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Madrid, a 8 de noviembre de 2024.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, nombrada mediante Decreto 46/2023, de 23 de junio, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra, D. Rodrigo García Zafra, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Pedrezuela, elegido por Acuerdo del Pleno de 17 de junio de 2023, en nombre y representación del citado Ayuntamiento, en virtud de su cargo y de las atribuciones que le confiere el artículo 30.1.a) de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, y en el marco de las competencias atribuidas a los municipios en materia de Servicios Sociales por el artículo 11.d) de la Ley 12/2022, de 21 de diciembre, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.2 y disposición adicional primera de la Ley 1/2014, de 25 de julio, de Adaptación del Régimen Local de la Comunidad de Madrid a la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.
Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente Adenda de prórroga.
EXPONEN
Que el 30 de noviembre de 2023, suscribieron convenio de colaboración para articular la atención a personas mayores en el Centro de Día de personas mayores San Miguel de Pedrezuela para el año 2024, con un plazo de vigencia de un año, del 1 de enero al 31 de diciembre del 2024.
Que ambas partes desean continuar colaborando durante el ejercicio de 2025 en la gestión de los servicios de atención a las personas dependientes en el centro de día municipal de Pedrezuela.
Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, en aplicación del artículo 10.4.b) de la Ley 1/2014, de 25 de julio, de Adaptación del Régimen Local de la Comunidad de Madrid a la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, este convenio de colaboración no precisa adaptación.
ACUERDAN
Formalizar la presente adenda de prórroga al convenio, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
De conformidad con lo dispuesto en la cláusula décima del convenio suscrito el 30 de noviembre de 2023 y dado que no se ha producido por ninguna de las partes denuncia expresa, se prorroga el mencionado convenio durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025.
Segunda
El importe a financiar por parte de la consejería se calcula con los precios recogidos en la cláusula séptima del convenio, tal y como se recoge en la siguiente tabla:
El gasto derivado de esta Adenda de prórroga se imputará a la posición presupuestaria 231D/25400, del presupuesto de gastos y dotación de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid.
El coste anual para la Comunidad de Madrid será de 140.513,36 euros, para el ejercicio 2025.
No se modifican las demás condiciones pactadas, y para que así conste, y en prueba de conformidad de las partes, se firma la presente Adenda de Prórroga al Convenio de Colaboración, siendo la fecha de formalización de la misma la correspondiente a la firma de la Comunidad de Madrid, o en ausencia de fecha en el pie de firma, a la que figure en el encabezamiento.
Madrid, a 8 de noviembre de 2024.—Por la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, Ana Dávila-Ponce de León Municio.—Por el Ayuntamiento de Pedrezuela, el Alcalde-Presidente, Rodrigo García Zafra.
(03/18.487/24)