Alcorcón. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo

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En relación con el proceso selectivo que está llevando a cabo este Ayuntamiento para proveer, mediante concurso-oposición libre, dos plazas de Técnico/a Medio/a Adjunto, puesto de trabajo de Técnico/a Adjunto/a (Ingeniero/a Técnico/a Agrícola), adscrito a la Concejalía de Parques y Jardines, se pone en conocimiento de los interesados lo siguiente:

Primero.—Que por la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 19 de noviembre de 2024, se aprobó la convocatoria anteriormente citada y bases específicas, cuyo literal es el siguiente:

«CONVOCATORIA Y BASES ESPECÍFICAS PARA LA COBERTURA DE 2 PLAZAS DE TÉCNICO/A MEDIO/A, PUESTO DE TRABAJO DE TÉCNICO/A ADJUNTO/A (INGENIERO/A TÉCNICO/A AGRÍCOLA ADSCRITO/A A LA CONCEJALÍA DE PARQUES Y JARDINES), MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE PARA EL AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN

1. Objeto de la convocatoria

Es objeto de la presente Convocatoria la cobertura de 2 plazas de la categoría Técnico/a Medio/a, vacantes en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento.

— Clasificación: Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Técnico/a Medio/a.

— N.o de Plazas: Dos (2).

El número de plazas podrá incrementarse con las que resulten vacantes, por cualquier causa, de conformidad a lo establecido en el apartado 1.5 de las Bases Generales que regirán los procesos selectivos para el ingreso o acceso como funcionarios de carrera a las escalas de Administración General y Administración Especial del Ayuntamiento de Alcorcón (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 12 de octubre de 2019).

— Denominación del PT correspondiente: Técnico/a Adjunto/a (Ingeniero/a Técnico/a Agrícola adscrito/a a Parques y Jardines).

— Procedimiento de Selección: Concurso-Oposición.

Una de las plazas está incluida en la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2021 del Ayuntamiento de Alcorcón publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de fecha 14 de enero de 2022.

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La otra plaza está incluida en la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2024, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de julio de 2024.

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Las características del PT asociado en la RPT vigente son las siguientes:

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Estos puestos de trabajo están ocupados provisionalmente de forma interina.

2. Normativa

En lo no previsto en estas Bases se estará a lo dispuesto en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (en adelante TRLEBEP) aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, en las Bases Generales que regirán los procesos selectivos para el ingreso o acceso como funcionarios de carrera a las escalas de Administración General y Administración Especial del Ayuntamiento de Alcorcón (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 12 de octubre de 2019), modificadas por Acuerdo de JGL de fecha 18 de enero de 2022 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de febrero de 2022), y demás normativa de aplicación.

3. Derechos de examen

Para proceder al pago de la tasa por derechos de examen, consulte el documento "Instrucciones para el pago de tasas de examen" disponible en el apartado de Empleo Público de la página web municipal ( www.ayto-alcorcon.es ).

La tasa corresponde a la Tarifa "Plazas del grupo A2 y asimilados".

En ningún caso, el pago en la entidad bancaria correspondiente supondrá la sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud de participación en estas pruebas.

No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de la Convocatoria por causa imputable a la persona interesada, ni tampoco por la no presentación a las pruebas selectivas.

4. Requisitos de las personas aspirantes

Además de los requisitos generales establecidos en el apartado 3.1.1 de las Bases Generales, las personas aspirantes deberán estar en posesión o en condiciones de obtener a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes el título de Ingeniero/a Técnico/a Agrícola o grado equivalente que permita el ejercicio de dicha profesión, según lo previsto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Los requisitos establecidos en la presente convocatoria deberán cumplirse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión.

5. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de instancias será de 20 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto del anuncio de la Convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".

