REUNIDOS
De una parte: Daniel Rodríguez Asensio, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid en su calidad de Viceconsejero de Economía y Empleo, nombrado mediante Decreto 91/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 6 de julio de 2023) y en el ejercicio de las competencias recogidas en la Orden de 17 de abril de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el protectorado de fundaciones; y de conformidad con lo dispuesto en el apartado tercero del artículo 4 de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 1/2001, de 29 de marzo, sobre los órganos competentes para la suscripción de convenios, en relación con el artículo 3.2.b) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid; en relación con el artículo 3 del Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid; y en virtud de las atribuciones que en materia de consumo le confiere el Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
De otra, Ascensión Cerezo Gallegos, en su condición de Presidenta de la Asociación de Amas de Casa y Consumidores-Usuarios de la Comunidad de Madrid "Ascensión Sedeño" (AACCU), con NIF G78799103 y domicilio social en calle Mayor, n.o 4, 4.a planta, 28013 Madrid; en virtud de las facultades que le otorgan los estatutos de la entidad, de acuerdo con el nombramiento de fecha 20 de octubre de 2020.
Y de otra, Juan Rodríguez Fernández-Alfaro, Alcalde del Ayuntamiento de Alpedrete, con NIF P-2801000-G, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad de fecha 17 de junio de 2023 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.
José Luis Martín González, Alcalde del Ayuntamiento de Becerril de la Sierra, con NIF P-2801800-J, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad de fecha 17 de junio de 2023 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.
Sergio Sánchez Yunquera, Alcalde del Ayuntamiento de El Boalo-Cerceda-Mataelpino, con NIF P-2802300-J, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad de fecha 17 de junio de 2023 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.
David José Martín Molpeceres, Alcalde del Ayuntamiento de Cercedilla, con NIF P-2803800-H, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad de fecha 17 de junio de 2023 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.
María de la Sierra Serrano Flórez, Alcaldesa del Ayuntamiento de Collado Mediano, con NIF P-2804600-A, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad de fecha 17 de junio de 2023 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.
Ana Belén Barbero Martín, Alcaldesa del Ayuntamiento de Colmenar del Arroyo, con NIF P-2804200-J, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad de fecha 17 de junio de 2023, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.
José Damián de la Peña Alonso, Alcalde del Ayuntamiento de Fresnedillas de la Oliva, con NIF P-2805600-J, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad de fecha 17 de junio de 2023, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.
Borja Álvarez González, Alcalde del Ayuntamiento de Guadalix de la Sierra, con NIF P-2806700-G, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad de fecha 17 de junio de 2023 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.
Alicia Gallego Buzón, Alcaldesa del Ayuntamiento de Manzanares El Real, con NIF P-2808200-F, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad de fecha 7 de noviembre de 2024 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.
Luis Guadalix Calvo, Alcalde del Ayuntamiento de Miraflores de la Sierra, con NIF P-2808500-I, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad de fecha 17 de junio de 2023 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.
Antonio Coello Gómez-Rey, Alcalde del Ayuntamiento de Los Molinos, con NIF P-2808700-E, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad de fecha 17 de junio de 2023 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.
José María Moreno Martín, Alcalde del Ayuntamiento de Moralzarzal, con NIF P-2809000-I, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad de fecha 17 de junio de 2023 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.
Pablo Luis de Todos los Santos Jorge Herrero, Alcalde del Ayuntamiento de Navacerrada, con NIF P-2809300-C, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad de fecha 17 de junio de 2023 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.
Andrés Samperio Montejano, Alcalde del Ayuntamiento de Navalagamella, con NIF P-2809500-H, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad de fecha 17 de junio de 2023, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.
Gloria de Castro García, Alcaldesa del Ayuntamiento de Santa María de la Alameda, con NIF P-2813500-B, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad de fecha 17 de junio de 2023, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.
Noelia Barrado Olivares, Alcaldesa del Ayuntamiento de Soto del Real, con NIF P-2814400-D, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad de fecha 17 de junio del 2023 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.
Mariano Núñez Muñoz, Alcalde del Ayuntamiento de Villamanta, con NIF P-2817400-A, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad de fecha 17 de junio de 2023 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.
Actuando las partes en razón de sus respectivos cargos y reconociéndose mutuamente capacidad jurídica suficiente para este acto,
EXPONEN
I. Que el día 16 de diciembre de 2023 se suscribió un convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, la Asociación de Amas de Casa y Consumidores-Usuarios de la Comunidad de Madrid "Ascensión Sedeño" (AACCU), y los ayuntamientos de Alpedrete, El Boalo-Cerceda-Mataelpino, Cercedilla, Collado Mediano, Colmenar del Arroyo, Fresnedillas de la Oliva, Guadalix de la Sierra, Manzanares El Real, Miraflores de la Sierra, Moralzarzal, Navacerrada, Navalagamella, Santa María de la Alameda, Soto del Real y Villamanta, para implantar un sistema de información al consumidor.
