ORDEN 2181/2024, de 21 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas para 2025.

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La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, dispone en su artículo 8.1, con carácter de legislación básica del Estado, que "los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un Plan Estratégico de Subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria". Por su parte, la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, recoge en idénticos términos esta misma obligación en su artículo 4.bis.

Asimismo, el artículo 25.1.a) de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid, establece la obligación de publicar los Planes Estratégicos de Subvenciones, además de en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, dentro de los veinte días siguientes a su aprobación.

En cumplimiento de dichos preceptos, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por las disposiciones vigentes,

DISPONGO

Aprobar el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte para el fomento de las artes escénicas (teatro, danza, circo), musicales, cinematográficas y de videojuegos, así como para museos, exposiciones, artes visuales y moda como disciplina creativa en el ejercicio de 2025, en los términos que se concretan a continuación:

ÁMBITO NORMATIVO

El ámbito normativo en el que se enmarca el presente Plan Estratégico es la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones en la redacción dada por la Ley 15/2014, 16 de septiembre, de Racionalización del Sector Público, en relación con la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) y el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones (SNPS); el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid; el Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de Desarrollo Parcial de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, en materia de bases reguladoras de las mismas; el Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para la concesión de ayudas y subvenciones públicas; la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid; el Decreto 45/1997, de 20 de marzo, por el que se establece el Régimen de Control Interno y Contable ejercido por la Intervención General de la Comunidad de Madrid; la Ley 6/1992, de 15 de julio, del Consejo de Cultura de la Comunidad de Madrid y su Reglamento de desarrollo (Orden de la Consejería de Cultura de 2 de agosto de 2000); la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid; el Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, prorrogado por el Reglamento 2020/972 de la Comisión, por el que se modifica el Reglamento (UE) 651/2014 en lo que respecta a su prórroga y los ajustes pertinentes.

ÓRGANOS COMPETENTES

De conformidad con el artículo 7.o del Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, corresponden a la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas, además de las previstas en el artículo 47 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, todas las competencias que la normativa vigente atribuya a la Comunidad de Madrid en materia de fomento y desarrollo de la cultura referidas a las actividades industriales, y diversas disciplinas y manifestaciones artísticas que conforman las actividades teatrales, coreográficas, musicales, circenses, audiovisuales y cinematográficas, la moda y el diseño como disciplinas creativas, los museos y la programación y la gestión de las exposiciones en el campo de las artes visuales, así como el apoyo a la creación actual y a los artistas jóvenes.

OBJETIVOS ESTRATÉGICOS

Según el artículo 12.1 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, los objetivos estratégicos, que describen el efecto que se espera lograr con la acción institucional durante el período de vigencia del plan, han de estar vinculados con los objetivos establecidos en los correspondientes programas presupuestarios. En este sentido la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas ha previsto los objetivos que se relacionan a continuación:

En materia de museos, exposiciones, artes visuales y moda como disciplina creativa, los objetivos genéricos previstos en el Programa 333A son.

1. Gestión e impulso de los museos y colecciones de la Comunidad de Madrid.

2. Promoción del arte contemporáneo.

Para la consecución de los citados objetivos, se atenderá al cumplimiento de objetivos específicos, como son:

a) Impulso a la creación artística de la región mediante convocatorias anuales.

b) Descentralización de las actividades en materia de artes visuales en colaboración con entidades sin ánimo de lucro en la Comunidad de Madrid.

c) Fomento de la realización de grandes proyectos expositivos que potencien el acceso de los ciudadanos y turistas a una oferta expositiva de calidad equiparable a otras capitales europeas.

d) Impulsar el conocimiento del arte contemporáneo y fomentar la actividad expositiva y el acercamiento a los ciudadanos.

e) Afianzar la actividad expositiva de diversos museos de titularidad pública, para el uso y disfrute de los ciudadanos.

En materia de artes escénicas (teatro, danza, circo), musicales, cinematográficas y audiovisuales y del videojuego, los objetivos genéricos incluidos en el Programa 334A son:

1. Promocionar la Comunidad de Madrid como centro de irradiación cultural, nacional e internacional promoviendo una oferta artística de calidad, y apoyando a las entidades relevantes para la cultura madrileña por medio de subvenciones nominativas.