Para ser admitidas, las personas aspirantes deberán presentar:

a) Anexo II. Solicitud, que puede descargarse en la web municipal y que incluye declaración responsable de cumplimiento de los requisitos establecidos en estas bases a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

b) Fotocopia del DNI.

c) Justificante del pago de los derechos de examen o, en caso de exención del mismo, Anexo IV. Declaración responsable y certificado/s correspondiente/s.

Los méritos que las personas aspirantes deseen hacer valer en el concurso deberán detallarse en el Anexo III y serán justificados mediante la aportación de los documentos indicados a continuación:

— Para los méritos referidos a la experiencia laboral o profesional deberá presentarse certificado/informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, acompañado de los contratos de trabajo o de cualquier otro documento en el que se haga constar la categoría desempeñada.

— Los méritos formativos se acreditarán mediante título, diploma o certificado que exprese el contenido y la duración de las acciones formativas.

Dicha documentación y el Anexo III, deberán presentarse junto con la solicitud. En caso contrario, el Órgano de Selección no podrá tenerlo en cuenta a la hora de la valoración del concurso.

Sólo se podrán valorar aquellos méritos obtenidos antes de la fecha en que termine el plazo de admisión de instancias.

6. Publicaciones en el tablón de anuncios

Todas las referencias hechas al tablón de anuncios en las Bases Generales, deberán entenderse realizadas a la web municipal.

7. Lugar de presentación de solicitudes

Las solicitudes, según Anexo II, se presentarán en el Registro Electrónico o en el Registro General del Ayuntamiento de Alcorcón, dentro del plazo indicado en el apartado 5. También podrán presentarse en la forma que determina el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, junto con el resto de documentación exigida.

Para las solicitudes presentadas en formato electrónico, la documentación deberá adjuntarse en formato PDF o similar. Por motivos de seguridad, no se admitirá ningún documento al que hubiera que acceder mediante un enlace a la nube.

8. Admisión de personas candidatas

Se aplicará lo previsto en el apartado 5 de las Bases Generales, salvo la designación nominal del Tribunal Seleccionador y el lugar, fecha y horas del comienzo del proceso selectivo, que se harán públicos únicamente en la Web municipal tras la publicación de la relación definitiva prevista en el apartado 5.4 de las Bases Generales.

La inclusión de las personas aspirantes en los listados provisionales y definitivos de admitidos no implica la verificación del cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos exigidos para el ingreso en la Función Pública y los especialmente señalados en esta convocatoria, que deberán ser acreditados documentalmente por las personas propuestas para el nombramiento antes del mismo.

9. Órgano de selección

El Tribunal de Selección estará compuesto por un/a Presidente/a, un/a Secretario/a y tres Vocales, así como una persona suplente por cada una de ellas.

De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se aplicará la paridad entre mujer y hombre.

La designación de sus miembros será predominantemente técnica y los/as vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas. La designación de los/as miembros del Tribunal, incluirá la de sus respectivos/as suplentes.

En caso de ser necesario, se permite la participación, intervención y/o asesoramiento en el Tribunal, de personal asesor especializado, en base al apartado 6.12 de las Bases Generales bases generales que habrán de regir las pruebas selectivas para el ingreso o acceso, como funcionario de carrera, a las escalas de Administración General y Administración Especial de este Ayuntamiento, a la Orden 1285/1999 de la Consejería de Hacienda y al punto 7.o de la Orden 1175/1988 de la Consejería de Hacienda.

10. Sistema de selección y calificación

El sistema de selección será el de concurso-oposición. Primero se realizará la fase de oposición y posteriormente la de concurso.

A. Fase de oposición

Los ejercicios de esta convocatoria serán dos de carácter obligatorio para todas las personas aspirantes y versarán sobre el temario indicado en el Anexo I. La puntuación máxima de esta fase será de 70 puntos.

A.1. Primer ejercicio: Constará de dos partes a realizar en la misma sesión.

Parte primera: Test.