II. Que con fecha 12 y 21 de marzo de 2024, los municipios de Los Molinos y Becerril de la Sierra, respectivamente, formalizaron su adhesión al convenio, mediante el procedimiento descrito en la cláusula cuarta.
III. Que las partes se encuentran satisfechas con los resultados alcanzados con la ejecución de dicho convenio, reconocen mutuamente su buen desarrollo y desean prorrogarlo por un año más.
IV. Que se mantienen las condiciones económicas previstas para la implantación de un sistema de información al consumidor en los municipios firmantes y se actualiza su imputación al presupuesto de gastos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo para el ejercicio 2025, contemplando el incremento en su cuantía debido a la adhesión de los municipios de Becerril de la Sierra y Los Molinos.
En virtud a lo expuesto, las partes acuerdan formalizar la presente adenda con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Prórroga del convenio de colaboración para el año 2025
De conformidad con lo previsto en la cláusula duodécima del convenio de colaboración suscrito el día 16 de diciembre de 2023 entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, la Asociación de Amas de Casa y Consumidores-Usuarios de la Comunidad de Madrid "Ascensión Sedeño" (AACCU), y los Ayuntamientos de Alpedrete, El Boalo- Cerceda-Mataelpino, Cercedilla, Collado Mediano, Colmenar del Arroyo, Fresnedillas de la Oliva, Guadalix de la Sierra, Manzanares El Real, Miraflores de la Sierra, Moralzarzal, Navacerrada, Navalagamella, Santa María de la Alameda, Soto del Real, y Villamanta, para implantar un sistema de información al consumidor, al que se adhirieron los Ayuntamientos de Los Molinos y Becerril de la Sierra el 12 y 21 de marzo de 2024, respectivamente, las partes firmantes acuerdan unánimemente prorrogar la vigencia de dicho convenio por el plazo de un año, que surtirá efectos a partir del día 1 de enero de 2025 y hasta el día 31 de diciembre de 2025.
Segunda
Actualización de la cláusula séptima del convenio de colaboración
Con el fin de fijar el procedimiento de actualización de la cuantía máxima del convenio y su imputación presupuestaria debido a la adhesión de entidades locales a lo largo de su vigencia, la cláusula séptima queda redactada en los siguientes términos:
«Cláusula séptima. Financiación y pago.
1. El servicio de información al consumidor en las entidades locales incluidas en este convenio se prestará durante un total de 1.902 horas durante la vigencia del mismo, cuyo precio se ha establecido en 60,50 euros/hora (IVA incluido). Así, la Comunidad de Madrid aportará para el desarrollo del presente convenio de colaboración, según se detalla en los anexos I a IV, la cantidad máxima de 115.071,00 euros (IVA incluido) con cargo al subconcepto 22809 "Otros convenios, conciertos o acuerdos" del Programa 492A "Consumo", del presupuesto de gastos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo para el ejercicio 2025.
2. Para el mejor desarrollo del convenio, el pago de la cuantía reseñada se efectuará directamente a la asociación de consumidores con carácter mensual, previa presentación de la correspondiente factura a través del Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas (FACe), que deberá acompañarse de las certificaciones de conformidad con el servicio prestado, firmadas por los Alcaldes, secretarios o personas que tengan reconocidas estas funciones en cada entidad local, pudiendo utilizarse para ello el modelo que figura como anexo VI.
En todo caso, el contenido mínimo de estas certificaciones será el siguiente:
— Nombre y cargo del firmante.
— Denominación de la organización de consumidores que presta el servicio.
— Identificación de los días y horarios en que se ha prestado el servicio en el mes.
— Indicación de la conformidad de la entidad local con la realización del servicio en las condiciones acordadas en el presente convenio de colaboración.
— Fecha y firma.
Cada entidad local facilitará a la asociación de consumidores esta certificación de conformidad en los diez días siguientes a la finalización del mes correspondiente a la prestación del servicio.
3. En caso de producirse cualquiera de las causas previstas para la resolución del convenio de colaboración antes de la finalización de su vigencia, este se liquidará de acuerdo al servicio efectivamente prestado que certifique cada entidad local.
4. De producirse la adhesión al presente convenio de alguna entidad local de acuerdo con lo previsto en la cláusula cuarta, el importe del presente convenio se ampliará en la cuantía que corresponda para asegurar la prestación del servicio de información al consumidor en las entidades locales adheridas, y se tramitará de acuerdo con las previsiones de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid; el Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid y demás normas de aplicación.
5. En el supuesto de que las partes acuerden unánimemente la prórroga del convenio de colaboración, se actualizará la imputación del gasto al presupuesto vigente de la consejería con competencias en materia de consumo en el momento de su entrada en vigor y su cuantía se modificará, si procede, en:
a. La diferencia resultante del importe máximo establecido por ayuntamiento en el caso de que una entidad local cambie de modalidad de prestación de servicio -anexos I a IV- por aumento o disminución de población, de acuerdo con el criterio reflejado en la cláusula segunda.
b. En el caso de adhesiones de entidades locales, el importe máximo establecido por ayuntamiento en la modalidad a la que se adhiera la mencionada entidad -anexos I a IV-.