2. Consolidar el tejido empresarial cultural madrileño en los ámbitos de las artes escénicas, musicales, circenses, audiovisuales y del videojuego, fomentando las industrias culturales madrileñas.

3. Descentralizar la oferta cultural de la Comunidad de Madrid por medio de la colaboración con los municipios madrileños y las entidades sin ánimo de lucro.

4. Fomentar la creación contemporánea en sus distintos ámbitos, así como los nuevos lenguajes artísticos y a los nuevos talentos.

5. Fomentar el acceso de los ciudadanos en toda la región a la cultura; en especial los más jóvenes, para las artes escénicas, la música, el circo, el audiovisual y los videojuegos.

6. Promoción de la Comunidad de Madrid como polo de atracción de las industrias culturales, facilitando la digitalización y sostenibilidad de las mismas.

7. Fomentar una oferta cultural internacional en nuestra región con especial atención a la cultura hispanoamericana, promocionando la internacionalización de los creadores madrileños.

Estos objetivos se materializarán, por un lado, mediante el apoyo a las entidades culturales emblemáticas y museos de la Comunidad de Madrid, por subvenciones de concesión directa en los términos previstos en la normativa vigente, y, por otro, mediante el apoyo a la actividad cultural que realizan ayuntamientos, entidades sin ánimo de lucro, empresas productoras en el sector cultural, así como artistas y creadores a través de las correspondientes convocatorias públicas vigentes en 2024, en régimen de concurrencia competitiva, bajo los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación.

La Dirección General de Cultura e Industrias Creativas pretende conseguir los siguientes efectos:

1. Promocionar la creación y producción madrileña en sus diferentes vertientes, tanto nacional como internacionalmente.

2. Presentar, difundir y promocionar la cultura tradicional de nuestra región.

3. Incrementar la audiencia de las actividades culturales que tienen lugar en nuestra región.

4. Captar nuevos públicos para las artes escénicas, la música, y las artes audiovisuales y cinematográficas.

5. Impulsar el conocimiento del arte contemporáneo y fomentar la actividad expositiva y su acercamiento a los ciudadanos.

6. Apoyar a los artistas residentes en la región en la realización de proyectos originales de creación, con la finalidad de dar a conocer su obra y reconocer el trabajo desarrollado, así como favorecer la formación, la movilidad y los contactos internacionales de los artistas y comisarios.

7. Potenciar las industrias culturales y creativas (ICC) en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

En cumplimiento de sus atribuciones, y al objeto de proteger, fomentar y promocionar dichas actividades, la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas establecerá las líneas de subvención que más adelante se detallan, en sus dos ámbitos competenciales:

— Bellas Artes: museos, exposiciones, artes visuales y moda como disciplina creativa.

— Promoción Cultural: artes escénicas, circenses, musicales, cinematográficas y audiovisuales, videojuegos, así como industrias culturales y creativas (ICC).

SUBVENCIONES EN MATERIA DE MUSEOS, EXPOSICIONES, ARTES VISUALES Y MODA COMO DISCIPLINA CREATIVA

I. Normativa específica

La Ley 9/1999, de 9 de abril, de Museos de la Comunidad de Madrid, establece en su artículo 6.1, que la Comunidad de Madrid fomentará la creación de museos municipales de carácter fundamentalmente pedagógico, en especial aquellos que ofrezcan por sus criterios, planteamientos y contenido temático una visión representativa y rigurosa de la historia, las costumbres, las tradiciones, la cultura, las características humanas y naturales o la riqueza patrimonial de los pueblos de la Comunidad de Madrid y contribuirá a su mantenimiento y desarrollo mediante ayudas y asistencia técnica. Asimismo, el artículo 8.4 dispone que la Comunidad de Madrid promoverá la cooperación con otras instituciones museísticas, estableciendo a tal efecto los oportunos convenios o acuerdos.

