ORDEN de 22 de julio de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convocan los puestos de Vicedirector del Instituto Superior Madrileño de Innovación Educativa, así como los de Director y Secretario del Centro de Formación Ambiental "La Chimenea", para su provisión por el sistema de Libre Designación.

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La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en sus artículos 102 y 103, establece la formación permanente del profesorado como un derecho y un deber de los profesores y de todos los profesionales de la educación, así como una responsabilidad de las Administraciones educativas y de los propios centros.

El Decreto 60/2022, de 13 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se crea el Instituto Superior Madrileño de Innovación Educativa (ISMIE) y se establece el régimen jurídico y la estructura de la red de formación permanente del profesorado de la Comunidad de Madrid, prevé la existencia de los puestos de vicedirector del Instituto Superior Madrileño de Innovación Educativa, así como los de director y secretario del Centro de Formación Ambiental (CFA).

Estando vacantes los puestos de vicedirector del Instituto Superior Madrileño de Innovación Educativa, y los de director y secretario del centro de formación ambiental de Madrid, se hace preciso proceder a su provisión por el sistema de libre designación entre funcionarios públicos docentes, en situación de servicio activo, pertenecientes a alguno de los cuerpos docentes no universitarios, a la vista del marco normativo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 y 17 respectivamente del Decreto 60/2022, de 13 de julio, del Consejo de Gobierno.

Por cuanto antecede y, en virtud de las competencias conferidas en el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades y las delegadas al Director General de Recursos Humanos en el apartado segundo de la disposición tercera de la Orden 365/2024, de 13 de febrero, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones,

DISPONGO

Primero

Objeto

Convocar para su provisión por el sistema de libre designación los puestos de vicedirector del Instituto Superior Madrileño de Innovación Educativa, y el de director y secretario del Centro de Formación Ambiental "La Chimenea".

Segundo

Normativa aplicable

La presente convocatoria se regirá, en todo lo referente a su organización y desarrollo, por las disposiciones siguientes:

— Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.

— Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

— Ley 1/1986, de 10 de abril, de Función Pública de la Comunidad de Madrid.

— Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

— Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

— Orden 923/1989, de 31 de agosto, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir las convocatorias para la provisión de puestos por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación.

— Orden 2094/1990, de 31 de agosto, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el sistema general que ha de regir en las diferentes convocatorias que se publiquen para los concursos de provisión de puestos de trabajo.

— Orden 365/2024, de 13 de febrero, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones.

— Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

— Decreto 60/2022, de 13 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se crea el Instituto Superior Madrileño de Innovación Educativa y se establece el régimen jurídico y la estructura de la red de formación permanente del profesorado de la Comunidad de Madrid.

— Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.

— Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades.

— Las demás disposiciones de carácter general que sean de aplicación, especialmente la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como lo dispuesto en la presente convocatoria.

Tercero

Requisitos y condiciones de participación

Para poder participar en la presente convocatoria los candidatos deberán poseer los requisitos que para cada uno de los puestos se especifican en los Anexos I, II y III de esta Orden.

Cuarto

Solicitud y documentación

Las solicitudes de participación se formularán de acuerdo con el modelo aprobado por la Orden 2066/1998, de 30 de julio, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban nuevos modelos de impresos relativos a los procesos de provisión de puestos de trabajo de personal funcionario (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de agosto; corrección de errores de 10 de septiembre de 1998).

A la solicitud, se acompañarán los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos y los méritos que para cada uno de los puestos se establecen en los Anexos I, II y III de esta orden.

Asimismo, se deberá aportar un historial académico y profesional, en el que conste la siguiente información:

a) Títulos académicos.

b) Puestos de trabajo desempeñados tanto en la Administración como en la empresa privada, especialmente los relacionados con el puesto al que se opte.

c) Estudios realizados y conocimiento de idiomas.

d) Poseer acreditación de la competencia digital docente.

e) Otras actividades relacionadas con el perfil del puesto.

Quinto

Cumplimentación de la solicitud, presentación y plazo

Cumplimentación:

Las solicitudes de participación serán cumplimentadas rellenando el modelo aprobado por la citada Orden 2066/1998, de 30 de julio, que se encuentra disponible en el portal de la Comunidad de Madrid, en https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/ld-ismie-cfa-chimenea . También se podrá acceder con carácter meramente informativo y, sin efectos administrativos, a través del portal "personal + educación" (comunidad.madrid/servicios/personal-educacion ), siguiendo la secuencia: "Funcionarios Docentes", "Procesos selectivos", "Centros de formación y libre designación", "Puestos de libre designación".

