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Por acuerdo del Pleno, de 19 de junio de 2024, se aprobó inicialmente la siguiente modificación de las bases de ejecución del presupuesto de 2024:
1.o Modificación de la base 43 relativa a los contratos menores.
2.o Inclusión de la base 64 relativa a inversiones de capital.
Dichos documentos se exponen al público a efectos de que los interesados, a tenor del artículo 169 y 170 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas de acuerdo con las siguientes normas:
a) Plazo de presentación de reclamaciones y de examinar el expediente: quince días hábiles siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
b) Lugar donde se encuentra el expediente: Intervención del Ayuntamiento.
b) Órgano ante quién se reclama: Pleno del Ayuntamiento.
En el supuesto de que no se presenten reclamaciones se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de acuerdo plenario, entrando en vigor.
Contra el presente acuerdo se puede interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses siguientes a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, a tenor del artículo 171.1 del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales.
Guadalix de la Sierra, a 30 de julio de 2024.—El alcalde, Borja Álvarez González.
(03/12.812/24)