Por otra parte, el mencionado Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, determina en su artículo 7.o, que corresponden a la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas las competencias previstas en la referida Ley 9/1999, de 9 de abril, así como la colaboración con entidades públicas o privadas en la organización de exposiciones, y el fomento y promoción de las artes visuales, en especial la pintura, la escultura, la fotografía, la videocreación, las instalaciones y las "performances", así como la promoción, seguimiento y difusión de la moda como disciplina creativa.

Esta Dirección General gestiona estas ayudas mediante la concesión de subvenciones con asignación nominativa y mediante la concesión de subvenciones de concurrencia competitiva previa publicación de las convocatorias correspondientes.

II. Previsión presupuestaria

La Dirección General de Cultura e Industrias Creativas financiará las ayudas comprendidas en el presente Plan Estratégico con cargo al crédito de las partidas que integran el capítulo IV del programa 333A (Museos y Exposiciones) por un importe máximo de 962.500 euros, correspondiente a la suma de las distintas convocatorias de subvención y consignaciones de carácter nominativo que se desglosan en los siguientes apartados.

III. Líneas de subvención de concurrencia competitiva de museos, exposiciones y artes visuales y moda como disciplina creativa

Las acciones a subvencionar, plazo de adjudicación y de ejecución y la previsión inicial de costes son las siguientes:

1. Circuitos de Artes plásticas de la Comunidad de Madrid (XXXVI Edición): importe máximo 30.000 euros con cargo a la partida 48399. La finalidad de las ayudas es promover la creatividad de jóvenes artistas y propiciar su acceso a la vida profesional mediante la creación de una obra y su presentación en una exposición colectiva.

Plazo de adjudicación: primer semestre de 2025.

Plazo de ejecución: segundo semestre de 2025.

2. Ayudas a personas físicas para la creación de artes visuales, por un importe máximo de 300.000 euros con cargo a la partida 48399. Su finalidad es fomentar el desarrollo de proyectos de creación en el ámbito de las artes visuales para apoyar a los creadores madrileños o residentes en Madrid y contribuir a la consolidación y proyección de su carrera.

Plazo de adjudicación: primer semestre de 2025.

Plazo de ejecución: segundo semestre de 2025.

3. Ayudas a entidades culturales privadas sin ánimo de lucro para actividades de artes visuales y de moda como disciplina creativa. Se realizará mediante una convocatoria en régimen de concurrencia competitiva, por un importe máximo de 100.000 euros que se imputará a la partida 48099. Su finalidad es el apoyo a la actividad cultural que realizan las asociaciones y fundaciones madrileñas, por ser ambas entidades un medio de participación de los ciudadanos en actividades de artes visuales y de moda como disciplina creativa.

Plazo de adjudicación: primer semestre de 2025.

Plazo de ejecución: segundo semestre de 2025.

IV. Consignaciones presupuestarias de carácter nominativo

De acuerdo con lo establecido en el artículo 22.2 de la Ley General de Subvenciones, se han previsto diversas subvenciones con asignación nominativa en los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2025 en el programa 333A correspondiente a la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas.

En relación con dichas subvenciones, a continuación, se indican las entidades beneficiarias de las mismas, su importe, objetivo, y partida presupuestaria:

— Ayuntamiento de Buitrago del Lozoya: 35.000 euros con destino al mantenimiento del Museo Picasso, con cargo a la partida 46350.

— Ayuntamiento de Horcajuelo de la Sierra: 12.500 euros para el mantenimiento del Museo Etnográfico, con cargo a la partida 46351.

— Ayuntamiento de Colmenar de Oreja: 30.000 euros destinados al mantenimiento del Museo Ulpiano Checa, con cargo a la partida 46353.

— Asociación de Creadores de Moda de España (ACME): 400.000 euros para promoción internacional de la moda española con cargo a la partida 48022.

— Fundación Contemporánea: 55.000 euros para acciones relacionadas con artes visuales, con cargo a la partida 48151.

