Torrejón de Ardoz. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

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Extracto de la resolución, de 22 de julio de 2024, aprobada por acuerdo de Junta de Gobierno Local Ordinaria (punto número 4), por la que se procede a la publicación de la convocatoria con código: 2024/2024/1/640822/000 Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz de subvenciones, para la ejecución de obras de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda, previstas en el programa 1, de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio, del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, y en el marco de C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, NextGeneration-EU, en los entornos residenciales de rehabilitación programada de "Barrio Verde-Fronteras", "Inta-Cobos" y "San José-Rosario" en el término municipal de Torrejón de Ardoz (Unidad de Convivencia Vulnerable.)

BDNS: 777139

Primero. Beneficiarios.—Unidades de convivencia vulnerables. A los efectos de esta convocatoria, se considera unidad de convivencia al conjunto de personas que habitan y disfrutan de una vivienda de forma habitual y permanente y con vocación de estabilidad, con independencia de la relación existente entre todas ellas. Por ello, se computarán como miembros de la misma aquellas personas que se encuentren empadronadas en la misma, al menos un año antes del día del inicio del plazo de presentación de solicitudes, excepto los menores de edad, que se computarán como miembros en todo caso.

Se considerará que una unidad de convivencia está en situación de vulnerabilidad, a los efectos de aplicación de los artículos 15.2 y 34.3 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, cuando la suma de los ingresos de todos sus miembros sea inferior al número de veces el IPREM (14 pagas) que se indica a continuación:

— Unidad de convivencia sin menores o sin personas con grado de discapacidad igual o superior al 33%: hasta 2,0 veces el IPREM.

— Unidad de convivencia con un menor o una persona con grado de discapacidad igual o superior al 33%: hasta 2,5 veces el IPREM.

— Unidad de convivencia con dos menores o personas con grado de discapacidad igual o superior al 33%: hasta 2,7 veces el IPREM.

— Unidad de convivencia con tres o más menores o personas con grado de discapacidad igual o superior al 33%: hasta 3 veces el IPREM.

Las ayudas adicionales por situaciones de vulnerabilidad económica solo se concederán en edificios plurifamiliares y excepcionalmente, en aquellos casos de viviendas unifamiliares que constituyan una comunidad de bienes, de propietarios o similar, y la ejecución de la obra o el pago de la actuación propuesta no sea viable sino se lleva a cabo de forma solidaria.

Segundo. Objeto.—Cuando se identifiquen situaciones de vulnerabilidad económica en alguno de los propietarios o usufructuarios de las viviendas incluidas en el edificio objeto de rehabilitación, se podrá conceder una ayuda adicional, que se tramitará en expediente aparte, y que podrá alcanzar hasta el 100% del coste de la actuación imputable a dicho propietario o usufructuario.

Tercero. Bases reguladoras.—Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia ( https://www.boe.es/eli/es/rd/2021/10/05/853/con ).

Convocatoria de 01/2024 del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, de subvenciones para la ejecución de obras de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial, para vivienda previstas en el programa 1, de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio, del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, y en el marco de C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea, NextGeneration-EU, en los entornos residenciales de rehabilitación programada de "Barrio Verde-Fronteras", "Inta-Cobos" y "San José-Rosario" en el término municipal de Torrejón de Ardoz.

https://www.ayto-torrejon.es/sites/default/files/inline-files/Certificad...

Cuarto. Cuantía.—La dotación presupuestaria inicial máxima destinada a financiar esta convocatoria asciende a 203.300,00 euros y se contraerá con cargo a la aplicación presupuestaria 040 15220 78000. Subv. Rehabilitación "Barrio Verde-Fronteras", "Inta- Cobos" y "San José-Rosario" del presupuesto municipal del ejercicio 2024, con la siguiente distribución por ERRP:

— "Barrio Verde-Fronteras": 69.550,00 euros.

— "Inta-Cobos": 64.200,00 euros.

— "San José-Rosario": 69.550,00 euros.

La cuantía máxima de la ayuda por vivienda no superará los valores establecidos a continuación para cada uno de los dos programas, en función del ahorro energético conseguido con la actuación.

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Quinto. Plazo y lugar de presentación.—Esta ayuda adicional se podrá solicitar en el plazo máximo de dos meses a contar desde la recepción de la notificación de la concesión de la ayuda del expediente principal (al edificio).

La presentación de la solicitud junto con la documentación que debe de acompañarla se realizará exclusivamente por medios electrónicos, a tenor del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. No obstante, cuando el interesado sea persona física podrá optar por relacionarse con la administración por medios no electrónicos, para ello, tendrá a su disposición el registro de entrada del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, así como cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la citada disposición (BNDS 743991).

Sexto. Otros datos.—El abono de esta ayuda complementaria se realizará directamente a la persona física, tras la justificación de las obras y comprobación de que las circunstancias personales de vulnerabilidad siguen subsistiendo, salvo que se hubiera realizado la cesión del derecho al cobro.

En todo caso, el importe de esta ayuda deberá destinarse exclusivamente a sufragar los gastos de la intervención.

Si la vivienda fuese objeto de transmisión en los cinco años siguientes a la recepción de la ayuda complementaria deberá reintegrarse el importe de esta ayuda más los correspondientes intereses de demora.

Torrejón de Ardoz, a 24 de julio de 2024.—El alcalde, Alejandro Navarro Prieto.

(03/12.511/24)

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