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De acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, y en el artículo 23.3 de la ordenanza fiscal general de gestión, recaudación e inspección del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid de Madrid, se pone en conocimiento de todos los contribuyentes que el cobro de las deudas periódicas de notificación colectiva que se gestionan mediante padrones o matrículas en el año 2025 se realizará conforme al siguiente:
Anuncio de cobranza
Plazos de pago: los plazos de ingreso en período voluntario para los tributos periódicos de notificación colectiva gestionados por padrón, son los fijados en el calendario fiscal para el ejercicio 2025.
— En caso de duda o error los contribuyentes podrán informarse en el Departamento de Gestión Tributaria del Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid, a través de los siguientes medios:
• Registro de entrada.
• Teléfono: 916 602 700.
• Dirección electrónica: gtributaria@rivasciudad.es
— Modalidad de pago: la recaudación de tributos municipales y demás ingresos de derecho público se realizará:
• Por Internet, a través de la pasarela de pago de la web municipal: Oficina Virtual Tributaria.
• A través de las entidades financieras colaboradoras que se especifican en las cartas de pago.
— Advertencia: el vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario de pago sin haber satisfecho la deuda determinará el inicio del período ejecutivo, y serán exigidas por el procedimiento de apremio devengando el recargo de apremio, los intereses de demora y costas que correspondan, de acuerdo con lo previsto en el artículo 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
— Este anuncio tiene el carácter de notificación colectiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 102 de la Ley 58/2003, General Tributaria, y el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación.
Rivas-Vaciamadrid, a 13 de diciembre de 2024.—La alcaldesa presidenta, Aída Castillejo Parrilla.
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