En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local, en el Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de noviembre de 2024, se acordó establecer el régimen de dedicación de Alcaldía y Concejalías y determinación de retribuciones. Indemnizaciones por asistencia a Órganos Colegiados. Asignación económica a los Grupos Políticos Municipales.
Primero.—Determinar que los cargos de alcaldesa-presidenta y concejales/as delegados/as de Áreas de Gobierno, que realicen sus funciones de acuerdo a los siguientes regímenes de dedicación:
— El cargo de Alcaldía-Presidencia, realizará las funciones de Seguridad y Emergencias, Turismo, Proyectos Europeos, Organización Municipal y Recursos Humanos y Personal en régimen de dedicación exclusiva y completa.
— El cargo de Concejalía-Delegada de Medio Ambiente y Transición Energética, Parques y Jardines, Sanidad y Bienestar Animal y Comunicación, realizará sus funciones en régimen de dedicación parcial al 83,21 %.
— El cargo de Concejalía-Delegada de Urbanismo, Urbanizaciones e Infraestructuras, Obras y Mantenimiento Vial y Patrimonio, realizará sus funciones en régimen de dedicación parcial al 83,21 %.
— El cargo de Concejalía-Delegada de Cultura, Festejos y Tradiciones, Mayores y Educación, realizará sus funciones en régimen de dedicación parcial. Fijando esta dedicación parcial al 75 %.
— El cargo de Concejalía-Delegada de Deportes y Montaña, Hacienda y Transparencia, realizará sus funciones en régimen de dedicación parcial. Fijando esta dedicación parcial al 75 %.
— El cargo de Concejalía-Delegada de Infancia y Juventud, Igualdad y Diversidad y Transición Digital, realizará sus funciones en régimen de dedicación parcial. Fijando esta dedicación parcial en el 75 %.
— El cargo de Concejalía-Delegada Bienestar Social, Participación y Atención Vecinal, Promoción Económica y Empleo Verde, Comercio Local y Movilidad, realizará sus funciones en régimen de dedicación parcial. Fijando esta dedicación parcial al 75 %.
Segundo.—Establecer a favor de los miembros de la Corporación que desempeñen sus cargos en régimen de dedicación exclusiva y parcial, las retribuciones que a continuación se relacionan, que se percibirán en catorce mensualidades al año y darles de alta en el régimen general de la Seguridad Social, debiendo asumir esta Corporación el pago de las cuotas empresariales que corresponda. Las retribuciones aquí establecidas, se actualizarán anualmente con los incrementos establecidos para los empleados públicos, respetando en todo caso las limitaciones legalmente establecidas para las retribuciones de altos cargos:
— El cargo de Alcaldía-Presidencia percibirá una retribución anual bruta de 48.760,46 euros (en 14 pagas).
— El cargo de Concejalía-Delegada de Medio Ambiente y Transición Energética, Parques y Jardines, Sanidad y Bienestar Animal y Comunicación, percibirá una retribución anual bruta de 40.573.58 euros (en 14 pagas).
— El cargo de Concejalía-Delegada de Urbanismo, Urbanizaciones e Infraestructuras, Obras y Mantenimiento Vial y Patrimonio percibirá una retribución anual bruta de 40.573.58 euros (en 14 pagas).
— El concejal-delegado de Cultura, Festejos y Tradiciones, Mayores y Educación, percibirá una retribución anual bruta de 36.578,34 euros (en 14 pagas).
— El cargo de concejal-delegado de Deportes y Montaña, Hacienda y Transparencia, percibirá una retribución anual bruta de 36.578,34 euros (en 14 pagas).
— El Cargo de concejal-delegado de Infancia y Juventud, Igualdad y Diversidad y Transición Digital, percibirá una retribución anual bruta de 36.578,34 euros (en 14 pagas).
— El cargo de concejal-delegado de Área de Gobierno de Bienestar Social, Participación y Atención Vecinal, Promoción Económica y Empleo Verde, Comercio Local y Movilidad percibirá una retribución anual bruta de 36.578,34 euros (en 14 pagas).
Tercero.—Establecer a favor de los Sres. concejales sin dedicación exclusiva, ni parcial, el derecho a la percepción de indemnización por asistencia a los siguientes órganos colegiados con las cuantías que se señalan:
— Asistencia a sesión del Pleno del Ayuntamiento: 300,00 euros.
— Asistencia a órganos colegiados: 100,00 euros.
Cuarto.—Fijar la cuantía de la asignación económica a los Grupos Municipales en 200 euros/concejal/año, ascendiendo a un total de 2.600 euros, quedando de la siguiente manera:
Las presentes asignaciones a los grupos políticos municipales se otorgarán siguiendo el procedimiento previsto en el art. 31 de las Bases de Ejecución del Presupuesto en vigor.
Quinto.—Que se publique en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID los puntos primero, segundo, tercero y cuarto del presente Acuerdo Plenario, a los efectos de su general conocimiento, dada su trascendencia.
En Manzanares el Real, a 27 de noviembre de 2024.—La alcaldesa-presidenta, Alicia Gallego Buzón.
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