SUBVENCIONES EN MATERIA DE ARTES ESCÉNICAS, MUSICALES, CINEMATOGRÁFICAS, AUDIOVISUALES Y DE VIDEOJUEGO

I. Previsión presupuestaria

La Dirección General de Cultura e Industrias Creativas financiará las ayudas comprendidas en el presente Plan Estratégico con cargo a los créditos de las partidas que integran los capítulos IV y VII del programa 334A (Promoción y Difusión Cultural). El importe máximo de las adjudicaciones que se podrá conceder en las distintas líneas de subvención de concurrencia competitiva y en las de consignación nominativa es de 17.962.007 euros, siendo 9.677.007 euros de concurrencia competitiva y 8.285.000 euros nominativas.

En el importe correspondiente a la gestión de convocatorias de concurrencia competitiva, se incluyen las cantidades correspondientes a las segundas anualidades de las convocatorias bienales 2024-2025, por importe de 2.275.000 euros.

En cuanto a las convocatorias bienales 2025-2026, el importe que se ejecutará en la segunda anualidad será de 950.000 euros, en los términos que se especifican más adelante.

II. Líneas de subvención en el ámbito de las artes escénicas, musicales, cinematográficas y audiovisuales, y de videojuego

Las acciones a subvencionar, plazo de adjudicación y de ejecución y la previsión inicial de costes son las siguientes:

1. Ayudas a municipios madrileños con población inferior a 10.000 habitantes.

Objetivo: El apoyo a la actividad cultural que realizan los municipios de menos de 10.000 habitantes se justifica por la necesidad de consolidar y promocionar actividades culturales en todo el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, con especial incidencia en las poblaciones más pequeñas.

Se realizará mediante una convocatoria en régimen de concurrencia competitiva, para llevar a cabo actividades de teatro, danza, música y la cinematografía, con un importe máximo de 379.826 euros, que se imputará a la partida 46309.

Esta convocatoria está cofinanciada por el Ministerio de Cultura, que aportará a la Comunidad de Madrid la cantidad de 79.826 euros.

Publicación de la convocatoria: diciembre de 2024.

Plazo de adjudicación: primer semestre de 2025.

Plazo de ejecución: segundo semestre de 2025.

2. Ayudas a entidades culturales privadas sin ánimo de lucro.

Objetivo: El apoyo a la actividad cultural que realizan las asociaciones y fundaciones madrileñas, se justifica por ser ambas entidades un medio de participación de los ciudadanos en actividades de teatro, danza, música y cinematografía.

Se realizará mediante una convocatoria en régimen de concurrencia competitiva, para llevar a cabo actividades de teatro, danza, música y cinematografía, con un importe máximo de 550.000 euros, que se imputará a la partida 48099.

Plazo de adjudicación: primer semestre de 2025.

Plazo de ejecución: segundo semestre de 2025.

3. Ayudas a empresas privadas dedicadas a las artes escénicas, la música, la cinematografía y el audiovisual.

Objetivo: Consolidar el tejido empresarial dedicado a las actividades de teatro, danza, música y cinematografía. Ello se justifica por la contribución de las empresas del sector al crecimiento cultural de nuestra región, por su aportación a la innovación creativa e intelectual, al desarrollo tecnológico e innovador y por la recuperación del patrimonio cultural.

Instrumento jurídico y líneas de actuación.

Se realizarán convocatorias destinadas a empresas en régimen de concurrencia competitiva.

Para ello se fomentará:

1. La producción de obras teatrales.

2. La producción de obras coreográficas.

3. La producción de espectáculos musicales, la grabación de discos y el fomento de ciclos o festivales de música.

4. La producción de cortometrajes.

5. La producción de largometrajes.

6. La promoción del desarrollo de proyectos audiovisuales.

7. La promoción del videojuego como disciplina creativa.

8. El apoyo a empresas para la consolidación de estructuras de ámbito teatral y coreográfico.

9. El apoyo a empresas para la consolidación de las salas de teatro, salas de música y tablaos flamencos.

10. El apoyo a proyectos de aceleración de las industrias culturales y creativas.

El crédito previsto para hacer frente a las convocatorias correspondientes se consignará en la partida 47399, por un importe máximo de 8.747.181 euros.

