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Mediante la Orden 767/2024, de 23 de abril, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de abril de 2024) se aprobaron las bases reguladoras de subvenciones destinadas al mantenimiento y mejora de las instalaciones deportivas municipales en los Ayuntamientos de municipios de la Comunidad de Madrid de 2.500 a 20.000 habitantes, y por Orden 1062/2024, de 5 de junio, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte (publicada en formato de extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 19 de junio de 2024), se aprobó la convocatoria de las mismas para el año 2024.
La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte es el departamento de la Administración de la Comunidad de Madrid encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de Deporte, correspondiendo a su titular, entre otras, las competencias relativas al desarrollo, coordinación y control de ejecución de las políticas públicas del Gobierno en materia de Deporte, en virtud de lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de dicha Consejería.
El citado Decreto atribuye a la Dirección General de Deportes la competencia para proponer la concesión de subvenciones y ayudas públicas, en el ámbito material de competencias de la dirección general.
La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, dispone que el órgano competente para conceder subvenciones son los consejeros en el ámbito de la consejería correspondiente y de los órganos de gestión sin personalidad jurídica dependientes de ella.
En su virtud, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y 7.1.a) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de acuerdo con la propuesta de distribución del crédito disponible, a propuesta del Director General de Deporte,
DISPONGO
Primero
Resolución de la convocatoria
1. Resolver la convocatoria aprobada por la Orden 1062/2024, de 5 de junio, y conceder a los ayuntamientos que se relacionan en el anexo I, una subvención por el importe y actuaciones que se indican en el mismo.
2. Dichas subvenciones se financiarán con cargo al subconcepto 76309 del Programa 336A del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid para el año 2024.
3. Previo al abono de la subvención, los beneficiarios de la misma deberán justificar, dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación de la presente orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, los extremos previstos en el apartado undécimo de la Orden 1062/2024, de 5 de junio, y en el artículo 17 de la Orden 767/2024, de 23 de abril, presentando la documentación requerida.
4. La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte y la Intervención de la Comunidad de Madrid podrán realizar mediante los procedimientos pertinentes las comprobaciones necesarias respecto al destino y aplicación de los fondos concedidos, quedando los beneficiarios sometidos al régimen de control establecido en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid.
Segundo
Solicitudes desestimadas
Desestimar las solicitudes que constan en el anexo II, por los motivos que en el mismo se detallan.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Recursos
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o, directamente, recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contados, en ambos casos, desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno interponer.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Eficacia
La presente orden será eficaz desde el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 25 de octubre de 2024.
El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, MARIANO DE PACO SERRANO
(03/17.510/24)