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BNDS (777876)
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la orden citada, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans ) y en la página web www.comunidad.madrid
Primero
Beneficiarios
Podrán tener la consideración de beneficiarios del régimen de las ayudas contempladas en esta orden de convocatoria las pequeñas y medianas empresas y los empresarios individuales que cumplan los requisitos y obligaciones recogidos en el artículo 3 y 4 de la Orden de 27 de junio de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueban las Bases Reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos de inversión para la modernización, digitalización e innovación tecnológica de las pequeñas y medianas empresas y empresarios individuales de los sectores comercial, de servicios y artesano de la Comunidad de Madrid.
Segundo
Objeto
El objeto de esta convocatoria es conceder ayudas a las pequeñas y medianas empresas, y empresarios individuales de los sectores comercial, de servicios y artesano de la Comunidad de Madrid, para promover proyectos de inversión dirigidos a la modernización, digitalización e innovación de sus establecimientos y/o talleres, contribuyendo de esta forma a la mejora de sus procesos de negocio y, por tanto, a la mejora de la competitividad de estos sectores.
Tercero
Bases reguladoras
Orden de 27 de junio de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueban las Bases Reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos de inversión para la modernización, digitalización e innovación tecnológica de las pequeñas y medianas empresas y empresarios individuales de los sectores comercial, de servicios y artesano de la Comunidad de Madrid, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de julio de 2024 (BOCM número 163).
Cuarto
Gastos subvencionables
Se consideran subvencionables los gastos de inversión realizados dentro de las líneas de actuación recogidas en el artículo 7 de la orden de 27 de junio de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueban las Bases Reguladoras en materia de concesión de ayudas a proyectos de inversión para la modernización, digitalización e innovación tecnológica de las pequeñas y medianas empresas y empresarios individuales de los sectores comercial, de servicios y artesano de la Comunidad de Madrid.
Quinto
Dotación de la convocatoria
Para el año 2024 se ha previsto una dotación económica de 2.000.000 de euros, de acuerdo con los objetivos y disponibilidades presupuestarias asignadas a este fin en el programa 431A "Comercio", partida 79000 "Modernización, Dinamización y Difusión Tecnológica".
Sexto
Determinación de la cuantía de la subvención
Las ayudas consistirán en subvenciones del 50 por 100 del presupuesto aceptado de inversiones del proyecto presentado, impuestos excluidos, con el límite máximo de 10.000 euros de ayuda por solicitante. La cuantía de la subvención finalmente abonada será calculada en función de las inversiones realmente ejecutadas y debidamente justificadas.
Séptimo
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de este extracto.
Madrid, a 26 de julio de 2024.—La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. (Orden de 17 de abril de 2024, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de mayo de 2024), el Viceconsejero de Economía y Empleo (firmado).
(03/12.805/24)