Las líneas de ayuda para empresas se concretarán en las convocatorias siguientes:

3.1. Ayudas a la actividad teatral y coreográfica de carácter anual.

Los objetivos concretos que se pretenden conseguir con esta convocatoria son los siguientes:

1. Apoyar la creación de espectáculos teatrales y coreográficos.

2. Apoyar la innovación creativa e intelectual en la Comunidad de Madrid.

Esta convocatoria tendrá un importe máximo de 1.400.000 euros, con las siguientes modalidades y distribución:

1. Producción y estreno de una obra teatral: 850.000 euros.

2. Producción y estreno de una obra coreográfica: 550.000 euros.

Plazo de adjudicación: primer semestre de 2025.

Plazo de ejecución: segundo semestre de 2025.

3.2. Ayudas a la actividad musical de carácter anual.

Los objetivos concretos que se pretenden conseguir son:

1. Apoyar la creación de espectáculos musicales.

2. Apoyar la difusión de la fonografía.

3. Apoyar la difusión de música en vivo.

4. Apoyar la recuperación del patrimonio musical.

El importe máximo de esta convocatoria será de 325.000 euros, y tendrá las siguientes modalidades:

1. Producción y estreno de espectáculos musicales.

2. Grabación y edición de discos.

3. Producción y exhibición de ciclos, festivales de música y conciertos.

Plazo de adjudicación: primer semestre de 2025.

Plazo de ejecución: segundo semestre de 2025.

3.3. Ayudas de carácter bienal para el fomento de estructuras de empresas en las artes escénicas, de salas de teatro, salas de música y tablaos flamencos.

Los objetivos concretos que se pretenden conseguir son:

1. Favorecer la transición del sector cultural hacia un modelo de industria cultural.

2. Consolidar las estructuras empresariales del sector cultural.

3. Promover el desarrollo de instrumentos de gestión empresarial en el sector cultural.

4. Adaptar los mecanismos de financiación de la Comunidad de Madrid para mejorar la dotación de liquidez del sector cultural.

5. Facilitar el procedimiento de justificación de los proyectos subvencionados por la Comunidad de Madrid.

6. Establecer un marco de financiación que promueva proyectos de digitalización y sostenibilidad del sector cultural.

Esta convocatoria tendrá las modalidades y cuantías siguientes:

1. Orden 660/2024, de 17 de abril, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establece la convocatoria de ayudas bienales para el fomento de estructuras de empresas de teatro para 2024 y 2025. El importe que se tramitará asciende a la cantidad de 1.125.000 euros, correspondiente a la anualidad de 2025.

2. Apoyo a la programación y mantenimiento de salas de teatro en la Comunidad de Madrid, por importe de 450.000 euros.

3. Apoyo a la programación y mantenimiento de salas de música en vivo y tablaos flamencos, por importe de 350.000 euros.

3.4. Ayudas para la producción cinematográfica.

Los objetivos concretos que se pretenden conseguir son:

1. Apoyar la producción y difusión de los nuevos creadores audiovisuales de la Comunidad de Madrid.

2. Apoyar la innovación y el desarrollo tecnológico.

3. Apoyar la producción de largometrajes y cortometrajes en la Comunidad de Madrid.

4. Apoyar el conocimiento del patrimonio cultural y de los rasgos específicos de la Comunidad de Madrid.

Las convocatorias que se pondrán en marcha para la consecución de dichos objetivos serán las siguientes:

1. Ayudas anuales a la Producción de largometrajes por un importe máximo de 1.050.000 euros.

Plazo de adjudicación: primer semestre de 2025.

Plazo de ejecución y justificación: hasta diciembre de 2027.

Asimismo, se tramitarán los pagos correspondientes a la segunda anualidad, por importe de 1.000.000 euros, de la convocatoria aprobada por Orden 396/2024, de 22 de abril, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan ayudas a empresas audiovisuales para la producción de largometrajes en la Comunidad de Madrid en 2024.

2. Ayudas bienales para la Producción de cortometrajes por un importe máximo de 300.000 euros, correspondiendo 150.000 euros a 2025 e igual importe a 2026.

Plazo de adjudicación: segundo semestre de 2025.

