Audios generados (reproducción automática)
Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.
Madrid, a 6 de noviembre de 2024.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 46/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las atribuciones que le confieren el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra parte, D. Luis Natalio Royo Paz con domicilio a estos efectos en Madrid, en nombre y representación de la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE-Delegación Territorial de Madrid), según acuerdo del Consejo General 2(E)/2023-2.4.27, de 27 de enero, con domicilio, a estos efectos, en la calle Prim, número 3, 28004 Madrid. El interviniente se encuentra autorizado para este acto en su condición de Delegado de la ONCE en Madrid, según resulta de la escritura de poder otorgada el día 31 de enero de 2023 ante el Notario de Madrid, D. Enrique Javier de Bernardo Martínez-Piñeiro, con el número 452 de su protocolo".
Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente adenda, y
MANIFIESTAN
Primero
Que con fecha 29 de diciembre de 2020 se suscribió un convenio entre la Comunidad de Madrid, Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE-Delegación Territorial de Madrid), para la integración socio-laboral de las personas con discapacidad, cuyo plazo de vigencia será de cuatro años. En la cláusula sexta contempla la posibilidad de prórroga por un período de hasta cuatro años adicionales.
Segundo
Que, al amparo de cláusula sexta del convenio, las partes acuerdan suscribir la adenda de prórroga del convenio celebrado entre ambas partes el 29 de diciembre de 2020 para la integración sociolaboral de las personas con discapacidad, cuya vigencia acaba el próximo 29 de diciembre de 2024.
CLÁUSULAS
Primera
Prórroga
De conformidad con lo dispuesto en la cláusula sexta del convenio entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales) y la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE-Delegación Territorial de Madrid) y suscrito el día 29 de diciembre de 2020, las partes acuerdan prorrogar el citado convenio desde la fecha establecida como fin de su vigencia hasta el 29 de diciembre de 2026.
Segunda
Obligaciones
Las actuaciones contempladas para el nuevo período serán las mismas que las contempladas en la cláusula segunda (obligaciones) del convenio objeto de esta prórroga.
Tercera
Financiación
La ejecución de la presente prórroga del convenio no generará obligaciones económicas para la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales.
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente documento, en el lugar indicado, y fecha de la última firma digital. En Madrid, a fecha de firma.
Madrid, a 6 de noviembre de 2024.—La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, Ana Dávila-Ponce de León Municio.—El Delegado de la ONCE en Madrid, Luis Natalio Royo Paz.
(03/18.340/24)