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La Sra. presidenta de la Mancomunidad, con fecha 16 de julio de 2024, ha dictado la siguiente resolución, por la que se elevan a definitivos los resultados del proceso selectivo para la provisión de una plaza de trabajador social, por procedimiento de concurso-oposición, en el marco del proceso extraordinario de consolidación y estabilización de empleo temporal de larga duración de la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Oeste:
"Con fecha 27 de junio de 2024 fueron publicados en el tablón de anuncios y en la web de la Mancomunidad los resultados provisionales del proceso selectivo para la provisión de una plaza de trabajador social, por procedimiento de concurso-oposición, en el marco del proceso extraordinario de consolidación y estabilización de empleo temporal de larga duración de la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Oeste.
Transcurrido el plazo de cinco días, fijado en la Bases de la Convocatoria para la presentación de alegaciones, sin que se haya presentado ninguna, y conforme a lo recogido en las bases que rigen el proceso selectivo, el tribunal calificador, con fecha 9 de julio de 2024, ha elevado a la presidencia la relación de personas aprobadas, a fin de que les requiera para que en el plazo de veinte días aporte la documentación acreditativa de los requisitos exigidos salvo que ya se hubiera presentado, y elijan destino.
Los requisitos para la contratación de la aspirante que ha superado el proceso selectivo se encuentran acreditados en su expediente.
A la vista de todo lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en las bases 9, 10 y 11 de las que rigen el proceso selectivo, resuelvo:
1.o Elevar a definitivos los resultados del proceso selectivo para la provisión de una plaza de trabajador social, por procedimiento de concurso-oposición, en el marco del proceso extraordinario de consolidación y estabilización de empleo temporal de larga duración de la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Oeste, y declarar que ha superado la convocatoria, y pasa a ser personal laboral fijo de la plantilla de la Mancomunidad, como trabajador social de las Unidades de Trabajo Social (UTS), la siguiente persona:
— 00516**G. Herranz García, Patricia.
2.o Indicar que, contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrán interponer los siguientes recursos:
a) Recurso potestativo de reposición ante esta presidencia, dentro del plazo de un (01) mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación del anuncio correspondiente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo que dispone el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP).
b) Directamente, un recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de la ciudad de Madrid, en el plazo de dos (02) meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del anuncio correspondiente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).
No se podrá interponer recurso Contencioso-Administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, tal como señala el artículo 123.2 de la LPACAP".
En San Lorenzo de El Escorial, a 17 de julio de 2024.—El director de la Mancomunidad, Javier Berrozpe Martín.
(03/11.890/24)