Mediante Decreto de Alcaldía número 2024-0309, de 19 de julio de 2024, se aprueban las bases específicas del procedimiento de estabilización para el cumplimiento de lo establecido en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público y cuyo tenor literal es el siguiente:
BASES ESPECIFICAS QUE REGULARAN EL PROCESO PARA LA ESTABILIZACIÓN DEL EMPLEO TEMPORAL DEL AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE PERALES
Categoría de Auxiliar Administrativo Personal Laboral, tres (3) plazas, conforme a la D. A. 6.a Ley 20/2021
Primera. Objeto.—La convocatoria tiene por objeto la selección mediante el sistema de concurso de méritos de 3 plazas de naturaleza laboral, denominación: Auxiliar Administrativo.
Segunda. Régimen aplicable.—La convocatoria se regirá por las presentes bases específicas y por las Bases Generales publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 189.
Tercera. Titulación.—El título de Educación Secundaria Obligatoria o equivalente.
Cuarto. Méritos valorables en el concurso de méritos.—La valoración de los méritos de los aspirantes, serán los siguientes:
A) Experiencia profesional, hasta un máximo de 70 puntos, conforme a lo establecido en los apartados 7.5.1.1, 7.5.1.2, 7.5.1.3 y 7.5.1.4 de las Bases Generales.
B) Méritos académicos, hasta un máximo de 30 puntos, conforme a lo establecido en el apartado 7.5.2 de las Bases Generales.
Categoría de Limpiador/a Personal Laboral, dos (2) plazas, conforme a la D. A. 6.a Ley 20/2021
Primera. Objeto.—La convocatoria tiene por objeto la selección mediante el sistema de concurso de méritos de 2 plazas de naturaleza laboral, denominación: Limpiador/a.
Segunda. Régimen aplicable.—La convocatoria se regirá por las presentes bases específicas y por las Bases Generales publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 189.
Tercera. Titulación.—No se precisa titulación alguna.
Cuarto. Méritos valorables en el concurso de méritos.—La valoración de los méritos de los aspirantes, serán los siguientes:
A) Experiencia profesional, hasta un máximo de 70 puntos, conforme a lo establecido en los apartados 7.5.1.1, 7.5.1.2, 7.5.1.3 y 7.5.1.4 de las Bases Generales.
B) Méritos académicos, hasta un máximo de 30 puntos, conforme a lo establecido en el apartado 7.5.2 de las Bases Generales.
Categoría de Peón Personal Laboral, tres (3) plazas, conforme a la D. A. 6.a Ley 20/2021
Primera. Objeto.—La convocatoria tiene por objeto la selección mediante el sistema de concurso de méritos de 3 plazas de naturaleza laboral, denominación: Peón.
Segunda. Régimen aplicable.—La convocatoria se regirá por las presentes bases específicas y por las Bases Generales publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 189.
Tercera. Titulación.—No se precisa titulación alguna.
Cuarto. Méritos valorables en el concurso de méritos.—La valoración de los méritos de los aspirantes, serán los siguientes:
A) Experiencia profesional, hasta un máximo de 70 puntos, conforme a lo establecido en los apartados 7.5.1.1, 7.5.1.2, 7.5.1.3 y 7.5.1.4 de las Bases Generales.
B) Méritos académicos, hasta un máximo de 30 puntos, conforme a lo establecido en el apartado 7.5.2 de las Bases Generales.
Categoría de Dinamizador Personal Laboral, una (1) plaza, conforme a la D. A. 6.a Ley 20/2021
Primera. Objeto.—La convocatoria tiene por objeto la selección mediante el sistema de concurso de méritos de 1 plaza de naturaleza laboral, denominación: Dinamizador.
Segunda. Régimen aplicable.—La convocatoria se regirá por las presentes bases específicas y por las Bases Generales publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 189.
Tercera. Titulación.—El título de Bachillerato, FP o equivalente.
Cuarto. Méritos valorables en el concurso de méritos.—La valoración de los méritos de los aspirantes, serán los siguientes:
A) Experiencia profesional, hasta un máximo de 70 puntos, conforme a lo establecido en los apartados 7.5.1.1, 7.5.1.2, 7.5.1.3 y 7.5.1.4 de las Bases Generales.
B) Méritos académicos, hasta un máximo de 30 puntos, conforme a lo establecido en el apartado 7.5.2 de las Bases Generales.
Categoría de Técnico de Medio Ambiente Personal Laboral, una (1) plaza, conforme a la D. A. 6.a Ley 20/2021
Primera. Objeto.—La convocatoria tiene por objeto la selección mediante el sistema de concurso de méritos de 1 plaza de naturaleza laboral, denominación: Técnico de Medio Ambiente.
Segunda. Régimen aplicable.—La convocatoria se regirá por las presentes bases específicas y por las Bases Generales publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 189.
Tercera. Titulación.—Ingeniero Técnico Forestal o Ingeniero Técnico Agrícola regulado en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.
Cuarto. Méritos valorables en el concurso de méritos.—La valoración de los méritos de los aspirantes, serán los siguientes:
A) Experiencia profesional, hasta un máximo de 70 puntos, conforme a lo establecido en los apartados 7.5.1.1, 7.5.1.3 y 7.5.1.4 de las Bases Generales.
B) Méritos académicos, hasta un máximo de 30 puntos, conforme a lo establecido en el apartado 7.5.2 de las Bases Generales.
Composición de los Tribunales Calificadores
Tribunal 1 (Para Auxiliar Administrativo, Peón y Limpiador/a).
— Presidenta: Marta Cuervo Álvarez.
— Secretaria: Ana Isabel González Varillas.
— Vocal 1: Patricia Santiago Rosado.
— Vocal 2: Maite Marco Schulke.
— Vocal 3: Ana María Carralero Ruiz.
Tribunal 2: (Para Técnico de Medio Ambiente y Dinamizador).
— Presidente: D. Daniel Alejandro Jorge Trujillo.
— Secretaria: Ana Isabel González Varillas.
— Vocal 1: Alfonso Beceiro Leboso.
— Vocal 2: Ana Cases Comyn.
— Vocal 3: María Belén Nieva González.
En Villanueva de Perales, a 28 de agosto de 2024.—El alcalde-presidente, José Miguel Lloret Herranz.
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