RESOLUCIÓN conjunta de 26 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y de la Dirección General de Función Pública, por la que se resuelve el proceso selectivo de promoción interna para el ingreso en el Cuerpo Superior de Gestión, de Administración General, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, y se establece el procedimiento para la adjudicación de destinos.

Resumen autogenerado por OpenAI

Audios generados (reproducción automática)

Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.

Mediante Orden 390/2021, de 4 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 256, de 27 de octubre), se convocaron las pruebas selectivas de promoción interna para el ingreso en el Cuerpo Superior de Gestión, de Administración General, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, cuyo número de plazas fue objeto de ampliación por Orden 461/2022, de 16 de marzo, de dicha Consejería (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 71, de 24 de marzo).

De conformidad con lo dispuesto en las bases novena y décima de la indicada Orden 390/2021, de 4 de octubre, en concordancia con lo estipulado, igualmente, en la bases decimocuarta y decimoquinta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 163, de 10 de julio), por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal funcionario de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid, una vez elevada, por el Tribunal Calificador de las citadas pruebas, la relación definitiva de personas aspirantes que han superado el referido proceso selectivo, ha de dictarse la correspondiente Resolución comprensiva de ese listado, que será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, debiendo procederse por aquellas a la acreditación, en los términos previstos en la expresada Resolución, del cumplimiento de los requisitos de participación exigidos en la señalada Orden de convocatoria.

Asimismo, de acuerdo con lo determinado en el artículo 22.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y en el artículo 78.2 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, se considera preciso articular el procedimiento conducente a la adjudicación de destinos a las personas aspirantes que han resultado aprobadas en el enunciado proceso selectivo.

En virtud de cuanto antecede, la Dirección General de Recursos Humanos y la Dirección General de Función Pública, en uso de las atribuciones que tienen conferidas, respectivamente, por los artículos 7.1.p) y 15.g) del Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 213, de 7 de septiembre),

HAN RESUELTO

Primero

Declarar, a propuesta del Tribunal Calificador del mencionado proceso selectivo, que han superado este las personas aspirantes incluidas en la relación que se incorpora como Anexo de la presente Resolución.

Segundo

1. Con objeto de proceder a su nombramiento como personal funcionario de carrera del Cuerpo de referencia, las personas seleccionadas dispondrán de un plazo de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para presentar la documentación que se especifica a continuación, contemplada en el apartado sexto de la base decimocuarta de la aludida Orden 290/2018, de 27 de junio, en consonancia con lo prescrito en la base segunda de la reseñada Orden 390/2021, de 4 de octubre, y que será dirigida a la citada Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, todo ello sin perjuicio de lo recogido en el punto 2 de este apartado segundo:

A) Copia del Documento Nacional de Identidad.

B) Copia de la titulación de Grado, Licenciatura, Ingeniería o Arquitectura, o, en su caso, de la certificación académica justificativa de haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la expedición de dichos títulos, junto a la acreditación del pago de la tasa correspondiente por este concepto.

En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá aportar copia de la credencial de homologación o, en su caso, del certificado de equivalencia, conforme a la normativa que resulte de aplicación a tal efecto.

C) Declaración jurada o promesa de no haber sufrido separación mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.

D) En su caso, y en atención a lo dispuesto en el apartado cuarto de la presente Resolución, petición de destinos de acuerdo con el orden obtenido en el proceso selectivo y según la correspondiente relación de puestos de trabajo ofertados, que habrá de ser proporcionada a las personas aspirantes aprobadas, en el mismo plazo habilitado en este apartado segundo, por la ya reiterada Dirección General de Recursos Humanos, sin perjuicio de que esa relación se encuentre igualmente disponible, a título meramente informativo, en la página web https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/cuerpo-supe...

E) Copia de la certificación del Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos de no haber sido condenada la persona aspirante por sentencia judicial firme por alguno de los delitos señalados en el artículo 57.1 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, en el supuesto de solicitarse, en su caso, en la enunciada petición de destinos, algún puesto que, a la vista de la indicada relación de puestos de trabajo ofertados, se encuentre afectado por lo determinado en ese precepto.

Los modelos con objeto de cumplimentar la declaración jurada o promesa concretada en la letra C) y la solicitud de destinos prevista en la letra D), serán facilitados por la mencionada Dirección General de Recursos Humanos, pudiendo, asimismo, accederse a aquellos a través del enlace https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/personal-fu... y, seguidamente, seleccionando el apartado "Entrega de documentación y petición de destinos".

2. No obstante, no será necesario aportar la documentación detallada en las letras A) y B), obteniéndose por la Administración, de oficio, la información a que van ellas referidas, salvo si la persona interesada se opusiera expresamente a la consulta de datos por medios electrónicos establecida a tal fin en el modelo delimitado en el punto 3 de este apartado segundo.

