A través de banca electrónica o en la red de cajeros de las entidades colaboradoras, cualquier día y hora.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 24.2.d) del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, se advierte que, transcurrido el plazo de ingreso en periodo voluntario, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.

Quinto.—Contra los actos de aprobación de los padrones fiscales o matrículas y las liquidaciones tributarias que los mismos contienen, los interesados podrán interponer recurso de reposición, previo al recurso contencioso-administrativo, ante la Alcaldía en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de finalización del período de exposición pública de los mismos, todo ello, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y 32 de la Ordenanza General de Gestión, Recaudación e Inspección de los ingresos de propios de Derecho Público, o cualquier otro que convenga a sus intereses.

Sexto.—Publicar el presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Belmonte de Tajo, a 16 de diciembre de 2024.—El alcalde-presidente, Roberto Morate Carralero.

(01/20.858/24)

840546 {"title":"Belmonte de Tajo. Régimen económico. Calendario fiscal","published_date":"2024-12-30","region":"madrid","region_text":"Comunidad de Madrid","category":"boa","category_text":"Boletín Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets_v2\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-madrid.png","id":"840546"} madrid Ayuntamiento de belmonte de tajo;BOCM;BOCM 2024 nº 310 https://govclipping.com/modules/controller/ReferencesController.php Resaltar Quitar resaltado false https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php https://govclipping.com/modules/controller/SubsidyController.php https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php https://govclipping.com/search Error "" region subsidy initiative Error Ha habido un error: {error}. Inténtalo de nuevo más tarde. Elemento guardado en la lista El elemento ha sido modificado Elemento eliminado de la lista Guardar para leer más tarde Aceptar Cancelar No se han encontrado artículos adicionales. https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde. Error No se ha podido enviar la alerta de prueba a tu correo electrónico {email}. Inténtalo de nuevo más tarde. Alerta de prueba enviada Se ha enviado una alerta de prueba únicamente a tu email {email}. Revisa tu carpeta de Spam y añade @govclipping.com a tu lista de contactos. Enviar email de prueba Se enviará un email de prueba únicamente al correo electrónico de esta cuenta. Si no lo recibes, revisa tu carpeta de Spam. Enviar a todos los destinatarios Se enviará el correo electrónico a todos los destinatarios. Si no lo reciben, revisen su carpeta de Spam. Error No se ha podido enviar el correo electrónico a todos o algunos de los destinatarios. Inténtalo de nuevo más tarde. Correo electrónico enviado Se ha enviado el correo electrónico a todos los destinatarios. Revisen su carpeta de Spam y añadan @govclipping.com a su lista de contactos. Este contenido está disponible para usuarios premium Mejora tu cuenta a Professional para desbloquear y acceder todo el contenido premium sin restricciones. Consulta todas las ventajas de ser Professional en Planes de suscripción. Mejora tu cuenta https://govclipping.com/pricing Enlace copiado en portapapeles. Tu cuenta no está asociada a un Organización. Únete a uno o actualiza tu suscripción para crear tu propia Organización. https://govclipping.com/es/madrid/boa/2024-12-30/840546-belmonte-tajo-regimen-economico-calendario-fiscal https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.