Mediante Orden 394/2021, de 4 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 249, de 19 de octubre de 2021; corrección de errores en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 50, de 28 de febrero de 2022), se convocaron las pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal funcionario para el ingreso en el Cuerpo de Auxiliares, de Administración General, Grupo C, Subgrupo C2, de la Comunidad de Madrid, cuyo número de plazas fue objeto de ampliación por Orden 785/2022, de 21 de abril, de la aludida Consejería (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 105, de 4 de mayo de 2022; corrección de errores en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 116, de 17 de mayo de 2022).
De conformidad con lo dispuesto en el apartado primero de la base segunda de la mencionada Orden 394/2021, de 4 de octubre, para ser admitidas y poder tomar parte en las señaladas pruebas, las personas aspirantes habían de reunir, entre otros requisitos, los recogidos en el apartado quinto, punto primero, de la Orden 1021/2021, de 27 de abril, de la entonces Consejería de Hacienda y Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 111, de 11 de mayo de 2021), por la que se establecen los criterios generales que han de regir las convocatorias del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal funcionario de administración y servicios de la Comunidad de Madrid y del personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid.
A tenor de lo previsto en el enunciado apartado quinto, punto primero, de la Orden 1021/2021, de 27 de abril, quienes aspirasen al ingreso en los Cuerpos, Escalas y Especialidades de personal funcionario de Administración General y Especial de la Comunidad de Madrid, objeto de las correspondientes convocatorias, debían poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera, los requisitos generales de participación indicados en dicho apartado, entre los cuales se hallaba el contemplado en su letra e), que establecía la obligación de no ostentar la condición de personal funcionario de carrera del mismo Cuerpo, Escala y Especialidad de personal funcionario de Administración General y Especial de la Comunidad de Madrid, al que se pretendiera acceder.
Mediante Resolución de 15 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 283, de 28 de noviembre de 2023), fueron aprobadas las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas en las pruebas selectivas de referencia, se publicó el listado definitivo de personas aspirantes excluidas en aquellas, y se anunció la celebración del primer y único ejercicio de la fase de oposición.
Durante el desarrollo del reseñado proceso, se ha comprobado que varias personas aspirantes admitidas que han concurrido al mismo, han adquirido la condición de funcionarios de carrera del Cuerpo de Auxiliares, de Administración General, Grupo C, Subgrupo C2, de la Comunidad de Madrid, tras haber sido nombradas como tales por Orden de 1 de marzo de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 58, de 8 de marzo de 2024), y haber efectuado, en los términos expuestos en ésta, la toma de posesión en el correspondiente puesto de trabajo adjudicado.
En virtud de cuanto antecede, este Centro directivo, en uso de las facultades que tiene atribuidas
HA RESUELTO
Primero
Proceder a la exclusión, de las personas aspirantes que a continuación se detallan, de las pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal funcionario para el ingreso en el Cuerpo de Auxiliares, de Administración General, Grupo C, Subgrupo C2, de la Comunidad de Madrid, convocadas mediante Orden 394/2021, de 4 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 249, de 19 de octubre de 2021; corrección de errores en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 50, de 28 de febrero de 2022), y cuyo número de plazas fue objeto de ampliación por Orden 785/2022, de 21 de abril, de dicha Consejería (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 105, de 4 de mayo de 2022; corrección de errores en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 116, de 17 de mayo de 2022), al no mantener el requisito exigido en el apartado quinto, punto primero, letra e), de la ya reiterada Orden 1021/2021, de 27 de abril, de la entonces Consejería de Hacienda y Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 111, de 11 de mayo), por la que se establecen los criterios generales que han de regir las convocatorias del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal funcionario de administración y servicios de la Comunidad de Madrid y del personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid:
Segundo
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de Hacienda y Función Pública, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 7 de noviembre de 2024.—La Directora General de Función Pública (por delegación de firma, mediante Resolución de 24 de noviembre de 2021), la Subdirectora General de Planificación de Efectivos y Selección, Emilia Álvarez Tornero.
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