La Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario establece en su artículo 42 que la adscripción de centros docentes a universidades públicas requerirá la aprobación de la Comunidad Autónoma correspondiente al ámbito territorial en la que estuvieren ubicados dichos centros. La propuesta se elevará por el Consejo de Gobierno de la universidad, una vez informado el Consejo Social y conocida la necesidad que justifica su adscripción.
La Orden 1082/2014, de 28 de marzo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, autorizó la adscripción del Centro Universitario, Gestión IEB Global, a la Universidad Rey Juan Carlos, quedando establecido en su dispongo tercero que la sede se ubicaría en la calle Alfonso XI de Madrid.
Por otro lado, el dispongo cuarto de la referida Orden señala que cualquier modificación de las condiciones de dicha adscripción estaría sometida a la autorización previa de la Comunidad de Madrid, en particular aquellos cambios relativos a la sede, la titularidad, la vigencia y el contenido del convenio de adscripción.
Finalmente, la Orden 3833/2015, de 17 de diciembre, del Consejero de Educación, Juventud y Deporte, autorizó la puesta en funcionamiento del Centro Universitario, Gestión IEB Global como centro adscrito a la Universidad Rey Juan Carlos.
Con fecha 20 de junio de 2023, la Universidad Rey Juan Carlos dio traslado a la Dirección General de Universidades, de la solicitud efectuada por el representante legal del citado centro para la autorización del traslado de sus instalaciones a la Avenida del Talgo, número 1, bloque 5, 28023 de Madrid. Este traslado vendría motivado por el crecimiento de la actividad docente del centro, tanto en el título oficial de grado universitario ofertado, como en los cursos y programas de formación complementaria de posgrado que venía ofreciendo.
La Dirección General de Infraestructuras y Servicios de esta Consejería emitió informe favorable, con fecha 30 de mayo de 2024, sobre la adecuación de las instalaciones a los requisitos exigidos en el artículo 8 y anexo II del Real Decreto 640/2021, de 27 de julio, de creación, reconocimiento y autorización de universidades y centros universitarios, y acreditación institucional de centros universitarios.
El Consejo de Gobierno y el Consejo Social de la Universidad Rey Juan Carlos aprobaron esta propuesta en las sesiones celebradas el 19 y 29 de julio de 2024 respectivamente.
El Consejo Universitario de la Comunidad de Madrid, en la sesión de su Comisión de Planificación y Coordinación Universitaria celebrada el 19 de julio de 2024 y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 4/1998, de 8 de abril, de Coordinación Universitaria de la Comunidad de Madrid, informó favorablemente esta propuesta.
Por cuanto antecede, a propuesta de la Dirección General de Universidades, y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, en relación con el artículo 8.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
DISPONGO
Primero
Modificación de la sede
1. Autorizar la modificación de la ubicación de la sede contemplada en el dispongo tercero de la Orden 1082/2014, de 28 de marzo, de la Consejera de Educación, Juventud y Deporte, por la que se autoriza la adscripción mediante convenio del Centro Universitario, Gestión IEB Global, a la Universidad Rey Juan Carlos.
2. La nueva sede del Centro Universitario estará situada en la avenida del Talgo, número 1, bloque 5, 28023 de Madrid y en ella se impartirán los estudios conducentes a la obtención del título oficial de Graduado en Administración y Dirección de Empresas.
3. Esta autorización se concede sin perjuicio de cuantas otras licencias, permisos o autorizaciones sean preceptivas para la puesta en funcionamiento de las nuevas instalaciones.
Segundo
Actuaciones de la Universidad
La Universidad Rey Juan Carlos deberá presentar ante el órgano de evaluación externo competente la correspondiente solicitud de modificación de la memoria de verificación del título oficial afectado, a efectos de que se incluya la ubicación de la nueva sede siguiendo para ello el procedimiento previsto en el artículo 32 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.
Tercero
Recursos
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Ciencia y Universidades en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación de esta Orden, o impugnarla directamente ante el Orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan instar cualquier otro recurso que estimen pertinente.
Cuarto
Efectos de la Orden
Esta Orden producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 14 de noviembre de 2024.
El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, EMILIO VICIANA DURO
(03/19.193/24)