Consistirá en la realización de una prueba tipo test, consistente en responder 100 preguntas, más 5 preguntas de reserva, con 3 respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correcta, sobre la totalidad del temario indicado en el Anexo I (temario general y temario específico). El acierto puntúa 0,25 y el error resta 0,12. Las preguntas en blanco y las que tengan más de una respuesta no puntuarán. El tribunal se reserva el derecho a redondear las puntuaciones finales si así lo estimara conveniente.

Este ejercicio se realizará en el tiempo máximo que previamente fije el Órgano de Selección y que se dará a conocer a los/as candidatos/as antes del comienzo del mismo. En cualquier caso, la duración no superará los 100 minutos.

Este ejercicio se calificará de 0 a 25 puntos.

Parte segunda: Supuesto práctico.

Consistirá en la resolución de un supuesto práctico entre dos propuestos por el Órgano de Selección en el momento de realización de la prueba. Dichos supuestos estarán relacionados con el programa que figura como temario específico dentro del Anexo I a las presentes bases.

La prueba práctica se realizará en el tiempo máximo que previamente fije el Órgano de Selección y que se dará a conocer a los/as candidatos/as antes del comienzo del mismo. En cualquier caso, la duración no superará 2 horas.

En el caso de que el Tribunal estime que las personas aspirantes puedan utilizar legislación o documentación de apoyo, calculadora u otras herramientas adicionales informarán de este hecho al menos con 48 horas de antelación a la fecha del examen.

Este ejercicio se calificará de 0 a 25 puntos.

La calificación total de este ejercicio será la suma de las calificaciones obtenidas en las dos partes que componen el ejercicio. Para superarlo será necesario obtener al menos 25 puntos siempre que se haya obtenido, al menos, 11,25 puntos en cada una de las partes.

A.2. Segundo ejercicio: Ejercicio de presentación profesional.

Las personas aspirantes que hayan superado el primer ejercicio procederán a exponer ante el Tribunal durante 20 minutos un proyecto, tarea, resolución de un problema encontrado en la vida profesional, relacionado con la ingeniería técnica agrícola. Los/as aspirantes deberán contar con medios propios de presentación, que deberán ser compatibles con el entorno tecnológico municipal, para lo que podrán contactar con el departamento de informática una vez convocados/as.

El Tribunal podrá preguntar y debatir con el/la aspirante sobre la presentación realizada y cualquier aspecto profesional relacionado.

El Tribunal valorará la capacidad de comunicación de la persona aspirante, así como la dificultad técnica o complejidad del proyecto, tarea o solución presentada, los conocimientos de la realidad de la profesión, la adecuación del proyecto al temario de esta Convocatoria y la respuesta a las preguntas del Tribunal fluida y acorde a las normativas y buenas prácticas profesionales.

Este ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario para aprobar obtener una calificación mínima de 10 puntos.

A.3. Calificación de la fase de oposición.

Las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios se harán públicas en la página web municipal.

La calificación final de la fase de oposición será el resultado de la suma aritmética de las puntuaciones obtenidas en los distintos ejercicios, siempre que se hubiera obtenido la puntuación mínima requerida en cada uno de ellos.

B. Fase de concurso

Únicamente se valorará la fase de concurso a aquellos/as aspirantes que hayan superado la fase de oposición. Se valorará la antigüedad y la experiencia desempeñando funciones profesionales propias y correspondientes al ámbito de la ingeniería técnica agrícola, así como su formación académica y preparación para el desempeño de las funciones del puesto de trabajo al que aspire de acuerdo con lo que el aspirante haya declarado en su instancia de conformidad al baremo siguiente.

La puntuación máxima de esta fase será de 30 puntos.

B.1. Antigüedad.

La puntuación máxima de este apartado será de 5 puntos.

— Por haber desempeñado Puestos de Trabajo como empleado público, a razón de 0,5 puntos por cada año completo o fracción superior a 6 meses, con un máximo de 5 puntos.

B.2. Experiencia profesional.

