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De conformidad con los artículos 169 y 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y, habida cuenta que la Junta de la Mancomunidad, en sesión ordinaria celebrada el día 1 de octubre de 2024, adoptó acuerdo de aprobación inicial de la modificación número 11/2024, del vigente presupuesto, en la modalidad de suplemento de crédito de la Mancomunidad de Servicios Sociales Mejorada-Velilla, publicado inicialmente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 243, de 11 de octubre de 2024, se considera definitivamente aprobado al no haberse presentado reclamaciones al mismo, presentando el siguiente resumen por capítulos:
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 170 y 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Mejorada del Campo, a 19 de noviembre de 2024.—La presidenta de la Mancomunidad, Juana Iris Álvarez Ruiz.
(03/19.029/24)