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Por el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada en fecha 22 de noviembre de 2024, se ha aprobado el Plan de Ordenación de Recursos Humanos de este Ayuntamiento, el cual puede ser consultado íntegramente en el siguiente enlace de la página web municipal/sede electrónica/Portal de Transparencia:
https://aytovillalbilla.sedelectronica.es/transparency/fbe7bd02-5824-458...
Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiendo a los interesados que contra dicho acuerdo que pone fin a la vía administrativa, puede interponer, alternativamente, o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, ante Pleno de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Asimismo, podrá ejercitar cualquier otro recurso que considere pertinente.
En Villalbilla, a 10 de diciembre de 2024.—El secretario general del Ayuntamiento de Villalbilla, Alfredo Carrero Santamaría.
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