ADENDA de 19 de julio de 2024, de prórroga para el periodo 3 de diciembre de 2024 a 2 de diciembre de 2025, ambos inclusive, del convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Instituto Social de las Fuerzas Armadas (Ministerio de Defensa) para la atención a personas con discapacidad intelectual en el Centro Especial ISFAS.

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Madrid, a 19 de julio de 2024.

REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 46/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las atribuciones que le confieren el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

Y de otra, el Ilmo. Sr. D. José Javier Rodrigo de Azpiazu, en nombre y representación del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (Ministerio de Defensa), en su calidad de Secretario General del Organismo, nombrado mediante Resolución 430/38216/2022, de 31 de mayo, con domicilio en Madrid, C/ Huesca, n.o 31, al amparo de las facultades que le atribuye el artículo 18.2 del Reglamento General de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto 1726/2007, de 21 de diciembre.

Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente adenda, y

MANIFIESTAN

Primero

El día 18 de noviembre de 2020, la Comunidad de Madrid, a través de la entonces Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, y el Instituto Social de las Fuerzas Armadas (Ministerio de Defensa), suscribieron un convenio para la atención a personas con discapacidad intelectual en el Centro Especial del ISFAS (CEISFAS), para un plazo de vigencia de un año. Esta vigencia se inició el día 3 de diciembre de 2020, tras su publicación en dicha fecha en el "Boletín Oficial del Estado", y finalizó, por tanto, el 2 de diciembre de 2021, existiendo la posibilidad de prorrogarse, por periodos anuales, mediante acuerdo expreso de las partes, adoptado en cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto de vigencia, durante un máximo de cuatro años.

Segundo

Como consecuencia de este convenio, el ISFAS pone a disposición de la Comunidad de Madrid un máximo de 40 plazas del Centro Especial del ISFAS (CEISFAS), situado en Carretera Venta La Rubia, s/n, de Alcorcón, comprometiéndose la Consejería a abonar el precio de 29,55 euros plaza/ocupada día (exento de IVA) durante un período mínimo de 180 días al año y un máximo de 225 días al año.

Tercero

De conformidad con lo dispuesto en la cláusula segunda del convenio, el ISFAS presta la atención, a este máximo de 40 personas con discapacidad intelectual que reúnan los requisitos previstos en el Anexo I del convenio, en el Centro Especial del ISFAS (CEISFAS), de forma directa o indirecta, en las condiciones previstas y establecidas de común acuerdo en el citado Anexo I.

Cuarto

Que, con fecha 18 de noviembre de 2021, se suscribió entre ambas partes la adenda de prórroga para el periodo 3 de diciembre de 2021 a 2 de diciembre de 2022, ambos inclusive, del convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la entonces Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y el Instituto Social de las Fuerzas Armadas (Ministerio de Defensa), para articular la atención a personas con discapacidad intelectual en el Centro Especial del ISFAS (CEISFAS) y, con fecha 5 de octubre de 2022, se suscribió entre ambas partes la correspondiente adenda para prorrogar este convenio para un nuevo periodo de vigencia del 3 de diciembre de 2022 al 2 diciembre de 2023. Por último, el 5 de octubre de 2023, se suscribió la adenda por la que se prorrogó este convenio para un nuevo periodo de vigencia desde el 3 de diciembre de 2023 hasta el 2 de diciembre de 2024, ambos inclusive.

Quinto

Ambas partes firmantes del convenio desean mantener la colaboración según lo manifestado en los párrafos precedentes, y acuerdan, al amparo de la cláusula séptima de dicho convenio, suscribir la presente adenda para su prórroga con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera

Prórroga

El convenio queda prorrogado para el periodo comprendido entre el 3 de diciembre de 2024 y el 2 de diciembre de 2025, ambos inclusive.

Esta adenda de prórroga se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las partes y resultará eficaz una vez inscrita en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, antes de la fecha de extinción del convenio. Asimismo, será publicada en el «"Boletín Oficial del Estado"», de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Segunda

Financiación

El importe a financiar por parte de la Consejería se calcula con los precios recogidos en la cláusula tercera del convenio tal y como se recoge en la siguiente tabla:

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Estas imágenes pertenecen a Página Oficial del Gobierno de la Comunidad de Madrid

La Consejería, consecuentemente, abonará el importe de la prórroga que asciende a la cantidad de 265.950,00 euros (IVA exento) aplicándose el coste de la misma con cargo a la clasificación económica 25402 del programa 231F, Atención Especializada a Personas con Discapacidad, del vigente Presupuesto de Gastos de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid.

Y para que así conste, y en prueba de conformidad de las partes, se firma la presente adenda al convenio, siendo la fecha de formalización de la misma la correspondiente a la firma de la Comunidad de Madrid o, en ausencia de fecha en el pie de firma, la que figure en el encabezamiento.

Madrid, a 19 de julio de 2024.—La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, Ana Dávila-Ponce de León Municio.—El Secretario General del ISFAS, José Javier Rodrigo de Azpiazu.

(03/12.660/24)

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