La puntuación máxima en este apartado serán 18 puntos.

— Por haber desempeñado puestos de trabajo con la categoría profesional de Ingeniero/a Técnico/a Agrícola, como empleado/a público/a del grupo A2, a razón de 0,2 puntos por mes trabajado.

B.3. Formación.

La puntuación máxima en este apartado serán 7 puntos.

B.3.1. Titulaciones oficiales. Máximo 1 punto.

Por acreditar otras titulaciones universitarias distintas de la exigida: 1 punto.

B.3.2. Cursos.

La suma conjunta de este apartado tendrá un máximo de 6 puntos. Se otorgarán 0,006 puntos por hora formativa acreditada en materias relacionadas con las materias contenidas en la parte específica del temario, con la gestión administrativa y la contratación.

— Únicamente se valorarán aquellos cursos superados para los cuales se presente un certificado de acreditación o diploma con el nombre del aspirante, fecha de expedición y duración del mismo.

— Los cursos deberán tendrán una duración mínima acreditada al menos igual o superior a 20 horas.

— En aquellos casos en que el título y la denominación de la actividad formativa que figura en la documentación acreditativa no permita identificar nítidamente el área o contenido formativo a que se refiere, la persona interesada deberá aportar el programa formativo.

— Los cursos susceptibles de valoración serán los cursos de formación y perfeccionamiento, impartidos por el Ayuntamiento de Alcorcón y otras Administraciones Públicas, Centros o Entidades acogidos al Plan de Formación Continua de las Administraciones Públicas o que cuenten con convenios de formación con las Administraciones Públicas, los impartidos por Universidades o en colaboración con éstas y por los Colegios Oficiales de Arquitectura/ Arquitectura Técnica o de las distintas Ingenierías.

— Los cursos relacionados con temas de Igualdad y Prevención de Riesgos Laborales genéricos se puntuarán hasta un máximo de 0,6 puntos. Los cursos de Prevención de Riesgos Laborales cuyo contenido esté referido al puesto que se convoca se puntuarán de forma general, no dentro de este apartado.

B.4. Calificación de la fase de concurso.

La calificación final de la fase de concurso será el resultado de la suma aritmética de la puntuación obtenida en el apartado de antigüedad y experiencia profesional más la obtenida en el apartado de cursos de formación y perfeccionamiento.

Las puntuaciones de esta fase se harán públicas en la página web.

C. Puntuación definitiva.

La puntuación total y definitiva vendrá dada por la suma de las parciales obtenidas en la fase de oposición y en la de concurso.

El órgano de Selección publicará en la página web municipal las puntuaciones de los opositores.

11. Nombramiento.

Las personas propuestas por el Tribunal presentarán en el Servicio de Recursos Humanos, en el plazo de 10 días hábiles, computados desde el siguiente a la publicación del anuncio con la propuesta de nombramiento, los documentos que acrediten que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos para el ingreso en la Función Pública y los especialmente señalados en esta convocatoria, según declaración responsable realizada con la firma de la solicitud para la participación en este proceso selectivo.

Si de la documentación presentada se deduce que no reúnen los requisitos exigidos, si dicha documentación no es presentada en el plazo señalado, si renuncia, o si existen circunstancias sobrevenidas que imposibiliten la incorporación antes del nombramiento, las personas serán excluidas del proceso selectivo, perdiendo el derecho al nombramiento y pudiendo recaer el mismo en la siguiente persona de la lista por orden de puntuación, para lo que se solicitará al Tribunal de Selección una relación complementaria de los/las aspirantes que sigan a los propuestos para su posible nombramiento como funcionarios/as.

12. Bolsa de trabajo.

Las personas aspirantes que hubieran superado la fase de oposición o alguno de los ejercicios incluidos en ésta formarán parte de una Bolsa de trabajo.