Sin perjuicio de lo expuesto, en lo relativo a la titulación académica, el acceso de oficio a la información requerida únicamente será posible siempre y cuando la persona aspirante hubiera procedido al abono de la tasa correspondiente a la expedición del título de que se trate exigido para concurrir al proceso de referencia. En caso contrario, deberá aportarse la documentación comprendida en la letra B).

De igual modo, no será preciso proporcionar la certificación negativa descrita en la letra E), obteniéndose, de oficio, esa información, siempre que la persona interesada autorice expresamente la verificación de la misma en los términos consignados en el aludido modelo. En el supuesto de no autorizarse la consulta fijada a tal efecto, habrá de aportarse dicha certificación.

3. La documentación reseñada en este apartado segundo será presentada telemáticamente, cumplimentando el impreso normalizado de "Presentación de documentación para adquirir la condición de funcionario de carrera", que estará disponible en el trámite correspondiente a este proceso selectivo publicado en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/oposiciones-gestion-administ... , y adjuntándose a aquel la documentación pertinente que hubiera de aportarse.

Asimismo, podrá accederse a ese trámite en la página web:

https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/cuerpo-supe...

A estos efectos, para presentar el modelo y documentación por Internet a través del Registro Electrónico de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo o de los demás registros previstos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, será necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la "Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación", o de cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.

Tercero

De acuerdo con lo estipulado en el apartado noveno de la base decimocuarta de la indicada Orden 290/2018, de 27 de junio, a efectos de la acreditación de la posesión, por las personas aspirantes que han superado el presente proceso selectivo de promoción interna, del segundo y tercer requisitos recogidos en el apartado primero de la base segunda de la mencionada Orden 390/2021, de 4 de octubre, así como del requisito contemplado en la base 6.1.e) de la señalada Orden 290/2018, de 27 de junio, la Dirección General de Recursos Humanos realizará las comprobaciones oportunas de dichos extremos.

Cuarto

1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y en el artículo 78.2 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, el personal funcionario que haya superado el proceso selectivo de referencia, podrá optar entre solicitar que se le adjudique destino en el mismo puesto que viniera desempeñando, o efectuar petición de destinos en los términos establecidos en el apartado segundo de la presente Resolución.

2. Para poder optar a permanecer en el mismo puesto de trabajo que se viniera desempeñando, es requisito imprescindible que ese puesto se encuentre abierto al Subgrupo de titulación y Cuerpo al que se promociona.

Las personas aspirantes que opten por la permanencia en el mismo puesto de trabajo que vinieran desempeñando, ya sea con carácter definitivo o provisional, serán nombradas personal funcionario de carrera en dichos puestos de trabajo.

Las personas aspirantes que se hallen en una situación administrativa diferente a la de servicio activo, que no conlleve reserva de puesto de trabajo, deberán efectuar petición de destinos.

En el caso de que alguna persona aspirante se encuentre en la situación administrativa de servicios especiales, la opción de permanencia se entenderá efectuada a un puesto de trabajo de iguales características al que ocupaba con carácter previo a pasar a aquella situación.

Las personas aspirantes que ocupen un puesto de trabajo, ya sea con carácter definitivo o provisional, que no se halle adscrito al Subgrupo de titulación y Cuerpo al que se promociona, no podrán optar por permanecer en su puesto de trabajo, por lo que tendrán que efectuar petición de destinos.

En el supuesto de puestos ocupados en comisión de servicios que se encuentren reservados a otro personal funcionario, el puesto de trabajo en el que podrán optar por permanecer será el puesto que venían desempeñando con carácter definitivo, siempre que estuviera abierto al Subgrupo de titulación y Cuerpo al que se promociona.

3. Si las personas aspirantes, en el plazo establecido en el apartado segundo de esta Resolución, fuesen nombradas para ocupar un puesto con carácter provisional, en el supuesto de efectuar solicitud de permanencia en el puesto de trabajo desempeñado, el puesto de trabajo en el que se les nombraría personal funcionario de carrera, sería el que viniesen desempeñando, ya sea con carácter definitivo o provisional, con anterioridad a ese nombramiento, siempre que el mismo se halle abierto al Subgrupo de titulación y Cuerpo al que se promociona y no se encuentre reservado a otro personal funcionario de carrera.

En el caso de que el puesto que ocupaban, ya fuese con carácter definitivo o provisional, con anterioridad a dicho nombramiento, no se hallase adscrito al Subgrupo de titulación y Cuerpo al que se promociona, no podrán optar por permanecer en ese puesto de trabajo, por lo que tendrán que efectuar petición de destinos.

4. Las personas aspirantes que opten por permanecer en el mismo puesto que ocupan, habrán de presentar escrito, debidamente firmado, en el que manifiesten expresamente esa opción, que tendrá carácter vinculante e irrenunciable.

El citado escrito deberá dirigirse a la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y presentarse en el plazo y forma indicados en el apartado segundo de esta Resolución, junto con el resto de la documentación señalada en aquel apartado.

