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"Decreto: Siendo necesaria la atribución de las competencias derivadas de la política de movilidad, así como la atribución de la competencia para la asistencia a las sesiones que celebre el Consejo Económico y Social, como representante de la concejalía que tenga atribuidas las facultades en materia de innovación que, actualmente, ostenta la titular de la Concejalía de Economía e Innovación, orientado a completar la composición del citado Consejo Económico y Social de la Ciudad, procede efectuar las delegaciones de competencias que más adelante se indican.
En consecuencia, he resuelto:
Efectuar las delegaciones genéricas que se indican, delegaciones que incluyen la facultad resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, comprendiendo, en todo caso, la delegación de firma de los documentos necesarios para el desarrollo y gestión de la delegación, sin perjuicio de la superior dirección que ostenta esta Alcaldía sobre la Administración Municipal que, mediante este decreto, se asignan:
Primero.—A D. David Santos Baeza, titular de la Concejalía de Seguridad y Emergencias, las siguientes facultades:
— La gestión de la política de movilidad del Ayuntamiento.
— Otorgamiento de autorizaciones para el desarrollo de actos en los espacios públicos que precisen de cortes de tráfico, tanto peatonal como de circulación de vehículos.:
— Elaboración y propuesta de cuantas iniciativas contribuyan a facilitar el acceso y movilidad de las personas con discapacidad.
— Gestión de los aparcamientos incluyendo la gestión de las plazas para personas con movilidad reducida, plazas de carga y descarga y la implantación, seguimiento, regulación y control del servicio de estacionamiento regulado.
— Seguimiento del Plan de Movilidad Urbana Sostenible.
Segundo.—A D. José Cabrera Fernández, titular de la Concejalía de Infraestructuras y Mantenimiento, la siguiente facultad:
— La asistencia a las sesiones que celebre el Consejo Económico y Social de la Ciudad, en ejercicio de la competencia de innovación.
Tercero.—Los procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del presente Decreto se seguirán tramitando y se resolverán por los órganos que resulten competentes en virtud del nuevo reparto de competencias.
Cuarto.—La delegación de competencias efectuada bajo el presente Decreto deberá ser aceptada por los concejales-delegados, entendiéndose que manifiesta tácitamente su consentimiento si en el plazo de tres días hábiles, a contar desde la notificación, no expresa lo contrario.
Quinto.—El presente decreto surtirá efectos desde el día de su firma, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, debiendo publicarse, además, en la intranet municipal para conocimiento de toda la organización municipal.
Sexto.—Del presente decreto se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado del mismo".
Las Rozas de Madrid, a 19 de julio de 2024.—El director general de la Asesoría Jurídica Municipal, P. D. (decreto 4250/2023, de 9 de octubre), Felipe Jiménez Andrés.
(03/12.055/24)