Ocuparán los primeros puestos de la lista aquellas personas que hayan superado los dos ejercicios de la fase de oposición ordenados de mayor a menor nota obtenida en la puntuación definitiva. En caso de empate se ordenará en primer lugar por la nota obtenida en la fase de oposición. Si se empatase también en esta nota se ordenará en primer lugar por la nota del primer ejercicio. De persistir el empate se ordenará primero por la nota de la segunda parte.

A continuación, irán las personas que hayan superado el primer ejercicio ordenados también de mayor a menor. En caso de empate se ordenará primero por la nota de la segunda parte.

La bolsa que resulte de esta Convocatoria será sustituida por cualquier otra posterior que se convoque o que resulte de una Convocatoria de selección de plazas fijas.

En todo caso, deberá ser sustituida por una nueva bolsa en el plazo de tres años desde la fecha de la resolución que la apruebe. Excepcionalmente y por motivos de necesidad del Servicio podrá prorrogarse esta vigencia por un año más.

La inclusión de una persona en la bolsa no implica la verificación de requisitos necesarios para el ingreso en la función pública. Dicha verificación se realizará cuando las personas que forman parte de esta bolsa sean llamadas, momento en el que deberán presentar en el Servicio de Recursos Humanos los documentos que acrediten que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos para el ingreso en la Función Pública y los especialmente señalados en esta convocatoria, según declaración responsable realizada con la firma de la solicitud para la participación en este proceso selectivo.

Si de la documentación presentada se deduce que no reúnen los requisitos exigidos, perderán el derecho al nombramiento y a formar parte de la bolsa.

ANEXO I

TEMARIO

Parte general

1. La Constitución Española de 1978. Principios generales. Estructura y contenido. Derechos y Deberes fundamentales. Su garantía y suspensión.

2. Las Cortes Generales. Atribuciones del Congreso de los Diputados y del Senado. El Tribunal Constitucional. Composición y atribuciones. El Defensor del Pueblo.

3. El Gobierno. Su composición. Nombramiento y cese. Las funciones del Gobierno. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.

4. El Municipio: concepto y elementos. El principio de Autonomía Local: significado, contenido y límites. Las competencias municipales: competencias propias, delegadas y competencias distintas de las propias. La sostenibilidad financiera de la Hacienda Local como presupuesto del ejercicio de las competencias. Los servicios mínimos.

5. La organización municipal. Órganos necesarios: alcalde, tenientes de alcalde, Pleno y Junta de Gobierno Local. Régimen de delegaciones entre los órganos de Gobierno. Órganos reglamentarios: Comisiones informativas y otros órganos. Potestad de autoorganización de las entidades Locales. Potestad reglamentaria de las entidades Locales: Reglamentos y Ordenanzas. Ley 7/1985 RBRL.

6. El Reglamento Orgánico Municipal del Ayuntamiento de Alcorcón.

7. El presupuesto general de las Entidades Locales: concepto y contenido. Especial referencia a las bases de ejecución del presupuesto. La elaboración y aprobación del presupuesto general. La prórroga presupuestaria. RDL 2/2004 Ley reguladora de las haciendas locales.

8. La estructura presupuestaria. Los créditos del presupuesto de gastos: delimitación, situación y niveles de vinculación jurídica. Las modificaciones de crédito: clases, concepto, financiación y tramitación.

9. La ejecución del presupuesto de gastos y de ingresos: sus fases. Los pagos a justificar. Los anticipos de caja fija. Los gastos de carácter plurianual. La tramitación anticipada de gastos. Los proyectos de gasto. Los gastos con financiación afectada.

10. Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público: Clases de personal al servicio de las administraciones públicas. Situaciones Administrativas. Derechos y Deberes. Perdida de la relación de servicio. Régimen Disciplinario.

11. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

12. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Parte específica

13. El Plan Director del Arbolado Urbano de Alcorcón. Definición. Conocimientos previos a su elaboración. Líneas generales. Información al ciudadano.

