REUNIDOS
De una parte, D.a Fátima Matute Teresa, Consejera de Sanidad de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 44/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, en el ejercicio de sus competencias, en representación de la Consejería de Sanidad, según lo dispuesto en el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, D.a Laura Gutiérrez Barreno, Viceconsejera de Sanidad, nombrada mediante Decreto 257/2023, de 22 de noviembre, del Consejo de Gobierno, y Directora General del Servicio Madrileño de Salud, actuando en virtud de lo dispuesto en el artículo 3.g) del Decreto 245/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, en nombre y representación del Servicio Madrileño de Salud, de acuerdo a los artículos 3.2.b) del Decreto 48/2019, de 10 de junio y 23.2.a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el régimen Jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud.
De otra parte, D. Modoaldo Garrido Martín, en su calidad de Director-Gerente del Hospital Universitario Fundación Alcorcón, con domicilio social en calle Budapest, número 1, 28922 Alcorcón (Madrid) y NIF G81602237, en ejercicio de las funciones que tiene atribuidas según poderes otorgados ante D. José Luis López de Garayo y Gallardo notario del Ilustre Colegio de Madrid, en fecha 14 de diciembre de 2011, con el número 1.251 de su protocolo.
Y, de otra parte, D.a María del Val Díez Rodrigálvarez, en nombre y representación de Fundación Stanpa, con domicilio social en la plaza Santa Bárbara, número 3, bajo, 28004 Madrid, y NIF G86464849, en virtud de poder suficiente para el presente acto según consta en la cláusula quinta de la escritura notarial de 26 de abril de 2012, otorgada ante D. Luis Sanz Rodero, notario del Ilustre Colegio de Madrid.
Las partes intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente adenda y, de conformidad,
MANIFIESTAN
Primero
En fecha 7 de junio de 2019 se suscribió convenio entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación Stanpa, para la implantación del programa "Ponte guapa, te sentirás mejor" en pacientes oncológicas de los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud, que fue prorrogado por dos años, mediante la adenda de 24 de abril de 2023.
En fecha 15 de septiembre de 2023 se suscribió adenda de modificación a ese convenio para ampliar el objeto del convenio incluyendo el programa "Fundación Stanpa Men", siendo modificado igualmente el título del convenio.
La relación de centros del Servicio Madrileño de Salud incluidos en el ámbito del convenio contenidos en su anexo I, se ha ido extendiendo mediante sucesivas adendas de fechas 24 de junio de 2020, 12 de mayo de 2022 y 19 de enero de 2023.
Segundo
El convenio prevé expresamente en su cláusula primera la posibilidad de ampliación por la voluntad de las partes de los centros en los que el mismo se aplica, contenidos en su anexo I, lo que no supone modificación del objeto del convenio.
Tercero
La actividad desarrollada en ejecución del convenio ha resultado satisfactoria para las partes, por lo que se considera conveniente para la finalidad de humanización de la asistencia sanitaria y conforme con el objeto del convenio extender su implantación al Hospital Universitario del Sureste.
Por lo anterior, las partes manifiestan su voluntad de suscribir esta adenda de acuerdo con la siguiente
CLÁUSULA
Única
Centros sanitarios a los que se extiende el desarrollo del convenio
Se amplía la relación de centros del Servicio Madrileño de Salud incluidos en el ámbito del convenio suscrito entre las partes en fecha 7 de junio de 2019 para la implantación de los programas "Ponte guapa, te sentirás mejor" y "Fundación Stanpa Men" para pacientes en tratamiento oncológico de los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud, y se extiende la implantación al Hospital Universitario del Sureste de manera que el anexo I del convenio queda redactado como sigue:
ANEXO I
RELACIÓN DE CENTROS DEL SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD INCLUIDOS EN EL ÁMBITO DEL CONVENIO
— Hospital General Universitario "Gregorio Marañón".
— Hospital "Puerta de Hierro".
— Hospital Universitario "12 de Octubre".
— Hospital Universitario "La Paz".
— Hospital Universitario "Infanta Leonor".
— Hospital Universitario Fundación Alcorcón.
— Hospital Universitario Clínico "San Carlos".
— Hospital Universitario "Ramón y Cajal".
— Hospital Universitario "La Princesa".
— Hospital Universitario de Getafe.
— Hospital Universitario del Sureste.
Y para que así conste y en prueba de conformidad de las partes, se firma la presente adenda, quedando sujeta a todas las estipulaciones del convenio.
Madrid, a 16 de septiembre de 2024.—Por la Comunidad de Madrid, la Consejera de Sanidad, Fátima Matute Teresa.—Por el Servicio Madrileño de Salud, la Viceconsejera de Sanidad y Directora General del Servicio Madrileño de Salud, Laura Gutiérrez Barreno.—Por el Hospital Universitario Fundación Alcorcón, el Director-Gerente, Modoaldo Garrido Martín.—Por la Fundación Stanpa, la Directora General, María del Val Díez Rodrigálvarez.
(03/14.893/24)