Plazo de ejecución: primera anualidad, segundo semestre de 2025; segunda anualidad, 2026.

Asimismo, se tramitarán los pagos correspondientes a la segunda anualidad, por importe de 150.000 euros, de la convocatoria aprobada por Orden 274/2024, de 20 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan ayudas a personas físicas y empresas audiovisuales para la producción de cortometrajes en la Comunidad de Madrid en 2024.

3.5. Ayudas anuales a empresas productoras cinematográficas para el desarrollo de proyectos audiovisuales financiadas con cargo a la transferencia del Instituto de las Ciencias y las Artes Audiovisuales (ICAA). El objetivo es poner a disposición de los beneficiarios los recursos necesarios para poner en marcha los procesos previos al rodaje de proyectos audiovisuales.

Esta convocatoria tendrá un importe máximo de 1.647.181 euros.

Publicación de la convocatoria: diciembre de 2024.

Plazo de resolución: primer semestre de 2025.

Plazo de ejecución: segundo semestre de 2025.

3.6. Ayudas a empresas para la promoción del videojuego como disciplina creativa en la Comunidad de Madrid.

El objetivo es impulsar y facilitar el desarrollo de una actividad innovadora tecnológicamente a través del diseño y promoción del videojuego.

Esta convocatoria tendrá un importe máximo de 250.000 euros.

Plazo de adjudicación: primer semestre de 2025.

Plazo de ejecución: segundo semestre de 2025.

3.7. Ayudas para el apoyo a proyectos de aceleración de las industrias culturales y creativas (ICC).

La aceleración de las industrias culturales y creativas es un elemento esencial para la recuperación y consolidación de la economía madrileña. La creatividad e innovación, rasgos distintivos de las ICC, son elementos clave para la recuperación económica. A través de estas actuaciones, se pretende activar el crecimiento del tejido industrial empresarial y profesional de las ICC de la Comunidad de Madrid, desarrollando su potencial y transformándolo en polo de atracción económico y generación de empleo.

Los objetivos concretos que se pretenden conseguir son:

a) Acelerar el crecimiento del tejido empresarial y profesional de las ICC.

b) Impulso de la transformación a la cultura digital y la incorporación de las nuevas tecnologías en las ICC.

c) Favorecer las interconexiones entre las ICC y de estas con otros sectores económicos.

d) Mejora del acceso a la financiación de las ICC.

Esta convocatoria tendrá un importe máximo de 850.000 euros.

Plazo de adjudicación: primer semestre de 2025.

Plazo de ejecución: segundo semestre de 2025.

III. Consignaciones presupuestarias de carácter nominativo

De acuerdo con lo establecido en el artículo 22.2 de la Ley General de Subvenciones, se han previsto diversas subvenciones con asignación nominativa en los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2025 en el programa 334A correspondiente a la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas.

En relación con dichas subvenciones, a continuación, se indica su objetivo, entidad, importe y partida presupuestaria:

Objetivo: Apoyar entidades culturales emblemáticas de la Comunidad de Madrid, con trayectorias sobresalientes en la realización de actividades de interés y calidad, con la finalidad de fomentar sus actividades y facilitar su mantenimiento.

— Festival de Cine Alcalá de Henares (Alcine): 55.000 euros, con cargo a la partida 46352.

— Asociación Madrileña Audiovisual (AMA): 180.000 euros, con cargo a la partida 48055.

— Fundación Escuela de la Cinematografía y del Audiovisual de la Comunidad de Madrid: 1.600.000 euros, con cargo a la partida 48120.

— Fundación Teatro de La Abadía: 2.050.000 euros, con cargo a la partida 48121.

— Fundación Teatro Real: 4.400.000 euros, con cargo a la partida 48128.

SEGUIMIENTO, SISTEMA DE EVALUACIÓN Y CUMPLIMIENTO DE LOS OBJETIVOS

El seguimiento de las subvenciones se realiza por tres órganos diferentes:

1. La Dirección General, en todas sus fases, desde la presentación del proyecto inicial hasta la memoria final justificativa.