6. Las adhesiones de nuevas entidades locales y variaciones de modalidad de prestación del servicio en las firmantes de este convenio están condicionadas a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el Programa 492A "Consumo" del presupuesto de gastos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid para el ejercicio correspondiente».
Tercera
Actualización del anexo III del convenio de colaboración
Con el fin de contemplar la ampliación de la cuantía máxima del convenio de colaboración por la adhesión de nuevas entidades locales, se actualiza el anexo III, que queda redactado en los siguientes términos:
«ANEXO III
PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE INFORMACIÓN AL CONSUMIDOR DURANTE 105 HORAS AL AÑO
1. Modalidad de prestación del servicio.
De conformidad con lo previsto en la cláusula segunda, apartado 3.c. del convenio, el servicio de información al consumidor en los municipios incluidos en este anexo estará atendido por la Asociación de Amas de Casa y Consumidores-Usuarios de la Comunidad de Madrid "Ascensión Sedeño" (AACCU), durante 3 horas consecutivas, 3 días al mes, a lo largo del período de vigencia del mismo, a excepción del mes de diciembre, en el que el servicio se prestará 2 días.
2. Municipios en los que se prestará el servicio de información al consumidor 105 h/año.
— Becerril de la Sierra.
— Guadalix de la Sierra.
— Miraflores de la Sierra.
— Molinos, Los.
3. Condiciones económicas y financiación.
La Comunidad de Madrid aportará para el desarrollo del servicio de información al consumidor en los municipios incluidos en este anexo la cantidad máxima de 25.410,00 euros (IVA incluido), con cargo al subconcepto 22809 "Otros convenios, conciertos o acuerdos" del Programa 492A "Consumo", del presupuesto de gastos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo para el ejercicio 2025, de acuerdo con el siguiente desglose:
— Precio por hora de servicio: 60,50 euros (IVA incluido).
— Número de horas previstas por municipio: 105 horas.
— Importe máximo por Ayuntamiento: 6.352,50 euros (IVA incluido).
— Número de municipios: 4.
— Presupuesto total municipios anexo III: 25.410,00 euros.
La aportación de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo se ajustará al efectivo coste de los trabajos certificados por los ayuntamientos, considerando el máximo del importe del convenio.
En caso de adherirse nuevas entidades locales a esta modalidad de prestación de servicio, se incrementará el importe total del convenio en la cuantía correspondiente. Las adhesiones están condicionadas a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el subconcepto 22809 "Otros convenios, conciertos o acuerdos" del Programa 492A "Consumo" para el ejercicio correspondiente».
Cuarta
Registro y publicación
La presente adenda de prórroga se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y se inscribirá en el Registro de Convenios y Protocolos de la Comunidad de Madrid.
Y siendo cuanto antecede fiel reflejo de la voluntad de las partes, firman de forma sucesiva la presente adenda con los respectivos certificados electrónicos, considerándose firmada en Madrid, en la fecha en que se encuentre consignada la última firma de las partes.
Madrid, a 2 de diciembre de 2024.—La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. el Viceconsejero de Economía y Empleo (Orden de 17 de abril de 2024; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de mayo), Daniel Rodríguez Asensio.—La Presidenta de la Asociación de Amas de Casa y Consumidores-Usuarios de la Comunidad de Madrid "Ascensión Sedeño" (AACCU), Ascensión Cerezo Gallegos.—El Alcalde del Ayuntamiento de Alpedrete, Juan Rodríguez Fernández-Alfaro.—El Alcalde del Ayuntamiento de Becerril de la Sierra, José Luis Martín González.—El Alcalde del Ayuntamiento de El Boalo-Cerceda-Mataelpino, Sergio Sánchez Yunquera.—El Alcalde del Ayuntamiento de Cercedilla, David José Martín Molpeceres.—La Alcaldesa del Ayuntamiento de Collado Mediano, María de la Sierra Serrano Flórez.—La Alcaldesa del Ayuntamiento de Colmenar del Arroyo, Ana Belén Barbero Martín.—El Alcalde del Ayuntamiento de Fresnedillas de la Oliva, José Damián de la Peña Alonso.—El Alcalde del Ayuntamiento de Guadalix de la Sierra, Borja Álvarez González.—La Alcaldesa del Ayuntamiento de Manzanares el Real, Alicia Gallego Buzón.—El Alcalde del Ayuntamiento de Miraflores de la Sierra, Luis Guadalix Calvo.—El Alcalde del Ayuntamiento de Los Molinos, Antonio Coello Gómez-Rey.—El Alcalde del Ayuntamiento de Moralzarzal, José María Moreno Martín.—El Alcalde del Ayuntamiento de Navacerrada, Pablo Luis de Todos los Santos Jorge Herrero.—El Alcalde del Ayuntamiento de Navalagamella, Andrés Samperio Montejano.—La Alcaldesa del Ayuntamiento de Santa María de la Alameda, Gloria de Castro García.—La Alcaldesa del Ayuntamiento de Soto del Real, Noelia Barrado Olivares.—El Alcalde del Ayuntamiento de Villamanta, Mariano Núñez Muñoz.
(03/20.223/24)