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Extracto del Acuerdo de Junta de Gobierno Local, de 7 de octubre de 2024, fuera del orden del día punto 7.o, por la que se convocan las subvenciones destinadas a desarrollar el programa Campaña de Reyes: Juguetes para todos/as, en el ámbito de la Concejalía de Bienestar, correspondiente al año 2024-2025 (Código Convocatoria: 2024/2024/3/640824/000).
BDNS 789642
Primero. Bases reguladoras.—Bases aprobadas en J. G. L., de 26 de septiembre de 2022, para la inclusión de menores en el programa denominado Campaña de Reyes: Juguetes para todos/as, y que se pueden consultar en la web del Ayuntamiento BASES PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN DE JUGUETES, CAMPAÑA DE NAVIDAD 2012-2013 ( ayto-torrejon.es ) o en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2022/10/06/BOCM-20221006-77.PDF
Segundo. Objeto.—El objeto del programa es favorecer, en fechas tan especiales, navidades y reyes, el bienestar e igualdad, en pro de la integración social de menores pertenecientes a familias más desfavorecidas del municipio, perceptoras de ingreso mínimo vital o renta mínima de inserción, y/o en procesos de integración social con escasos recursos económicos.
Tercero. Beneficiarios.—Podrán participar en el programa, menores con edades comprendidas entre los 2 años y 9 nueve años (a cumplir antes del 31 de diciembre de 2024), pertenecientes a familias que han de constar empadronadas en el mismo domicilio y residir de forma efectiva en la ciudad de Torrejón de Ardoz, con anterioridad a 1 de enero de 2024. El requisito de empadronamiento y residencia efectiva deberá concurrir tanto en el solicitante, titular de la patria potestad/tutela que tenga atribuida la guarda y custodia del menor, como por los menores a incluir en el programa.
Las familias deberán ser perceptoras en activo, sin suspensiones por causas imputables a las personas que integran la unidad familiar, de la prestación económica denominada Renta Mínima de Inserción, o perceptoras del Ingreso Mínimo Vital, con resolución favorable y vigente.
En el caso de familias cuyos progenitores estén separados de hecho o de derecho, o divorciados, solo podrán formular solicitud de inclusión en el programa municipal el progenitor que ostente la guarda y custodia del menor, y sea titular de la renta mínima inserción o ingreso mínimo vital. En el supuesto de guarda y custodia compartida solo podrá formularla uno de ellos.
Podrán ser incluidos en la campaña de oficio, a propuesta de los técnicos de los servicios sociales municipales, en atención a la intervención social continuada que se está desarrollando con el menor y /o su familia. Siempre y cuando se cumpla el requisito de edad.
Cuarto. Cuantía.—El crédito presupuestario disponible para la concesión de este tipo de ayudas se imputará a la aplicación presupuestaria que en 2025 se corresponda con la A.P 110 23100 48001 "Ayudas Sociales", por un máximo de 6.000,00 euros. En función de las solicitudes presentadas y el número de menores que resulten beneficiarios, se determinará el valor del juguete a asignar a cada menor. Este valor no podrá ser inferior a 15,00 euros, ni superior a 45,00 euros por menor. El abono de las ayudas en especie se instrumentalizará previa suscripción de contrato de suministro de juegos/juguetes.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Los impresos de solicitud y cuanta información se precise para formular la solicitud serán facilitados en la Concejalía de Bienestar.
La solicitud y la correspondiente documentación deberá presentarse a través del Registro Municipal del Ayto. de Torrejón de Ardoz, sito en Avda. Virgen de Loreto número 2, en horario de 8:30 a 13:30 horas (de lunes a viernes no festivos).
El plazo para solicitar la subvención será entre el 31 de octubre al 8 de noviembre de 2024 (ambos inclusive).
La publicación de la lista provisional de admitidos y excluidos, se realizará el día 15 de noviembre de 2024, a las 12:00 horas en la Concejalía de Bienestar, abriéndose plazo de alegaciones de 5 días, a contar desde el siguiente a la publicación; las alegaciones deberán formulares por escrito a través del Registro Municipal de la Concejalía de Bienestar.
Resuelta definitivamente la convocatoria, se procederá a publicar las listas definitivas de concesiones y denegaciones el día 25 de noviembre de 2024, en la Concejalía de Bienestar. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó la resolución, o bien, recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, computándose tanto en éste como aquel del día siguiente de la publicación. Transcurrido el plazo máximo de resolución sin que ésta haya recaído, se estimará denegada la solicitud.
Sexto. Otros datos.—El proceso de concesión será en régimen de Concurrencia Competitiva.
Torrejón de Ardoz, a 7 de octubre de 2024.—El alcalde-presidente, Alejandro Navarro Prieto.
(03/16.343/24)