Presentación:

Una vez cumplimentada, se presentará exclusivamente por medios electrónicos, a través del Registro Electrónico de la Comunidad de Madrid, dada la condición de empleados públicos de todos los participantes en la presente convocatoria, de conformidad con lo establecido en el apartado e) del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Para presentar la solicitud por medios electrónicos, es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la "Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación", o bien estar dado de alta en IDentifica, medio de identificación y firma digital de la Comunidad de Madrid, o en alguno de los sistemas de identificación y autenticación Cl@ve de la Administración General del Estado, o bien disponer de cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido, en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma. Dicha información se encuentra en el portal "personal + educación" ( comunidad.madrid/servicios/personal-educacion ), siguiendo la ruta, "Tramitación electrónica".

Las solicitudes junto con la documentación, se dirigirán a la Viceconsejería de Política y Organización Educativa de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, completando además el campo N. P. T. del apartado "Puestos de trabajo solicitados" con un '0' y con la denominación "Puestos docentes-D. G. RR. HH.".

De acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, los interesados podrán actuar por medio de representante, entendiéndose con este las actuaciones administrativas, salvo manifestación expresa en contra del interesado. La representación deberá acreditarse por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna (poder notarial, autorización firmada del representado hacia el representante, etc.) o mediante declaración en comparecencia personal del interesado.

Si se presenta la solicitud de participación mediante un representante, deberán consignarse los datos de este en el apartado correspondiente de la solicitud y presentar:

a) Copia del DNI del representante, en el supuesto de no autorizar su consulta.

b) Documento de otorgamiento de la representación.

Plazo de presentación de solicitudes y documentación:

El plazo de presentación de solicitudes y documentación será de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto

Notificaciones

De conformidad con lo regulado en el artículo 3, punto 2 del Decreto 188/2021, las notificaciones individuales, en caso de ser necesarias, se realizarán exclusivamente por medios electrónicos, por lo que los solicitantes deberán estar dados de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid (NOTE).

La información del proceso de alta en este servicio y el sistema de comunicación se encuentra en el portal de la Comunidad de Madrid ( sede.comunidad.madrid ), en el apartado "Servicios y trámites", siguiendo la secuencia: "Sede electrónica", "Recibir", "Notificaciones".

Séptimo

Procedimiento de selección

En la selección de los candidatos, se valorará el historial académico y profesional, los méritos acreditados, así como la capacidad de liderar equipos.

Octavo

Comisión de Selección

Para la selección de los candidatos se constituirá una Comisión de selección integrada por los siguientes cargos de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades:

— Director General de Recursos Humanos, o persona en quien delegue, que actuará como Presidente.

— Director General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, o persona en quien delegue.

— Subdirector General de Programas de Innovación y Formación del Profesorado, o persona en quien delegue, que actuará como Secretario.

Los miembros de la Comisión estarán sujetos a las causas de abstención y recusación establecidas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

La Comisión de selección valorará las candidaturas presentadas, proponiendo a la Dirección General de Recursos Humanos los candidatos seleccionados, así como su nombramiento en el correspondiente puesto.

Noveno

Efectos

La presente Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Décimo

Recursos

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante la Viceconsejería de Política y Organización Educativa, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Madrid, a 22 de julio de 2024.—El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, P. D. (Orden 365/2024, de 13 de febrero; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 20 de febrero de 2024), el Director General de Recursos Humanos, Miguel José Zurita Becerril.

ANEXO I

Denominación: Vicedirector/a.

Localización: Instituto Superior Madrileño de Innovación Educativa (ISMIE).

Calle del General Ricardos, 179, 28025 Madrid.

Requisitos: Ser funcionario/a de carrera del Grupo A, Subgrupo A1, en situación de servicio activo, perteneciente a alguno de los cuerpos docentes no universitarios de la Comunidad de Madrid.

Méritos:

a) Competencias genéricas:

— Dominio de la competencia comunicativa, competencia de trabajo en equipo y dinámicas de grupo.

— Acreditación de un nivel de competencia digital docente de acuerdo con el Marco de Referencia de la Competencia Digital Docente.

— Conocimiento de idiomas acreditado de acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.

— Dominio de herramientas relacionadas con IT (tecnologías de la información) y el desarrollo de la competencia digital.

— Titulaciones complementarias de grado, máster o equivalente, incluidas las de régimen especial, distintas de las alegadas para el ingreso al cuerpo.

— Título de doctor.

b) Competencias específicas:

— Experiencia en puestos de la Administración educativa relacionados con la dirección y el asesoramiento en formación permanente del profesorado.

— Experiencia y formación en gestión de la calidad e innovación educativa.

