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La asamblea ordinaria de la Mancomunidad del Sur, celebrada el 24 de septiembre de 2024, dentro de su punto quinto, modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de gestión y, en especial, tratamiento, valorización energética y eliminación de residuos domésticos en instalaciones de transferencia o eliminación de la Mancomunidad del Sur, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 250, de 21 de octubre de 2014, adoptó el siguiente acuerdo:
1. Inadmitir las alegaciones presentadas por el Ayuntamiento de San Martín de la Vega, CIF: P2813200I, número de registro 2024-E-RE-174, de 17 de mayo, al tratarse de una cuestión de oportunidad.
2. Aprobar de forma definitiva la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de gestión y, en especial, tratamiento, valorización energética y eliminación de residuos domésticos en instalaciones de transferencia o eliminación de la Mancomunidad del Sur, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 250, de 21 de octubre de 2014, dando una nueva redacción al artículo 6 que queda de la siguiente forma:
"Artículo 6. Cuota tributaria.—La cantidad a exigir y liquidar por esta tasa se obtendrá por aplicación de las siguientes tarifas:
1. La cuota tributaria correspondiente al tratamiento de los residuos domésticos, en función del tipo de residuo al que se aplica, de procedencia de Ayuntamientos mancomunados, consistirá en una tarifa fija por cada tonelada métrica, prorrateándose la parte correspondiente a cada fracción, de acuerdo con el cuadro siguiente:
2. La cuota tributaria correspondiente al tratamiento de los residuos domésticos, en función del tipo de residuo al que se aplica, de procedencia de Ayuntamientos no mancomunados consistirá en una cantidad fija resultante de multiplicar las cuotas tributarias del apartado anterior por un factor de 1,3, en euros por tonelada métrica, prorrateándose la parte correspondiente a cada fracción".
3. Publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el texto íntegro de la modificación con indicación de que entrará en vigor el primer día del trimestre natural siguiente a la misma.
En Móstoles, a 24 de septiembre de 2024.—El vicepresidente primero, David José Mesa Vargas.
(03/15.355/24)