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BDNS (799156)
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias ).
Primero
Beneficiarios
Las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera que estén oficialmente reconocidas por la Comunidad de Madrid y que estén inscritas en el registro de agrupaciones de defensa sanitaria ganaderas.
Segundo
Objeto
La ejecución de un programa zootécnico-sanitario común de acuerdo al Real Decreto 81/2015, de 13 de febrero, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones estatales destinadas a las agrupaciones de defensa sanitaria ganaderas. El objeto de estas ayudas es la compensación de los costes de las actuaciones de prevención y control, de enfermedades de los animales incluidas en programas zootécnico-sanitarios.
Tercero
Bases reguladoras
Orden 684/2016, de 28 de abril, de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 131, de 3 de junio de 2016).
Cuarto
Cuantía y financiación de las ayudas
Se convoca por el procedimiento en régimen de concurrencia competitiva por un importe total de 600.000 euros de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el ejercicio 2025 con cargo a la partida 48099, correspondiente al centro gestor 160140000 del programa 411A.
Estas ayudas estarán cofinanciadas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación hasta en un 50 por 100 en base al Real Decreto 81/2015, de 13 de febrero.
Esta convocatoria queda condicionada a la a la existencia de crédito suficiente y adecuado en el momento de la resolución de la concesión y a la disponibilidad presupuestaria.
Quinto
Plazo de presentación de solicitudes
Un mes, contado a partir del día siguiente de la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 19 de noviembre de 2024.—El Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, P. D. (Orden 984/2024, de 15 de marzo; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 72, de 25 de marzo de 2024), el Viceconsejero de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio, Rafael García González.
(03/19.507/24)