14. Clasificación de los espacios verdes. Espacios naturales y artificiales. Espacios verdes urbanos, tipos y características. Espacios verdes periurbanos, tipos y características.

15. Prevención de riesgos laborales en jardinería y paisajismo. Estudio de seguridad y salud. Plan de seguridad y salud. Coordinación de actividades. Recurso preventivo. Medidas de protección de los trabajos. Riesgos laborales y medidas preventivas de los trabajos en jardinería.

16. Los contratos administrativos. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (I). Clases. El expediente de contratación y su tramitación. Procedimientos y criterios de adjudicación. Ejecución y modificación de los contratos. Precios contradictorios.

17. Los contratos administrativos. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (II). El Contrato de Obras: Actuaciones preparatorias. Ejecución. Modificación. Cumplimiento y Resolución.

18. Los contratos administrativos. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (III). El contrato menor. El Contrato de Servicios y contratos de suministro.

19. El clima y su relación con las plantas. Temperatura, luz, viento, precipitaciones y humedad ambiental. Adaptación al cambio climático. Medidas para la mitigación y la adaptación al cambio climático en la planificación de jardines.

20. El paisaje. Componentes de un ecosistema. Funcionamiento, equilibrio y evolución. Tipos de paisaje. Principales formaciones vegetales en España y en la Comunidad de Madrid. El paisaje natural en Alcorcón.

21. Criterios determinantes en la elección del arbolado viario y requerimientos de la plantación en los parques y jardines urbanos.

22. Principales metodologías de evaluación del arbolado. Evaluación de riesgos. Planes de gestión del arbolado.

23. Ley 8/2005, de 26 de diciembre, de Protección y Fomento del Arbolado Urbano de la Comunidad de Madrid.

24. Valoración de arbolado y arbustos. Norma Granada.

25. Calidad del agua de riego. Clasificación de aguas para riego. Criterios y normas de calidad sanitaria en el uso de aguas reutilizadas para el riego en jardinería urbana. Aguas de riego de las zonas verdes municipales del Ayuntamiento de Alcorcón.

26. La educación ambiental. Objetivos. Instrumentos. La educación ambiental y las administraciones. La educación ambiental y el sistema educativo.

27. El riego. Determinación de necesidades de riego en jardinería. Sistemas de riego. Tipos de tuberías, emisores de riego y sistemas de control.

28. Técnicas para el ahorro de agua en jardinería y criterios sostenibles en el diseño de jardines. Principios de xerojardinería. Selección de especies, implantación y directrices posteriores de mantenimiento.

29. Normativa sobre el uso de productos fitosanitarios. Uso sostenible de productos fitosanitarios. La Administración Local y el asesor de gestión integrada de plagas.

30. El vivero. Tipos de reproducción. Reproducción y cultivo de plantas en vivero. Distribución general de plantas en un vivero. Sustrato de cultivo.

31. Control de plagas y enfermedades. Identificación de plagas en jardinería urbana. Gestión integrada de plagas. Control biológico de plagas. Plagas y enfermedades más comunes en el arbolado y jardines de Alcorcón.

32. Los huertos urbanos ecológicos. Horticultura urbana. Calendario de siembra. Rotación y asociación de cultivos. Control biológico de plagas. Gestión de residuos hortícolas.

33. Economía circular. Gestión de los residuos. Sistemas de compostaje. Ordenanza reguladora de la gestión de residuos de Alcorcón.

34. La gestión ecológica de la infraestuctura verde y de la biodiversidad. Buenas prácticas de jardinería para conservar y mejorar la biodiversidad. La naturalización. Corredores ecológicos.

35. El estándar europeo de poda. Propósito. Objetivos. Tipos de poda.

36. La poda de arbustos ornamentales según especies y funciones.

37. Uso dotacional de zonas verdes y espacios libres del municipio de Alcorcón. Definición y clasificación de las zonas verdes y espacios libres urbanos según el Plan General de Ordenación Urbana de Alcorcón.