— Coordinación de programas institucionales en centros públicos y servicios de apoyo.

— Experiencia en la implantación y gestión de programas educativos.

— Experiencia en liderazgo, coordinación y gestión equipos de trabajo.

— Dominio en el conocimiento y uso de la normativa en materia de formación del profesorado en la Comunidad de Madrid.

— Conocimiento de la estructura de la red de formación del profesorado de la Comunidad de Madrid y de su funcionamiento.

ANEXO II

Denominación: Director/a.

Localización: Centro de Formación Ambiental (CFA) "La Chimenea".

Complejo Agropecuario San Isidro, s/n, 28300 Aranjuez.

Requisitos: Ser funcionario/a de carrera del Grupo A, preferentemente al Subgrupo A2, en situación de servicio activo, perteneciente a alguno de los cuerpos docentes no universitarios de la Comunidad de Madrid.

Méritos:

a) Competencias genéricas:

— Dominio del currículo vinculado a la educación ambiental y la sostenibilidad que permita al candidato ser capaz de proporcionar al profesorado y alumnado experiencias innovadoras a través del contacto directo con el medio ambiente.

— Conocimiento de idiomas acreditado de acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.

— Capacidad de colaboración y coordinación entre los distintos centros de innovación y formación del profesorado, así como de los otros centros de formación ambiental en materia de formación del profesorado e innovación educativa.

— Conocimiento de los recursos de su entorno, fomentando con ello la dinamización de una economía sostenible en los centros educativos.

— Acreditación de un nivel de competencia digital docente de acuerdo con el Marco de Referencia de la Competencia Digital Docente.

— Experiencia en el uso de las tecnologías en las áreas de información, comunicación, creación de contenido, seguridad, resolución de problemas y trabajo colaborativo en red mediante herramientas informáticas.

— Titulaciones complementarias de grado, máster, doctor o equivalente, incluidas las de régimen especial, distintas de las alegadas para el ingreso al cuerpo.

b) Competencias específicas:

— Capacidad de coordinación equipos de trabajo.

— Experiencia en la planificación, implementación, gestión y seguimiento de programas educativos medioambientales.

— Conocimiento de la normativa sobre formación del profesorado, de la red de formación del profesorado y su funcionamiento, así como la relativa a la sostenibilidad y el medioambiente.

— Experiencia en la planificación, diseño, coordinación, seguimiento y evaluación de planes de formación en centros de formación del profesorado no universitario de la Comunidad de Madrid.

ANEXO III

Denominación: Secretario/a.

Localización: Centro de Formación Ambiental (CFA) "La Chimenea".

Complejo Agropecuario San Isidro, s/n, 28300 Aranjuez.

Requisitos: Ser funcionario/a de carrera del Grupo A, en situación de servicio activo, perteneciente a alguno de los cuerpos docentes no universitarios de la Comunidad de Madrid.

Méritos:

a) Competencias genéricas:

— Capacidad para favorecer el desarrollo de una ética ambiental desde una perspectiva de equidad y solidaridad para posibilitar la extensión de prácticas y estilos de vida sostenibles en todos los ámbitos, basados en la utilización racional y solidaria del medio natural, físico y humano, así como la biodiversidad y riqueza de los ecosistemas en la Comunidad de Madrid.

— Experiencia en la gestión documental de programas de educación ambiental.

— Experiencia en la organización y gestión administrativa y económica de centros educativos y centros de formación del profesorado.

— Facultad para ofrecer al profesorado y al alumnado información actualizada sobre el medioambiente y, especialmente, de la zona donde viven para impulsar buenas prácticas y comportamientos de sostenibilidad ambiental.

— Experiencia en el diseño de programas de educación ambiental e innovación educativa.

— Acreditación de un nivel de competencia digital docente de acuerdo con el Marco de Referencia de la Competencia Digital Docente.

— Experiencia en el uso de las tecnologías en las áreas de información, comunicación, creación de contenido, seguridad, resolución de problemas y trabajo colaborativo en red mediante herramientas informáticas.

— Titulaciones complementarias de grado, máster, doctor o equivalente, incluidas las de régimen especial, distintas de las alegadas para el ingreso al cuerpo.

b) Competencias específicas:

— Capacidad de coordinación equipos de trabajo.

— Experiencia en la planificación, implementación, gestión y seguimiento de programas educativos de carácter medioambiental.

— Experiencia y conocimiento en gestión económico-administrativa y de personal en el área educativa específica.

— Conocimiento de la normativa sobre formación del profesorado, de la red de formación del profesorado y su funcionamiento, así como la relativa a la sostenibilidad y el medioambiente.

(03/12.202/24)

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