Quinto

En aplicación de lo determinado en el apartado décimo de la base decimocuarta de la ya reiterada Orden 290/2018, de 27 de junio, las personas aspirantes que, dentro del plazo habilitado en el apartado segundo de esta Resolución, y salvo casos de fuerza mayor, no acreditasen el cumplimiento de los requisitos exigidos en el proceso selectivo de referencia, o si del examen de la documentación correspondiente, o de la obtenida de la consulta practicada de oficio en los supuestos descritos, se dedujera que carecen de alguno de los mismos, perderán su derecho a ser nombradas personal funcionario de carrera del Cuerpo Superior de Gestión, de Administración General, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la que, en su caso, pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia o documentación.

Sexto

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Hacienda y Función Pública, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de noviembre de 2024.—La Directora General de Recursos Humanos y la Directora General de Función Pública (firmado).


Imagen del artículo RESOLUCIÓN conjunta de 26 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y de la Dirección General de Función Pública, por la que se resuelve el proceso selectivo de promoción interna para el ingreso en el Cuerpo Superior de Gestión, de Administración General, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, y se establece el procedimiento para la adjudicación de destinos.

Estas imágenes pertenecen a Página Oficial del Gobierno de la Comunidad de Madrid



Imagen del artículo RESOLUCIÓN conjunta de 26 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y de la Dirección General de Función Pública, por la que se resuelve el proceso selectivo de promoción interna para el ingreso en el Cuerpo Superior de Gestión, de Administración General, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, y se establece el procedimiento para la adjudicación de destinos.

Estas imágenes pertenecen a Página Oficial del Gobierno de la Comunidad de Madrid


Imagen del artículo RESOLUCIÓN conjunta de 26 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y de la Dirección General de Función Pública, por la que se resuelve el proceso selectivo de promoción interna para el ingreso en el Cuerpo Superior de Gestión, de Administración General, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, y se establece el procedimiento para la adjudicación de destinos.

Estas imágenes pertenecen a Página Oficial del Gobierno de la Comunidad de Madrid

(03/19.809/24)

726209 {"title":"RESOLUCIÓN conjunta de 26 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y de la Dirección General de Función Pública, por la que se resuelve el proceso selectivo de promoción interna para el ingreso en el Cuerpo Superior de Gestión, de Administración General, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, y se establece el procedimiento para la adjudicación de destinos.","published_date":"2024-12-11","region":"madrid","region_text":"Comunidad de Madrid","category":"boa","category_text":"Boletín Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets_v2\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-madrid.png","id":"726209"} madrid Autoridades y personal;BOCM;bocm 2024 nº 295;Consejería de economía, hacienda y empleo https://govclipping.com/modules/controller/ReferencesController.php Resaltar Quitar resaltado false https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php https://govclipping.com/modules/controller/SubsidyController.php https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php https://govclipping.com/search Error "" region subsidy initiative Error Ha habido un error: {error}. Inténtalo de nuevo más tarde. Elemento guardado en la lista El elemento ha sido modificado Elemento eliminado de la lista Guardar para leer más tarde Aceptar Cancelar No se han encontrado artículos adicionales. https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde. Error No se ha podido enviar la alerta de prueba a tu correo electrónico {email}. Inténtalo de nuevo más tarde. Alerta de prueba enviada Se ha enviado una alerta de prueba únicamente a tu email {email}. Revisa tu carpeta de Spam y añade @govclipping.com a tu lista de contactos. Enviar email de prueba Se enviará un email de prueba únicamente al correo electrónico de esta cuenta. Si no lo recibes, revisa tu carpeta de Spam. Enviar a todos los destinatarios Se enviará el correo electrónico a todos los destinatarios. Si no lo reciben, revisen su carpeta de Spam. Error No se ha podido enviar el correo electrónico a todos o algunos de los destinatarios. Inténtalo de nuevo más tarde. Correo electrónico enviado Se ha enviado el correo electrónico a todos los destinatarios. Revisen su carpeta de Spam y añadan @govclipping.com a su lista de contactos. Este contenido está disponible para usuarios premium Mejora tu cuenta a Professional para desbloquear y acceder todo el contenido premium sin restricciones. Consulta todas las ventajas de ser Professional en Planes de suscripción. Mejora tu cuenta https://govclipping.com/pricing Enlace copiado en portapapeles. Tu cuenta no está asociada a un Organización. Únete a uno o actualiza tu suscripción para crear tu propia Organización. https://govclipping.com/es/madrid/boa/2024-12-11/726209-resolucion-conjunta-26-noviembre-2024-direccion-general-recursos-humanos-direccion-general-funcion-publica-se-resuelve-proceso-selectivo-promocion-interna-ingreso-cuerpo-superior-gestion-administracion-general-grupo-subgrupo-a1-comunidad-madrid-se-establece-procedimiento-adjudicacion-destinos https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.