De conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público, procedente del Real Decreto-Ley 14/2021, de 6 de julio, y con el fin de cubrir, por el sistema general de concurso oposición, un total de 401 plazas, mediante Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos de fecha 19 de diciembre de 2022, se convocó procedimiento selectivo de estabilización, por el sistema de concurso-oposición, para ingreso en el Cuerpo de Maestros.
Según lo dispuesto en la Disposición Adicional Duodécima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y en el Capítulo I del Título III del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley, el sistema de ingreso en la Función Pública Docente es el de concurso-oposición y consta de las siguientes fases: fase de oposición, fase de concurso y fase de prácticas.
En aplicación de la Base Décima de la citada convocatoria, se hicieron públicas las listas de seleccionados que superaron el concurso-oposición. Por Resolución de 7 de agosto de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del 22), de esta Dirección General, dando cumplimiento a lo dispuesto en la Base Duodécima de la citada convocatoria, se reguló la fase de prácticas.
Por Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos de 9 de octubre de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del 14), se nombran funcionarios en prácticas a los aspirantes seleccionados en el procedimiento selectivo de estabilización, por el sistema de concurso oposición, para ingreso en el Cuerpo de Maestros, convocado por Resolución de 19 de diciembre de 2022.
Realizada la fase de prácticas prevista en el punto Decimotercero de la Resolución de 7 de agosto mencionada, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, citado, esta Dirección General,
RESUELVE
Primero
Aprobación del expediente
Aprobar el expediente del proceso selectivo de estabilización, por el sistema de concurso oposición, para ingreso en el Cuerpo de Maestros convocado por Resolución de 19 de diciembre de 2022.
Segundo
Aptos en la fase de prácticas
Declarar "aptos" en la fase de prácticas a los aspirantes seleccionados que fueron nombrados funcionarios en prácticas por Resolución de 9 de octubre de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del 14), que figuran relacionados en el Anexo I de la presente Resolución y, por tanto, reconocer el derecho que asiste a estos seleccionados a ingresar en el Cuerpo de Maestros.
Tercero
Pendientes de evaluación de las prácticas
Declarar pendientes de calificación por las Comisiones de Evaluación a los seleccionados relacionados en el Anexo II, que, por interrupción, prórroga u otras causas no han finalizado el período de prácticas.
De conformidad con lo establecido en el apartado Octavo de la citada Resolución de 9 de octubre de 2024, estos maestros deberán realizar la citada fase en el período comprendido entre el 1 de enero de 2025 y el 30 de junio de 2025, en el centro docente que se le había adjudicado.
Los Directores de los respectivos centros comunicarán, una vez iniciado dicho período del año 2025, al Presidente de la comisión de evaluación de las prácticas, la incorporación de los maestros que se relacionan en el Anexo II para su calificación, procediéndose posteriormente por las Comisiones a enviar a esta Dirección General las actas con la calificación obtenida.
Cuarto
No aptos en la fase de prácticas
Declarar "no aptos" en la fase de prácticas a los aspirantes que figuran en el Anexo III de la presente Resolución.
Tal como se indica en el punto Octavo de la Resolución de 9 de octubre de 2024, por la que se nombran funcionarios en prácticas a los aspirantes seleccionados en el procedimiento selectivo de estabilización, por el sistema de concurso oposición, para ingreso en el Cuerpo de Maestros, convocado por Resolución de 19 de diciembre de 2022: "Aquellos aspirantes que, a fecha 31 de diciembre de 2024, resulten declarados "no aptos", podrán repetir, por una sola vez, en el período comprendido entre el 1 de enero de 2025 y el 30 de junio de 2025, la fase de prácticas en el centro docente que se le había adjudicado. En este caso, ocuparán el lugar siguiente al del último seleccionado en su especialidad.
Quienes no las realicen en este período, o sean declarados "no aptos" por segunda vez, perderán todos los derechos a su nombramiento como funcionarios de carrera.",
Quinto
Nombramiento como funcionarios de carrera
Esta Dirección General elevará propuesta al Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes para que proceda al nombramiento como funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros a los seleccionados relacionados en el Anexo I de la presente Resolución.
Sexto
Destinos docentes para el curso 2025-2026
Los destinos obtenidos por los aspirantes seleccionados incluidos en el Anexo I, serán los que figuren en la Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se aprueba la adjudicación definitiva del concurso de traslados del Cuerpo de Maestros convocado por Resolución de 21 de octubre de 2024, estando condicionados dichos destinos a su nombramiento como funcionarios de carrera. En caso de no habérseles adjudicado destino en el concurso de traslados, les será asignado destino provisional en esta Comunidad.
Séptimo
Acreditación de la especialidad adquirida
A los Maestros a que se refiere esta Resolución se les entregará, junto con el nombramiento de funcionario de carrera, la certificación de habilitación acreditativa de la especialidad por la que han superado el concurso-oposición, a los efectos previstos en el artículo 10 del Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, por el que se regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los Cuerpos Docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y otros procedimientos de provisión de plazas a cubrir por los mismos.
Octavo
Recursos
De conformidad con los artículos 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá ser recurrida en alzada ante la Viceconsejería de Política y Organización Educativa en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación.
Madrid, a 16 de diciembre de 2024.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel José Zurita Becerril.
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