En este sentido, se comparará el proyecto o memoria detallada que, en la fase previa a la concesión de la subvención, se exige a los solicitantes, con las actuaciones o proyectos finalmente desarrollados, lo que se justificará con la documentación que deba aportar cada entidad de conformidad con lo que establezcan las correspondientes bases reguladoras.

2. La Comisión de valoración correspondiente, como órgano de trabajo del Consejo de Cultura de la Comunidad de Madrid, participará en las subvenciones de concurrencia competitiva en la elaboración de la propuesta de resolución previa a la adjudicación de las ayudas.

3. La Intervención de la Comunidad de Madrid, en todas las fases del procedimiento mediante la fiscalización de la documentación previa a la adjudicación y al pago de las ayudas, y mediante la comprobación material de las actuaciones de los beneficiarios, de conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.

El sistema de evaluación y el cumplimiento de objetivos lo realizan la Dirección General mediante la comparación entre los resultados obtenidos y los indicadores establecidos en las fichas presupuestarias de los programas 333A (Museos y Exposiciones) y 334A (Promoción y Difusión Cultural) de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid.

MEDIDAS CORRECTORAS

Si como resultado de la evaluación efectuada se pusiese de manifiesto que las acciones impulsadas mediante las subvenciones no están cumpliendo los objetivos previstos, se podrán introducir en el presente Plan estratégico de subvenciones las modificaciones que se estimen pertinentes, al objeto de adecuar de forma eficaz los recursos públicos invertidos a la obtención de los resultados perseguidos, garantizando el principio de eficiencia en la gestión pública.

En Madrid, a 21 de noviembre de 2024.

El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, MARIANO DE PACO SERRANO

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701993 {"title":"ORDEN 2181\/2024, de 21 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas para 2025.","published_date":"2024-11-29","region":"madrid","region_text":"Comunidad de Madrid","category":"boa","category_text":"Boletín Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets_v2\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-madrid.png","id":"701993"} madrid BOCM;bocm 2024 nº 285;Consejería de cultura, turismo y deporte;Otras disposiciones https://govclipping.com/modules/controller/ReferencesController.php Resaltar Quitar resaltado false https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php https://govclipping.com/modules/controller/SubsidyController.php https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php https://govclipping.com/search Error "" region subsidy initiative Error Ha habido un error: {error}. Inténtalo de nuevo más tarde. Elemento guardado en la lista El elemento ha sido modificado Elemento eliminado de la lista Guardar para leer más tarde Aceptar Cancelar No se han encontrado artículos adicionales. https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde. Error No se ha podido enviar la alerta de prueba a tu correo electrónico {email}. Inténtalo de nuevo más tarde. Alerta de prueba enviada Se ha enviado una alerta de prueba únicamente a tu email {email}. Revisa tu carpeta de Spam y añade @govclipping.com a tu lista de contactos. Enviar email de prueba Se enviará un email de prueba únicamente al correo electrónico de esta cuenta. Si no lo recibes, revisa tu carpeta de Spam. Enviar a todos los destinatarios Se enviará el correo electrónico a todos los destinatarios. Si no lo reciben, revisen su carpeta de Spam. Error No se ha podido enviar el correo electrónico a todos o algunos de los destinatarios. Inténtalo de nuevo más tarde. Correo electrónico enviado Se ha enviado el correo electrónico a todos los destinatarios. Revisen su carpeta de Spam y añadan @govclipping.com a su lista de contactos. Este contenido está disponible para usuarios premium Mejora tu cuenta a Professional para desbloquear y acceder todo el contenido premium sin restricciones. Consulta todas las ventajas de ser Professional en Planes de suscripción. Mejora tu cuenta https://govclipping.com/pricing Enlace copiado en portapapeles. Tu cuenta no está asociada a un Organización. Únete a uno o actualiza tu suscripción para crear tu propia Organización. https://govclipping.com/es/madrid/boa/2024-11-29/701993-orden-2181-2024-21-noviembre-consejeria-cultura-turismo-deporte-se-aprueba-plan-estrategico-subvenciones-direccion-general-cultura-e-industrias-creativas-2025 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.