38. Equipamientos e infraestructuras en zonas verdes y parques. Mobiliario urbano. Señalización. Alumbrado público. Juegos infantiles y deportivos. Tipos, usos y generalidades.

39. Inventario de zonas verdes, arbolado, infraestructuras y mobiliario urbano del municipio de Alcorcón.

40. Principios de edafología. Los suelos y sus características físicas y químicas. Requerimientos mínimos para reutilizar la tierra vegetal en zonas verdes. Enmiendas de suelo. Programas de abonado.

41. Parques y jardines. Criterios de diseño y valoración estética de la vegetación. Criterios de uso en jardinería. El paisaje natural como elemento en la jardinería autóctona.

42. Parques y jardines: Árboles y arbustos más representativos de las zonas ajardinadas del municipio de Alcorcón. Reconocimiento de especies.

43. Parques y jardines. Plantas vivaces y de temporada. Usos. Especies más utilizadas en Alcorcón.

44. Parques y jardines. Maquinaria empleada en parques y jardines. Descripción. Rendimientos. Consumos. Costes. Conservación.

45. Interpretación de planos. Herramientas de interpretación de planos y mapas. Nuevas tecnologías aplicadas a la cartografía. Sistemas de información geográfica.

46. Áreas de juegos infantiles de Alcorcón. Características. Requisitos de seguridad de las áreas de juegos infantiles. Instalación, inspección y mantenimiento.

47. Zonas biosaludables. Elementos de entrenamiento físico instalados al aire libre de Alcorcón. Localización y características. Requisitos de seguridad de equipos fijos de entrenamiento físico instalados al aire libre. Instalación, inspección y mantenimiento.

48. Restauración paisajística. Lucha contra la erosión. Replantación de especies y actuaciones de recomposición del paisaje ante agresiones y movimientos de tierra improcedentes.

49. Criterios de calidad en la compra de material vegetal. Calidad del material vegetal. Criterios de selección de las plantas en vivero. Transporte y suministro. Normativa de especies invasoras. Uso de plantas autóctonas en las zonas verdes urbanas.

50. Mantenimiento y conservación de zonas verdes municipales. El mantenimiento de espacios verdes en base a su tipología. Dimensionamiento del servicio de mantenimiento de espacios verdes. Cálculo de medios y costes.

51. Los proyectos de jardinería. Contenido y descripción de los documentos.

52. Principales parques de Alcorcón. Situación. Características, servicios y superficies.

53. Los Objetivos Desarrollo Sostenible. Delimitación y aplicación de los objetivos con incidencia en el ámbito del medioambiente urbano.

54. Estrategia de la UE sobre la Biodiversidad. Biodiversidad urbana. Conceptos básicos.

55. Resiliencia y adaptación al cambio climático en ecosistemas urbanos.

56. La organización de los servicios de parques y jardines en Alcorcón.

57. Orden TMA/851/2021, de 23 de julio. Objeto y principios rectores. Ámbito. Espacios públicos urbanizados. Áreas de estancia. Elementos de urbanización. Mobiliario. Señalización.

58. La infraestructura verde municipal. Concepto. Caracterización y tipologías. Servicios ecosistémicos. La infraestructura verde urbana y periurbana; directrices e implementación.

59. Las soluciones basadas en la naturaleza. Concepto. Tipos. Sistemas urbanos de drenaje sostenible.

60. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Objeto y ámbito de la ley. Políticas públicas de igualdad y contra la violencia de género en las Administraciones Públicas».

Los anexos II, III y IV correspondientes a esta convocatoria podrán descargarse en la página web municipal ( www.ayto-alcorcon.es ).

Segundo.—El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".

Alcorcón, a 20 de noviembre de 2024.—El concejal-delegado de Recursos Humanos y Atención Ciudadana, Miguel Ángel Palacios.

(02/19.234/24)

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